Actas provisionales |
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Octogésima octava reunión, Ginebra, 2000 |
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Octavo punto del orden del día
Informe de la misión de cooperación
técnica
de la OIT en Myanmar
INDICE
Origen y desarrollo de la misión
Discusiones técnicas con el Gobierno
Discusiones técnicas sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta
Asistencia para la aplicación y el seguimiento
Entrevistas con los ministros competentes
Entrevistas y conversaciones con diversas personalidades, instituciones, embajadas y personas
Entrevista con
la Liga Nacional para la Democracia (LND)
Conversaciones
con embajadores residentes en Yangon
Conversación/discusión
en Yangon con el grupo de representantes de las Naciones Unidas
y sus organismos especializados
en el país
Reunión
con el delegado del CICR en Yangon
Visita
al venerable Myatha Sayadaw
Anexo 1. Recomendaciones de la Comisión de Encuesta
Anexo 3. Lista de reuniones celebradas
El intercambio de comunicaciones que se reproduce en el anexo 2 de las Actas Provisionales núm. 4 entre el Gobierno de Myanmar y el Director General desde el 14 de octubre de 1999 explica el origen y el sentido de la misión. De estas comunicaciones se desprende que el Director General no envió la misión hasta después de haber obtenido el asentimiento de las autoridades de que el único propósito de dicha misión sería proporcionar asistencia directa para aplicar inmediatamente las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, de conformidad con los términos de la resolución adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 87.ª reunión (1999). Además, en su comunicación de 10 de mayo, el Director General insistió en que era fundamental que los miembros de la misión contaran con las facilidades (en particular la libertad de acción necesaria para establecer todos los contactos que consideren útiles) y que gozaran de todos los privilegios e inmunidades necesarios para el cumplimiento de su cometido. El sábado 20 de mayo, el Director General recibió, en términos que consideró suficientemente precisos para ser aceptables, confirmación de que así sería.
La misión partió para Yangon el lunes 22 de mayo. Su composición era la siguiente: Sr. Francis Maupain, Consejero especial del Director General; Sr. Max Kern, jefe de la Sección de libertad de los trabajadores; Sr. Carmelo Noriel, funcionario de la OIT de la Oficina Regional de la OIT para Asia y el Pacífico.
La misión fue acompañada por el Sr. Rueben Winston Dudley, Director Adjunto de la Oficina Regional de la OIT para Asia y el Pacífico, y por el Sr. Richard Horsey, Consejero de la OIT.
La misión llegó a Yangon el martes 23 de mayo por la tarde. Abandonó Yangon el sábado 27 por la tarde, para poder redactar a tiempo el informe para la Conferencia Internacional del Trabajo. Al no disponer más que de tres días, la misión tuvo que conciliar en este corto espacio de tiempo un programa de discusiones intensivas con los responsables de diferentes departamentos ministeriales interesados, reuniones con los Ministros de Trabajo, del Interior y de Asuntos Exteriores y, en el último momento, con el Secretario-1 del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo (SPDC), y reuniones y conversaciones con representantes de la Liga Nacional para la Democracia (NLD), embajadores y diplomáticos destinados en Yangon, así como con los representantes de varias organizaciones internacionales.
La misión desea dejar constancia de que las autoridades gubernamentales respetaron plenamente su compromiso de dejar a la misión la libertad de acción necesaria para establecer los contactos que considerase oportunos, al aceptar reajustar el programa de las reuniones con las instancias gubernamentales, en función de las reuniones con las instancias exteriores.
En el anexo 3 figura el programa detallado de las reuniones que mantuvo la misión, así como una lista general de las personas entrevistadas.
El programa provisional propuesto por el Comité de Coordinación constituido por el Gobierno de Myanmar preveía una serie de reuniones separadas con los diferentes departamentos ministeriales interesados (Ministerio de Trabajo; Ministerio del Interior y Ministerio de Asuntos Exteriores) así como con representantes de la Oficina del Procurador General y del Tribunal Supremo.
La misión propuso al Comité que (habida cuenta del escaso tiempo disponible y la necesidad de obtener en dicho tiempo resultados concretos) sería preferible emprender las labores en una reunión conjunta en la que los departamentos ministeriales y demás órganos interesados podrían ser informados del contexto en el que se presentaba la misión y de los objetivos que estimaba poder fijarse.
Así pues, se celebró una reunión colectiva el miércoles por la mañana. En el curso de dicha reunión, la misión observó que (a la luz de algunos artículos que aparecieron en la prensa) la imagen de la OIT no era percibida de manera demasiado amistosa en determinados sectores y que, si bien la misión no podía probablemente mejorar esta imagen podía por lo menos tratar de que fuera más exacta. A tal efecto, era indispensable proceder con total franqueza para crear un clima de confianza. Contrariamente a las acusaciones que se le habían hecho en numerosas ocasiones, la OIT no tenía en modo alguno la intención de inmiscuirse en la soberanía nacional. La filosofía de la OIT es la del voluntarismo y del diálogo. El primero de estos principios significa que todo país es libre de pasar a ser Miembro de la OIT y de ratificar sus convenios. Sin embargo, cuando un país decide ratificar libremente, queda obligado a respetar los compromisos que ha asumido con toda libertad. La misión señaló por otra parte que, como consecuencia de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, la obligación de eliminar el trabajo forzoso se considera en adelante como indisociable de la calidad de Miembro de la OIT, haya aceptado o no las obligaciones específicas que emanan del Convenio núm. 29.
En lo que respecta al segundo aspecto de la filosofía de la OIT, el del diálogo, la misión recordó que la cuestión objeto de la visita no es en modo alguno nueva. Desde hace muchos años es objeto de observaciones por parte de la Comisión de Expertos con miras a solucionar las divergencias observadas entre la legislación nacional y las obligaciones que emanan de los convenios. Sin embargo, la Constitución de la OIT prevé algunos límites a esta posibilidad de diálogo. Estos límites se alcanzaron con la decisión del Consejo de Administración de inscribir en el orden del día la cuestión de la aplicación a Myanmar del artículo 33 de la Constitución, por no observar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. A este respecto, la misión recordó brevemente las tres categorías de medidas recomendadas por el Consejo de Administración a la Conferencia y proporcionó algunas indicaciones en relación con el procedimiento que se seguiría para su examen.
