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GRAN GRUPO 1: MIEMBROS DEL PODER EJECUTIVO Y DE LOS CUERPOS LEGISLATIVOS Y PERSONAL DIRECTIVO DE LA ADMINISTRACI N PUBLICA Y DE EMPRESAS
 


Los miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos y el personal directivo de la administración pública y de las empresas definen, formulan y orientan las políticas de los gobiernos nacionales, así como las de los organismos especializados, o asesoran al respecto; elaboran leyes y reglamentos, actúan en nombre y representación de los gobiernos, vigilan la Interpretación y aplicación de las políticas y decisiones del gobierno, así como de la legislación, o elaboran, aplican y coordinan la actividad de una empresa o de una organización, o de sus departamentos y servicios internos.

Las tareas desempeñadas por lo común por los miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos y por el personal directivo de la administración pública y de las empresas incluyen las siguientes: definir y formular la política del gobierno nacional, del gobierno del Estado federado o de la provincia, región o colectividad local y asesorar al respecto; elaborar leyes y reglamentos; actuar en nombre y representación del gobierno; vigilar la interpretación y aplicación de las políticas del gobierno y de la legislación; ejercer funciones similares por cuenta de un partido político, un sindicato u otra organización especializada; elaborar, aplicar y coordinar la política y la actividad de una empresa o de una organización o de sus departamentos y servicios internos. Además, pueden incluir la supervisión de otros trabajadores.

Las ocupaciones de este gran grupo se clasifican en los siguientes subgrupos principales:

11 Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos y personal directivo de la administración pública

12 Directores de empresa (en este subgrupo principal se incluyen las personas que - en tanto que directores o personal directivo - dirigen una empresa o un organismo, o uno de sus departamentos internos, que comprendan por lo menos tres o más directores.)

13 Gerentes de empresa (en este subgrupo principal se incluyen las personas que dirigen una empresa o un organismo por su propia cuenta o por la de su propietario, con ayuda de personal subalterno y la asistencia posible de un solo gerente, quien también deberá estar clasificado en el subgrupo principal 1 3, puesto que sus funciones serán casi siempre más amplias que las de los directores especializados de una gran empresa u organismo. En cuanto al personal subalterno, deberá estar clasificado en relación a las tareas particulares que se le asignen.)

Observaciones

En algunos de los casos en que se exige a los trabajadores que desempeñan funciones ejecutivas, legislativas, directivas o administrativas que posean calificaciones científicas, técnicas o administrativas, pueden surgir dificultades para decidir si un puesto de trabajo determinado ha de clasificarse bajo éste o bajo otro gran grupo. En tales casos, la descripción detallada de las principales tareas correspondientes al cargo tendrá una importancia decisiva. Ahora bien, si dichas tareas requieren la aplicación práctica de conocimientos científicos o técnicos específicos, deberá clasificarse el puesto de trabajo en cuestión bajo el gran grupo que corresponda. En cambio, si para el buen desempeño de las propias tareas ejecutivas. legislativas, administrativas o directivas se requieren una calificación y un conocimiento específicos, el puesto de trabajo deberá clasificarse bajo este gran grupo. Por ejemplo, si las tareas principales de un puesto de trabajo consisten en diagnosticar y tratar enfermedades, este puesto deberá clasificarse en el gran grupo 2, Profesionales científicos e intelectuales. En cambio, si una de las tareas principales consiste en decidir sobre la asignación de fondos para la investigación y el desarrollo, aplicando para ello conocimientos médicos, dicho puesto de trabajo debería pertenecer a este gran grupo.
   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.