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SUBGRUPO 821: OPERADORES DE MAQUINAS PARA TRABAJAR METALES Y PRODUCTOS MINERALES
 


    Los operadores de máquinas para trabajar metales y productos minerales accionan y vigilan máquinas para trabajar metales y productos minerales o fabrican productos compuestos principalmente de materiales minerales no metálicos.

    Las tareas desempeñadas por lo común incluyen las siguientes: accionar y vigilar una o más máquinas metalúrgicas como tornos automáticos, cizallas mecánicas, taladradoras, rectificadoras o sierras para metales o máquinas para extrudir, moldear, mezclar, moler y cortar diversos elementos prefabricados de cemento, hormigón y roca. Sus tareas pueden incluir la supervisión de otros trabajadores.

    Las ocupaciones de este subgrupo se clasifican en los siguientes grupos primarios:

    8211 Operadores de máquinas herramientas


    8212 Operadores de máquinas para fabricar cemento y otros productos minerales
    Observaciones Las ocupaciones cuyas tareas exigen herramientas o trabajo manuales y máquinas herramientas de uso manual y que requieren conocimientos de la organiza- ción del trabajo y de los materiales y herramientas con que se trabaja y de la naturaleza y los fines de los productos acabados se clasifican en el gran grupo 7: Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y de otros oficios.

    Las ocupaciones que abarcan tareas sencillas y rutinarias realizadas principalmente mediante el uso de herramientas manuales, cierto esfuerzo físico, poca o ninguna experiencia ni conocimiento previos del trabajo y escasa iniciativa o capacidad de juicio se clasifican en el gran grupo 9: Trabajadores no calificados
   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.