Además de estas propuestas, la Conferencia tenía que examinar el informe de la misión que ésta se propone realizar de forma completa y objetiva. Corresponderá entonces a la Conferencia, habida cuenta del informe y de los resultados de la misión, considerar cuáles son a su buen juicio las consecuencias que se imponen.
Sin embargo, la misión señaló que para convencer a la Conferencia, los resultados debían ser concretos, precisos y suponer un compromiso por parte de las autoridades, al más alto nivel. En efecto, hay que superar la falta de credibilidad que se ha creado en el transcurso de los años debido a las promesas incumplidas y que, de alguna manera, se ha incrementado por la actitud respecto de la Comisión de Encuesta y de sus recomendaciones así como a las justificaciones recientes que se han dado para explicar la insuficiencia de las medidas adoptadas para enmendar la legislación. En efecto, si como se alega a menudo el trabajo forzoso no existe o está desapareciendo gradualmente, debería ser aún más fácil solucionar las contradicciones que subsisten en las leyes de ciudades y de aldeas, heredadas del período colonial. En este sentido, el Decreto 1/99 tenía lagunas considerables en su ámbito de aplicación y en su contenido.
La enmienda de la legislación no sólo debería ser relativamente fácil sino que también debería revertir en beneficio del país. En efecto, enviaría un mensaje muy claro a la comunidad internacional y a otras organizaciones sobre la voluntad de cambio. Permitiría que la OIT aportase su ayuda para un posible seguimiento, en forma de cooperación técnica.
Los representantes de los departamentos ministeriales declararon que valoraban la franqueza de la explicación que había hecho la misión para aclarar el contexto y los objetivos de su visita. Las reuniones que se celebraron a continuación estuvieron consagradas a la discusión de aspectos jurídicos más específicos relativos a la puesta en conformidad de la legislación y su posible seguimiento.
De conformidad con el mandato de la misión, que tenía que ver con la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta[1], tuvo lugar un amplio intercambio de opiniones entre la misión y los representantes del Gobierno de los Ministerios de Trabajo, Asuntos Exteriores y del Interior, la Oficina del Procurador General y el Tribunal Supremo, que trataron los puntos que se indican a continuación.
Los representantes del Gobierno declararon que el Decreto 1/99 promulgado por el Ministerio del Interior el 14 de mayo de 1999 (por el que se exige que no se haga uso de las facultades conferidas en virtud de ciertas disposiciones de la Ley de ciudades, de 1907, y de la Ley de aldeas, de 1907)[2] había dado efecto a la primera recomendación de la Comisión de Encuesta, al modificar la legislación de que se trata. Conforme al sistema jurídico de Myanmar, el Gobierno tenía la facultad de legislar y modificar las Leyes, y el Decreto 1/99 fue promulgado por decisión del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo, órgano legislativo, y tenía plena fuerza de ley.
La misión tomó debida nota de la facultad del Gobierno de modificar la legislación mediante una orden de enmienda pero observó que, como había señalado la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones en su último informe[3], la Ley de aldeas y la Ley de ciudades no se habían modificado; la diferencia entre modificar las propias Leyes y exigir sólo a las autoridades pertinentes que no hagan uso de las facultades que se les confieren en virtud de las Leyes, tenía implicaciones, por ejemplo, para los derechos y obligaciones de terceros, incluidos los ciudadanos a los que se puede reclutar para un trabajo o servicio en virtud de las Leyes. Además, como señaló la Comisión de Expertos[4], el Decreto 1/99 había establecido reservas con respecto al ejercicio de las facultades conferidas en virtud de las disposiciones pertinentes de la Ley de aldeas y de la Ley de ciudades, en varios modos incompatibles con el Convenio; sólo la excepción prevista para emergencias como se define en el apartado a), del artículo 5 del Decreto estaba de conformidad con el Convenio y podía retenerse al modificar las propias Leyes. A parte de esto, se presentaron propuestas específicas de redacción.
La misión observó que el Gobierno no había recurrido ante la Corte Internacional de Justicia sobre el informe y las conclusiones que había elaborado la Comisión de Encuesta en virtud de las correspondientes disposiciones de la Constitución. Los representantes del Gobierno indicaron que a raíz de la promulgación del Decreto 1/99 y de su amplia difusión y publicación, la imposición de trabajos forzosos u obligatorios había sido suspendida en la práctica, y ofrecían informes de varios organismos del Ministerio del Interior en relación con la aplicación de dicho Decreto. Repetían además las indicaciones anteriores, en el sentido de que, desde la promulgación del Decreto 1/99, ninguna queja sobre trabajos forzosos u obligatorios había llegado a conocimiento de los órganos de aplicación de la ley. La misión recordaba que su mandato no se refería a la investigación de los hechos, y advertía que la continua imposición en la práctica de trabajos forzosos (especialmente por parte de los militares) había sido ya observada por la Comisión de Expertos.
Respondiendo a la observación de la misión, de que el Decreto 1/99 se refería sólo a las facultades de determinadas autoridades civiles, en virtud de la Ley de aldeas y de la Ley de ciudades, y de que no tenía relación con los poderes de los militares (que podían ordenar a las autoridades locales que brindaran asistencia), los representantes gubernamentales señalaron que el Decreto había sido transmitido a todos los ministerios, comprendido el Ministerio de Defensa, y que por lo tanto los militares tenían que tenerla en cuenta. La misión recordaba que según los resultados de la Comisión de Encuesta, las órdenes de los militares para el suministro de mano de obra o de servicios no se referían nunca a la Ley de aldeas o a la Ley de ciudades, y que según la Comisión de Expertos esta práctica continuaba. Para dar efecto a la segunda recomendación de la Comisión de Encuesta, la misión proponía sustituir el Decreto 1/99 por otro procedente del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo, que ordenase a las autoridades del Estado — y en particular a las autoridades militares, a las fuerzas de seguridad fronteriza y a los oficiales de todas ellas — que no impusiesen trabajos o servicios forzosos a nadie y con ninguna excusa, ni otros trabajos o servicios, aunque fuesen de alguna manera retribuidos, excepto en casos de emergencia (tal como se enumeran en el Decreto 1/99). Se proponía además que quedase bien claro en el Decreto que esta prohibición incluía (pero no se limitaba) a la imposición de trabajos o servicios para toda una gama de objetivos específicos que se enumeran[5]. Por último, la prohibición tenía que ser complementada por indicaciones concretas a las autoridades del Estado, o a los funcionarios correspondientes que puedan requerir trabajo o servicios para cualquier objeto, en el sentido de que primero tienen que adoptar las correspondientes disposiciones presupuestarias para obtener dichos trabajos o servicios por medio de un proceso de licitación pública o del pago de las correspondientes tasas comerciales a las personas que deseen ofrecer su trabajo o sus servicios.
