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SUBGRUPO 344: AGENTES DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE ADUANAS, IMPUESTOS Y AFINES
 


    Los agentes de las administraciones públicas de aduanas, impuestos y afines hacen cumplir las leyes, decretos y disposiciones reglamentarias relativos a la inspección aduanera, la vigilancia de fronteras, la recaudación de impuestos y aranceles, el derecho a prestaciones de la seguridad social y el cumplimiento de los requisitos y formalidades exigidos en materia de licencias de importación y exportación, pasaportes, inmigración, ingreso y egreso de divisas, construcción de edificios y otros asuntos sujetos a reglamentación oficial.

    Las tareas desempeñadas por lo común incluyen las siguientes: patrullar y custodiar las fronteras y controlar las personas y vehículos que las atraviesan, así como los documentos de viaje, los manifiestos y las mercancías transportadas, con la finalidad de velar por el cumplimiento de la reglamentación y las normas pertinentes; examinar las declaraciones tributarlas para determinar los montos que deben pagar las personas o empresas; examinar solicitudes de prestaciones de seguridad o previsión social; examinar solicitudes de permisos, licencias y documentos oficiales necesarios para viajar o para importar o exportar mercancías, construir edificios, crear una empresa o emprender otras actividades reglamentadas por el Estado; vigilar la aplicación de los reglamentos sobre precios, salarios, pesas y medidas. Pueden recibir orientación del Personal directivo de la administración pública. Sus tareas pueden incluir la supervisión de otros trabajadores.

    Las ocupaciones de este subgrupo se clasifican en los siguientes grupos primarios:

    3441 Agentes de aduana e inspectores de fronteras


    3442 Funcionarios del fisco


    3443 Funcionarios de servicios de seguridad social


    3444 Funcionarios de servicios de expedición de licencias y permisos


    3449 Agentes de las administraciones públicas de aduanas, impuestos y afines, no clasificados bajo otros epígrafes
   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.