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SUBGRUPO 613: PRODUCTORES Y TRABAJADORES AGROPECUARIOS CALIFICADOS CUYA PRODUCCION SE DESTINA AL MERCADO
 


    Los productores y trabajadores agropecuarios calificados cuya producción se destina al mercado programan y ejecutan faenas relativas a una combinación de cultivos y de cría de animales y de operaciones derivadas de éstos, para venta o expedición regular a compradores mayoristas y a organismos de comercialización o a los mercados.

    Las tareas desempeñadas consisten por lo común en: determinar las clases y cantidades de cultivo extensivo y de plantaciones de árboles y arbustos u otros cultivos que habrán de emprender, así como las especies y el número de animales que criarán; cultivar cereales o plantas forrajeras o, según el caso, comprar forraje, semillas, fertilizantes y otros suministros; invertir, inclusive en arrendamiento, en tierras de labranza o de pastoreo, animales, edificios, instalaciones, máquinas y aperos; preparar los suelos, sembrar, plantar, cultivar y cosechar; criar y cuidar animales; obtener productos derivados de la cría de animales; mantener en buen estado los edificios, instalaciones, máquinas y aperos; almacenar los productos y proceder a cierto grado de elaboración primaria, y entregar, despachar o comercializar los productos agropecuarios y de granja. Sus tareas pueden incluir la supervisión de otros trabajadores.

    Las ocupaciones de este subgrupo se clasifican en el siguiente grupo primario:

    6130 Productores y trabajadores agropecuarios calificados cuya producción se destina al mercado Observaciones Los trabajadores agropecuarios y pesqueros que desempeñen principalmente tareas administrativas y de gerencia o dirección deberían clasificarse en uno de los siguientes grupos primarios: 1210: Directores generales y gerentes generales de empresa: 1221: Directores de departamentos de producción y operaciones, agricultura, caza. silvicultura y pesca o 131 l: Gerentes de empresas de agricultura. caza, silvicultura y pesca. Los trabajadores cuyas tareas consistan fundamentalmente en operar máquinas agrícolas y forestales deberían clasificarse en el subgrupo 833: operadores de maquinaria agrícola móvil y de otras máquinas móviles. Los trabajadores que - como los ayudantes y los peones - desempeñen tareas sencillas y rutinarias que requieran principalmente la utilización de herramientas manuales, cierto esfuerzo físico, poca o ninguna experiencia o conocimiento previos del trabajo y escasa iniciativa o capacidad de juicio, deberían clasificarse en el subgrupo 921 : Peones agropecuarios, forestales, pesqueros y afines.

   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.