Además, hubo un intercambio de opiniones sobre el alcance de la excepción que se hace en el artículo 2, 2), e), del Convenio para los servicios comunales de menor cuantía[6].
Los representantes del Gobierno no aceptaron el ofrecimiento de la misión, de presentar por escrito posibles ejemplos de las enmiendas que se requerían en este momento.
En relación con la aplicación a los militares del artículo 374 del Código Penal de Myanmar, que contempla sanciones para los que obliguen a cualquier persona a trabajar contra su voluntad, los representantes del Gobierno indicaron que el Código Penal se aplica a todos, sean civiles o militares, y que en caso de violación del artículo 374 del Código Penal, los oficiales del ejército estarían sujetos a castigo, tanto en virtud del Código Penal como de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Servicios de Defensa de 1959. Tomando nota de las explicaciones complementarias aducidas por las autoridades gubernamentales en el sentido de que la imposición de trabajos tenía que ser considerada como «ilegal» y punible de conformidad con el artículo 374 del Código Penal, la misión recordaba que las disposiciones de la Ley de aldeas y de la Ley de ciudades, que permiten a los oficiales del ejército reclamar a las autoridades locales el suministro de mano de obra o de servicios, tienen que ser enmendadas de modo que esta imposición de trabajo sea también «ilegal» en la legislación nacional, y por lo tanto punible en virtud del artículo 374 del Código Penal[7].
Habida cuenta de la complejidad de la situación en que se registran las prácticas de trabajo forzoso, la misión evocó la cuestión de saber cómo podría la OIT aportar su ayuda para el establecimiento del dispositivo jurídico y de medidas prácticas destinados a aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta con el fin de que se traduzca de manera efectiva en hechos concretos. Los interlocutores gubernamentales han puesto objeciones a la idea y el concepto de «monitoring» utilizado durante la discusión señalando que sobrepasaba las recomendaciones de la Comisión y, por consiguiente, el mandato de la misión. Esta indicó que, prescindiendo del término, lo que estaba en tela de juicio era la posibilidad de ayudar a Myanmar a poner en práctica un plan de operación creíble, tal como se mencionaba en la carta del Director General de fecha 10 de mayo. En el momento en que Myanmar manifestase su determinación de establecer el dispositivo legislativo, administrativo y las medidas prácticas que se prevén en las recomendaciones de la Comisión, sería factible que la Oficina aportara a tal efecto diversas formas de asistencia y apoyo que podrían incluir una presencia de la OIT in situ.
La misión procedió a explicar al Ministro el contexto y los objetivos de su visita, tal como se indica en el primer párrafo del presente informe, poniendo de relieve que, aunque obviamente no se considere realista que en el corto período de tiempo disponible se pueda elaborar una nueva legislación y disponer un seguimiento fiable, esta misión podría por lo menos ofrecer al Gobierno la ocasión de mostrar de manera concreta y precisa su deseo de poner en práctica las recomendaciones de la Comisión.
El Ministro hizo una detallada exposición de la situación del país y del punto de vista del Gobierno. El país está en una situación de transición. El Gobierno no ha sido elegido, y por lo tanto tiene que tener cuidado en cambiar leyes y reglamentos, de modo que, gobierna por órdenes y decretos. En este sentido, el Decreto 1/99 parecía la medida más apropiada. Las Leyes de aldeas y de ciudades no eran más que un ejemplo entre muchos otros de una legislación anticuada que debía revisarse de manera general y sistemática, pero esto llevaría mucho tiempo. Mientras tanto, el Decreto 1/99 sería de aplicación estricta, y se sancionarían las infracciones a él, aunque de momento las autoridades no habían recibido ninguna queja. Se preguntaba por qué las quejas a las que se refería la CIOSL no se habían manifestado hasta después de 1990, cuando era precisamente antes de este año cuando (para hacer frente a la insurrección generalizada) había habido una mayor incidencia de la imposición de trabajos a los cargadores, para contribuir a las operaciones militares. La misión le recordó que no tenía mandato alguno de investigación de los hechos, sino que solamente se le había encargado que velase por la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta e insistió en la urgencia de una acción rápida a ese respecto, habida cuenta que la Conferencia examinaría la cuestión dentro de una semana y que el Gobierno, aunque no hubiese sido elegido, podía ofrecer ya desde ahora ciertas garantías de las medidas que se propusiese adoptar a ese respecto. Asimismo, señaló que la mejora de la situación no podía tener otro resultado que hacer más fáciles los cambios requeridos, que serían perfectamente conformes al interés nacional y al restablecimiento de unas relaciones normales con la comunidad internacional. A todo ello, el Ministro respondió que por parte del Gobierno existía ya un compromiso en espíritu («a commitment in spirit») pero que tenía que ajustarse al procedimiento adecuado. La misión dio las gracias al Ministro por este compromiso, manifestando el deseo de que le fuese posible concretarlo más antes de que la misión se marchase del país.
La misión explicó una vez más el origen y los objetivos de su visita, poniendo de relieve la necesidad de superar la falta de credibilidad («credibility gap») que era el resultado de las repetidas promesas que no se habían cumplido así como de la necesidad de medidas concretas y específicas para proceder a los oportunos cambios legislativos y para poner en práctica un dispositivo fiable con vistas a su seguimiento. La misión explicó que ya había mantenido conversaciones a nivel técnico y jurídico en relación con los problemas que se derivan de las Leyes de ciudades y de aldeas, así como en relación con las lagunas que presenta el Decreto 1/99 en cuanto a su campo de aplicación y a su propio contenido. Manifestó la esperanza de que el Ministro contribuyese a la obtención de unas garantías precisas y concretas de acción rápida en el plano de la legislación y de su aplicación.
El Ministro afirmó que las prácticas de trabajo forzoso serían perseguidas y castigadas de conformidad con la ley. Sin embargo, negaba que ahora existiesen tales prácticas, subrayando los esfuerzos desplegados por el Gobierno para desarrollar al país, aun sin asistencia exterior. Afirmó la intención que tenía el Gobierno de devolver las riendas del país a un gobierno democráticamente elegido cuando se hubiese conseguido una estabilidad suficiente a nivel político y militar.
Respondiendo a una observación del ministro, según la cual la experiencia del CICR bastaba para desmentir cierto número de alegatos exteriores según los cuales el Gobierno disimulaba la realidad, la misión puso de relieve que, en efecto, esta experiencia le interesaba sobremanera y que tendría ocasión de informarse con más detalle sobre ella. Por otra parte, la misión señaló que no sólo parecía posible proceder a determinados cambios legislativos, a la luz de las discusiones técnicas que ya se habían mantenido, sino que tales cambios y el mensaje que dirigían hacia el exterior correspondían sin duda alguna al interés real del país. La misión subrayó también que la OIT estaría sin ninguna duda dispuesta a aportar su ayuda en los puntos en que se pudiera modificar la legislación, contribuyendo además a encontrar la mejor manera para ello y el modo más práctico de aplicar sus recomendaciones, pero antes se necesitaba que por parte del Gobierno se manifestase una voluntad concreta. El Ministro dio las gracias a la misión por su consejo, pero insistió en que el Gobierno ya había dado muestra de su compromiso y que, por su parte, él mismo se esforzaría por adoptar las medidas oportunas que tuviesen en cuenta lo que la misión había solicitado.
De nuevo, la misión presentó el contexto de su visita y de sus objetivos. El Ministro rechazó las acusaciones de trabajo forzoso subrayando que estaban vinculadas a una situación económica y militar superada. Dados los progresos de la pacificación en el país, la requisición de cargadores había cesado así como la utilización de trabajo forzoso en las infraestructuras. Puso de relieve que a las autoridades no les animaba otro sentimiento que el de una gran benevolencia con respecto al pueblo de Myanmar sobre el que la misión podía apreciar, por sí misma, las cualidades humanas y espirituales. El Ministro destacó que lo importante era la voluntad del Gobierno y no las disposiciones de las Leyes de ciudades y aldeas que desde hace mucho tiempo habían quedado obsoletas. Expresó la esperanza de que la visita de la misión de la OIT iría seguida por otras y de que esta Organización cooperaría más con Myanmar. La misión señaló que si bien, sin duda alguna, todos sus miembros se alegrarían, a título individual, de volver a un país que lamentablemente tan sólo habían podido vislumbrar, la posibilidad de tal regreso dependería, no obstante, de las decisiones que adoptaría la Conferencia Internacional del Trabajo a la luz de los resultados de esta visita. Al mismo tiempo, la misión debía recalcar muy claramente que si bien, en efecto, lo que cuenta es la voluntad del Gobierno, corresponde exclusivamente a éste adoptar las medidas pertinentes y en concreto garantizar que, de conformidad con las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, se modificarán los textos que datan de la época colonial y que el propio Gobierno ha calificado de obsoletos. Cuando el compromiso de adoptar dichas medidas fuera lo suficientemente claro, la OIT estaría sin duda dispuesta a proporcionar asistencia para poner en práctica los cambios legislativos y establecer un plan de operaciones digno de crédito. En tales circunstancias, podría naturalmente resultar factible la presencia de la OIT. El Ministro expresó su buena voluntad y, por ahora, se comprometió a intervenir con el fin de que la misión, de conformidad con los deseos que había expresado, pudiera tener la ocasión de reunirse con el Secretario-1 del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo.
La misión tuvo el privilegio de reunirse con la Sra. Aung San Suu Kyi, Secretaria General de la LND, en presencia del Sr. Aung Shwe, Presidente de la LND, así como de otras personalidades de esa Liga. De esta forma, tuvo la posibilidad de explicar el objetivo de la misión, acerca de cuya conveniencia la Sra. Suu Kyi se planteó primeramente preguntas. La misión subrayó que el Director General había tomado la decisión de enviar esta misión tan sólo cuando tuvo garantías de que su objetivo entraría estrictamente en el marco fijado por la resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 1999, a saber, que su propósito sería asegurar la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. La misión tuvo, a continuación, un intercambio de puntos de vista bastante detallado respecto de ciertas reglas de funcionamiento de la Conferencia Internacional del Trabajo.
En lo que respecta de manera más específica al trabajo forzoso, la Sra. Suu Kyi puso de relieve que la LND era la única organización interna del país que se interesaba por este asunto y que seguía su evolución. Insistió sobre la gravedad persistente del trabajo forzoso, en particular debido a su utilización por los militares y sobre las formas extremas que podía adoptar con el reclutamiento de soldados aún niños. Evocó, asimismo, de manera más general la situación miserable y precaria del conjunto de los trabajadores que estaban desprovistos de una auténtica protección social, con inclusión de los que trabajaban para empresas multinacionales extranjeras. La misión destacó que su función no era volver a plantear situaciones concretas, sino velar por la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta por medio de cambios legislativos y del establecimiento de un sistema de seguimiento creíble. La Sra. Suu Kyi deseó éxito a la misión y le exhortó a mantenerse firme en su determinación.
La misión ha querido explicar el contexto y los objetivos que se propone alcanzar y responder en la medida de lo posible al interés que su visita había suscitado en cierto número de embajadas o misiones diplomáticas. Este esfuerzo de aclaración parecía necesario, dado que en ciertas noticias periodísticas parecía presentarse a esta misión como una misión de investigación de los hechos.
De conformidad con el mandato de la misión, el objetivo de estas conversaciones con embajadores no era reunir informaciones sobre hechos, si bien algunos embajadores o representantes diplomáticos con los que se encontró la misión habían expresado de manera espontánea sus puntos de vista sobre el particular. El objetivo era más bien explicar el significado de la misión en relación con las medidas que la Conferencia Internacional del Trabajo debería adoptar la semana siguiente, y a las que se asociarían los delegados del conjunto de los países interesados. El propósito de esas conversaciones era también recoger la opinión de los diplomáticos involucrados en cuanto a cómo podría la OIT ayudar a Myanmar a llevar a cabo de manera realista y eficaz los cambios solicitados. La misión recogió una serie de puntos de vista bastante diversos sobre el conjunto de esas cuestiones. Por razones evidentes, no se facilitarán más detalles sobre este asunto en este informe.
Antes de desplazarse a Yangon, la misión se había puesto en contacto con la oficina del PNUD en esa ciudad. El coordinador residente de las Naciones Unidas en Yangon, Sr. Patrice Cœur-Bizot, organizó una reunión con el conjunto de los representantes de las organizaciones de las Naciones Unidas y de las organizaciones especializadas (UNICEF, FAO, OACNUR, PMA, ONUSIDA). Por una parte, esto permitió a la misión responder al interés y la curiosidad de los colegas de las Naciones Unidas respecto de un acontecimiento totalmente inédito en la historia de la cooperación entre las Naciones Unidas y Myanmar y, por otra parte, recoger y confrontar sus experiencias respectivas, en particular en la medida en que podían presentar un interés y ser pertinentes para el seguimiento de las posibles modificaciones de la legislación correspondiente y la práctica de Myanmar. Los diferentes representantes de organismos se expresaron con gran libertad y los datos que aportaron completaron de manera muy útil las informaciones procedentes de otras fuentes, en particular las embajadas.
Los miembros de la misión tuvieron el privilegio de celebrar una larga entrevista con el Sr. Léon de Riedmatten, delegado del CICR, quien dio a conocer la experiencia que tuvo al visitar las prisiones y los campamentos, en donde pudo ver con libertad tanto a los prisioneros de derecho común como a los prisioneros políticos. La experiencia del CICR era particularmente interesante desde varios puntos de vista. En primer lugar el Sr. de Riedmatten, según la opinión general, es el extranjero que sin duda alguna mejor conoce las realidades del conjunto del país gracias a las visitas que ha efectuado en las prisiones y campamentos de todas las regiones del país. En segundo lugar, la experiencia de la cooperación del CICR con las autoridades es particularmente significativa. En 1995, el CICR dejó el país a causa de la imposibilidad de obtener unas condiciones aceptables para llevar a cabo su misión. Su regreso en 1999 suscitó en un principio cierto número de reservas, en particular por parte de la oposición y de la LND. Sin embargo, hoy en día, su presencia es apreciada por unanimidad. El delegado del CICR explicó de esta manera cómo se ganó la confianza de todas las partes.
Poco antes de su partida, los miembros de la misión tuvieron incluso la oportunidad de entrevistarse con un alto representante del clero budista. Aunque la entrevista fue muy breve, debido a que ya quedaba muy poco tiempo disponible, y debido a que la cuestión del trabajo por requisición sólo podía abordarse desde el punto de vista de la doctrina, pero en ningún modo en el plano de los hechos y de la práctica, la misión, pudo obtener, a pesar de todo, precisiones esclarecedoras. Se le señaló en particular que, si bien el trabajo voluntario era meritorio, sólo los trabajos efectuados por una persona por propio acuerdo eran susceptibles de conferirle tales méritos.
Los miembros de la misión celebraron con los representantes de los distintos ministerios y organismos gubernamentales interesados una reunión final el sábado por la mañana.
A las dos partes les resultó obvio, sin embargo, que las discusiones detalladas de carácter técnico y jurídico que se llevaron a cabo en entrevistas precedentes sólo podían encontrar una respuesta, o en todo caso permitir alcanzar logros concretos, si había una intervención del más alto nivel político. Según la estructura institucional de Myanmar que existe en la actualidad, este nivel lo representa el SPDC (Consejo de Estado para la Paz y Desarrollo) (que anteriormente se llamaba «Consejo de Estado para la Restauración de la Ley y el Orden Público»), en el que se concentra el poder supremo. El Consejo detenta el poder legislativo ante la falta de un parlamento electo y ejerce su control sobre el órgano ejecutivo que representan los distintos ministros. Faltando tan sólo unas cuantas horas antes del regreso de los miembros de la misión a Ginebra (el Teniente General Khin Nyunt había estado ausente de Yangon los días anteriores), éstos pudieron celebrar una entrevista con el Secretario-1 del SPDC, quien aceptó la reunión a pesar de tener un programa muy recargado. La entrevista tuvo lugar en presencia del Ministro de Asuntos Exteriores y del Ministro de Trabajo.
El Secretario-1 afirmó que Myanmar deseaba mantener relaciones amistosas con la OIT. Hizo una presentación detallada de los rapidísimos cambios que se estaban produciendo en Myanmar y que, en ocasiones, estaban creando ciertas dificultades. Myanmar se distingue de los otros países de muchas maneras. Le queda un largo camino por recorrer para ponerse al mismo nivel de sus vecinos. Sin embargo, el deseo de Myanmar es no quedarse como una isla entre los demás Estados. Desea desarrollar sus relaciones con sus vecinos, la comunidad internacional y las organizaciones internacionales. Las discusiones, tales como las que se están llevando a cabo, podrían permitir crear la base de confianza necesaria para ello.
Los miembros de la misión dieron las gracias al Secretario-1 por la posibilidad que les dio de entrevistarse con él. Expresaron su gratitud por los arreglos prácticos que adoptaron las autoridades, y por la libertad que se les dejó para llevar a cabo su mandato. Los miembros de la misión pudieron expresarse durante las entrevistas con absoluta franqueza y ello de por sí constituía un éxito considerable. Con la misma franqueza, esta última entrevista permitió nuevamente que los miembros de la misión subrayaran ante el más alto nivel del Estado que el obstáculo principal que quedaba por superar, en las relaciones de Myanmar con la OIT, era el de la falta de credibilidad («credibility gap»), debido en particular a la actitud del Gobierno ante la Comisión de Encuesta. Esta falta de credibilidad se había incrementado aún más, en cierto modo, por las justificaciones aducidas para explicar la falta de progresos en el plano legislativo. Si el problema del trabajo forzoso había desaparecido o estaba resolviéndose, como se afirmaba con frecuencia, entonces las modificaciones de una legislación obsoleta y la realización de otras acciones pertinentes no deberían constituir un problema insuperable. Las discusiones exhaustivas que los miembros de la misión habían podido celebrar en el plano técnico y jurídico habían permitido definir claramente qué debía hacerse. De adoptarse las medidas apropiadas en relación con estos puntos precisos, y de aplicarse de manera eficaz, ello constituiría un mensaje de primera importancia para la comunidad internacional a fin de hacerles entender, en efecto, que, como lo dijo el Secretario-1, Myanmar no quería convertirse en una isla. Sin embargo, corresponde al Gobierno considerar por sí solo y en toda libertad las consecuencias lógicas de su voluntad de apertura. El mandato de la misión consistía únicamente en hacer un informe sobre todas las indicaciones concretas y precisas que el Gobierno estaba dispuesto a tomar para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. La misión daba una oportunidad a Myanmar de dar a conocer su voluntad de adoptar ciertas medidas concretas y específicas para aplicar las recomendaciones de la Comisión.
El Secretario-1 dio las gracias a la misión por su franqueza y declaró que entendía lo que quería decir. Explicó nuevamente en detalle los esfuerzos desplegados por el Gobierno para asegurar el desarrollo del país y recrear la unidad mediante reformas políticas, económicas y sociales. Había tenido un éxito considerable en su esfuerzo de lograr la paz con las insurgencias armadas. Sin embargo, debido al aislamiento en el que había estado sumido durante muchos años, su infraestructura era extremadamente precaria y las mejoras en curso sólo podían ser de carácter progresivo. A los otros obstáculos venían a sumarse las sanciones económicas aplicadas a Myanmar. Si bien reconocía que en la construcción de infraestructuras pudo llegarse a recurrir al trabajo que se denomina forzoso, esas prácticas se habían abandonado antes de que se completara el informe de la OIT.
Los miembros de la misión recordaron que su mandato no consistía en discutir la situación de hecho y de derecho, que se describe en el informe de la Comisión de Encuesta, la cual, desde le punto de vista jurídico, tenía el valor de cosa juzgada. La preocupación del Gobierno por encargarse del desarrollo económico y social del país estaba en plena conformidad con los objetivos constitucionales de la OIT, pero este objetivo, según la concepción de la OIT, se sometía a cierto número de principios y derechos fundamentales. Cada trabajador debe tener la posibilidad de desarrollar libremente todo su potencial humano, y esta libertad también es una condición de una verdadera eficacia económica. Por otro parte, es obvio que el desarrollo económico del país podría verse facilitado gracias a la cooperación internacional y a las inversiones. Los miembros de la misión estaban convencidos de que una manifestación concreta y específica de la voluntad del pueblo de garantizar la plena aplicación de las recomendaciones de la Comisión podría ser decisiva. Esas pruebas concretas podrían convencer a la Conferencia y entonces se podría considerar la prestación de una ayuda de la OIT y, llegado el caso, la presencia de la Organización en el país.
El Secretario-1 manifestó su confianza de que los miembros de la misión transmitirían un informe equilibrado a la Conferencia. El Gobierno era plenamente consciente de que Myanmar no podía quedar aislado en la era de la mundialización. Esperaba que la Conferencia Internacional del Trabajo se dejara guiar por consideraciones de justicia y no por preocupaciones políticas. Los derechos humanos no debían dar lugar a discriminaciones. La misión concluyó asegurando que los procedimientos de la OIT garantizaban plenamente que la cuestión se abordaría de manera objetiva. Sin embargo, correspondía al Gobierno dar muestras concretas de su voluntad. La misión expresó la esperanza de que ello se produjera antes del inicio de las labores de la Conferencia.
Tras la celebración de esta entrevista, y en el momento de despedirse, tres horas más tarde en el aeropuerto, los miembros de la misión recibieron una comunicación del Ministro de Trabajo, destinada al Director General. El texto integral de esta comunicación se recoge en el anexo 2.
La misión señaló en varias ocasiones en el transcurso de las conversaciones que su papel era exponer a las autoridades de Myanmar lo que se debía hacer para dar efecto de forma creíble a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, e informar a continuación a la Conferencia sobre las disposiciones que el Gobierno se propone adoptar a tal efecto. La comunicación enviada al Director General por el Ministro de Trabajo representa, de algún modo, el resultado de la misión. Aunque por su índole el presente informe sólo puede dar una visión un tanto calidoscópica de las discusiones, debería ayudar a la Conferencia a poner en perspectiva este resultado.
Dicho esto, quizá convenga, sin embargo, añadir dos observaciones finales a la luz del presente informe.
En primer lugar, la misión considera que se podrían satisfacer de forma coherente y práctica las recomendaciones de la Comisión de Encuesta si se adopta un marco general de medidas legislativas, ejecutivas y administrativas:
En segundo lugar, como indicó la misión a las autoridades de Myanmar, la Oficina podría sin duda ayudar a formular y aplicar dicho marco general si a juicio de la Conferencia la voluntad del Gobierno de adoptar disposiciones rápidas al respecto se manifiesta de forma suficientemente clara.
Como se desprende del informe, la misión abordó la cuestión de la ayuda que podría prestar la Organización para la aplicación efectiva y durable de dicho marco general. Señaló que la posibilidad de diversas formas de seguimiento, entre ellas, una presencia de la OIT sobre el terreno, debería ser examinada a la luz de un plan de acción convincente que mencionó el Director General en su comunicación de 10 de mayo. Como es evidente, el Gobierno es totalmente libre de solicitar o no esa asistencia, de igual modo que corresponderá a los órganos competentes de la OIT decidir si se reúnen las condiciones para que dicha asistencia y presencia sea contemplada.
La misión no podría concluir su informe sin expresar a los miembros del Comité de Coordinación su gratitud por la acogida de que ha sido objeto, por la excelencia de las disposiciones prácticas que adoptaron, y por su disponibilidad constante y eficaz. Asimismo, desea agradecer al Coordinador Residente de las Naciones Unidas, Sr. Cœur-Bizot, así como a su ayudante, Sra. Jeanne Lennkh, por el apoyo logístico y práctico que le han prestado para realizar un programa máximo de reuniones en un espacio de tiempo tan limitado.
Recomendaciones de la Comisión de Encuesta
En el párrafo 539 de su informe, la Comisión de Encuesta insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para garantizar:
Comunicación del Gobierno de la Unión
de Myanmar
(Ministerio de Trabajo), de 27 de mayo de 2000,
al Director
General de la OIT
Excelencia:
Permítame manifestarle mi reconocimiento por haber respondido favorablemente a nuestra solicitud de envío de una misión de cooperación técnica a Yangon.
Tengo el agrado de informarle que los miembros de dicha misión de cooperación técnica celebraron amplias conversaciones a propósito del Convenio núm. 29 con altos funcionarios de los Ministerios de Trabajo, Asuntos Internos y Asuntos Exteriores, así como de la Oficina del Ministro de Justicia. Personalmente, también intercambié útiles puntos de vista con los miembros de esta misión. A pesar de la brevedad de su estancia, tuvieron además la oportunidad de entrevistarse con el Ministro de Asuntos Exteriores y el Ministro de Asuntos Internos. Asimismo, Su Excelencia el Teniente General Khin Nyunt, Secretario-1 del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo, hizo un paréntesis en su cargado programa de actividades para recibir a los miembros de la misión de cooperación técnica e informarles con toda franqueza sobre la situación actual de nuestro país. Estas conversaciones fueron muy provechosas y permitieron aclarar algunas cuestiones con respecto a las cuales existían diferencias de opinión.
El Gobierno también prestó toda la asistencia necesaria para que los miembros de la misión llevaran a cabo su trabajo con plena libertad de acción. Sólo lamentamos que, debido a limitaciones de tiempo, no hubiesen podido efectuar visitas fuera de Yangon, lo que les hubiera permitido formarse una opinión más cabal de la situación en el país.
Abrigamos la esperanza de que, gracias a las conversaciones mantenidas y a la cooperación prestada a la misión, ésta haya disfrutado de su estancia en Myanmar. Por nuestra parte, hemos podido mostrar que Myanmar se esfuerza sinceramente por resolver la cuestión de los alegatos sobre la práctica del trabajo forzoso.
Quisiera aprovechar esta oportunidad para informarle que hemos tomado y seguimos tomando todas las medidas necesarias para velar por que en Myanmar no se practique ninguna forma de trabajo forzoso. Permítame decir que Myanmar considerará la aplicación de las medidas que sean pertinentes, inclusive en los planos administrativo, ejecutivo, y legislativo, para impedir tales prácticas en el futuro.
Al respecto, las conversaciones entre las autoridades de Myanmar y la misión de cooperación técnica de la OIT han contribuido sobremanera a mejorar la comprensión de las cuestiones que nos ocupan, por lo que confiamos firmemente en que este proceso de consulta y de cooperación técnica en el marco de las recomendaciones formuladas por la OIT seguirá dando frutos con miras a la solución de esta materia. Por mi parte, tendré mucho agrado de entrevistarme con usted en la próxima Conferencia de la OIT.
Saludo a usted muy atentamente,
(Firmado) General de División Tin
Ngwe,
Ministro de Trabajo,
Unión de Myanmar.
Lista de reuniones celebradas
La misión celebró 27 reuniones en el transcurso de cinco días. Se reunió en Yangon con: el Teniente General Khin Nyunt, Secretario-1 del SPDC; tres ministros (de Trabajo, del Interior y de Relaciones Exteriores) y altos funcionarios de dichos Ministerios y de la Oficina de Estudios Estratégicos, y los Directores Generales de la Oficina del Procurador General y del Tribunal Supremo; el Sr. Aung Shwe, Presidente de la LND, la Sra. Aung San Suu Kyi y otros dos representantes de la LND; representantes de 11 misiones diplomáticas, seis organismos de las Naciones Unidas y el CICR, y un venerable monje budista. Rumbo a Yangon la misión se reunió en el aeropuerto de Bangkok con la Directora Regional de la OIT para la Región de Asia y el Pacífico, quien le proporcionó amplias informaciones.
Martes 23 de mayo
14 horas a 16 horas, Aeropuerto de Bangkok
Mitsuko Horiuchi |
Directora Regional de la OIT, Región de Asia y el Pacífico |
20 h. 30 a 21 h. 10, Hotel Traders
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Kyaw Tint Swe |
Director General, Organizaciones
Internacionales y Departamento de Economía, |
Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
21 h. 30 a 23 h. 20, Oficina del PNUD
Patrice Cœur-Bizot |
Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
Miércoles 24 de mayo
11 horas a 11 h. 45, Hotel Traders
Htay Maung |
Director General, Departamento de Administración General, Ministerio del Interior |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General del Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
12 h. 30 a 12 h. 55, Hotel Traders
Aung Min |
Teniente General de la Policía |
Htay Maung |
Director, Departamento de Administración General, Ministerio del Interior |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Kyaw Tint Swe |
Director General, Organizaciones
Internacionales y Departamento de Economía, |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Dr. Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General, Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
14 h. 20 a 15 h. 45, Hotel Traders
Aung Min |
Teniente General de la Policía |
Htay Maung |
Director, Departamento de Administración General, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General, Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
Miembros de la Oficina del Procurador General |
|
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
16 horas a 16 h. 50, Ministerio de Trabajo
General de División Tin Ngwe |
Ministerio de Trabajo |
Thaung Tun |
Director General Adjunto,
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
17 h. 10 a 17 h. 50, Ministerio del Interior
Coronel Tin Hlaing |
Ministerio del Interior [con intérprete] |
Director General de Prisiones |
|
Director General de la Policía |
|
Director General del Departamento de Administración General |
|
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
18 h. 10 a 18 h. 45, Embajada de Tailandia
Pensak Chalarak |
Embajador de Tailandia |
Noche, Hotel Traders
Phoebe Gomez |
Embajador de Filipinas |
Noche
Teniente Coronel Hla
Min |
Jefe Adjunto, Departamento de Asuntos Internacionales, Oficina de Estudios Estratégicos |
Jueves 25 de mayo
8 h. 30, Embajada de Malasia
Dato’ Mohammad Bin Noh |
Embajador de Malasia |
9 h. 50 a 12 horas, Hotel Traders
Hla Tun |
Brigadier General de la Policía |
Aung Thein |
Director General, Departamento de Administración General, Ministerio del Interior |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Asuntos Exteriores |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General, Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
13 horas a 14 h. 20, Oficina del PNUD
Miembros del equipo en el país del sistema de las Naciones Unidas: |
||
|
Patrice Cœur-Bizot |
Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
|
John Mendis |
Representante del UNICEF |
|
Francis Rinville |
Representante de la FAO |
|
Canh Nguyen-Tang |
Jefe de Misión de la OACNUR |
|
Bradley Guerrant |
Representante del PMA |
|
Jennifer Ashton |
Representante del ONUSIDA |
Jeanne Lennkh |
Asistente del Coordinador Residente de las Naciones Unidas |
15 horas a 16 h. 45, Residencia de la Sra. Aung San Suu Kyi
Aung Shwe |
Presidente, LND |
Aung San Suu Kyi |
Secretaria General, LND |
Than Tun |
Secretario de Asuntos Laborales LND |
U Lwin |
Secretario Jurídico, LND |
18 h. 10, Ministerio de Asuntos Exteriores
Win Aung |
Ministro de Asuntos Exteriores |
Khin Maung Win |
Viceministro de Asuntos Exteriores |
Directores Generales del Ministerio |
|
Patrice
Cœur-Bizot |
Viernes 26 de mayo
9 horas a 9 h. 50, Embajada del Japón
Yoshihiko Kamo |
Encargado de Negocios, Embajada del Japón |
Yoshinori Yakabe |
Primer Secretario, Embajada del Japón |
Naoki Ito |
Consejero |
10 horas a 10 h. 30, Embajada de los Estados Unidos
Priscilla Clapp |
Encargada de Negocios, EE.UU. |
Debbie Kingsland |
Primera Secretaria, EE.UU. |
10 h. 30 a 11 h. 30, Embajada de los Estados Unidos
Priscilla Clapp |
Encargada de Negocios, EE.UU. |
Debbie Kingsland |
Primera Secretaria, EE.UU. |
John Jenkins |
Embajador del Reino Unido |
Victoria Billing |
Segunda Secretaria, Reino Unido |
11 h. 45 a 12 h. 35, Embajada de Francia
Embajadores de los siguientes países de la UE: |
||
|
John Jenkins |
Embajador del Reino Unido |
|
Bernard du Chaffaut |
Embajador de Francia |
|
Marius Haas |
Embajador de Alemania |
|
Cesare Capitani |
Embajador de Italia |
13 horas a 14 horas
Léon de Riedmatten |
Jefe de Delegación del CICR |
14 h. 45 a 15 h. 30, Hotel Traders
Hla Tun |
Brigadier General de la Policía |
Aung Thein |
Director General, Departamento de Administración General, Ministerio del Interior |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Kyaw Tint Swe |
Director General, Organizaciones
Internacionales y Departamento de Economía, |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General, Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
16 h. 30 a 17 h. 10, Embajada de China
Wang Zong Ying |
Jefe de la Sección Política y Primer Secretario, Embajada de China |
Tarde, Club Australiano
Douglas Foskett |
Encargado de Negocios de la Embajada de Australia |
Sábado 27 de mayo
10 h. 15 a 10 h. 55, Hotel Traders
Aung Min |
Teniente General de la Policía |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores |
Kyaw Tint Swe |
Director General, Organizaciones
Internacionales y Departamento de Economía, |
Soe Nyunt |
Director General, Departamento de Trabajo |
Dr. Tun Shin |
Director General, Oficina del Procurador General |
Tin Kyaw Hlaing |
Embajador retirado, Asesor Especial del Departamento de Trabajo |
Tin Aye |
Director General, Tribunal Supremo |
Sein Myint |
Director General Adjunto, Departamento de Trabajo |
Kyaw Win |
Director, Departamento de Trabajo |
Representante del Departamento de Administración General |
14 horas a 14 h. 50, Pabellón para invitados del Gobierno
Teniente General Khin Nyunt |
Secretario-1, Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo |
Win Aung |
Ministro de Asuntos Exteriores |
Mayor General Tin Ngwe |
Ministro de Trabajo |
Thaung Tun |
Director General Adjunto, Ministerio de Relaciones Exteriores [traductor] |
15 h. 30 a 15 h. 50, Centro de Meditación
Venerable Myatha Sayadaw |
Abad del Centro de Meditación Budista |
[1] Dichas recomendaciones se reproducen en el anexo 1.
[2] El texto del Decreto 1/99 se reproduce en el documento GB.276/6, anexo I, [anexo III].
[3] Conferencia Internacional del Trabajo, 88.ª reunión 2000, Informe III (Parte 1A), Observaciones sobre los convenios ratificados, C.29, Myanmar.
[4] Ibíd, párrafos 8 a 14.
[5] Esta lista se extrae de los párrafos 274 y siguientes del Informe de la Comisión de Encuesta.
[6] Véanse los párrafos 213 y 484 al 502 del Informe de la Comisión de Encuesta.
[7] Véase el párrafo 514 del Informe de la Comisión de Encuesta.
[8] Párrafo 539 del Informe de la Comisión de Encuesta instituida en virtud del artículo 26 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo para examinar la observancia por Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29). OIT, Boletín Oficial, vol. LXXXI, 1998, Serie B, suplemento especial. El texto completo del informe puede consultarse también en el sitio Web, de la OIT, en la dirección siguiente: http://www.ilo.org/public/spanish/standards/relm/gb/docs/gb273/myanmar.html.
Núm. 8 – Viernes 2 de junio de 2000 |
Puesto al día por HK. Aprobada por RH. Ultima actualización: 9 de junio de 2000.