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CIUO-58 |
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Grandes grupos, subgrupos y grupos primarios |
Publicaciòn |
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3423 AGENTES PUBLICOS Y PRIVADOS DE COLOCACION Y CONTRATISTAS DE MANO DE OBRA |
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Los agentes públicos y privados de colocación y los contratistas de mano
de obra se dedican, según el caso, a adecuar la oferta a la demanda de
trabajadores, señalando puestos de trabajo vacantes a los postulantes, a reunir
o escoger los trabajadores que requiere cualquier empleador, público o privado,
a menudo mediante el pago de un comisión, o a contratar la mano de obra necesaria
para determinados proyectos u obras.
Sus tareas incluyen, según el caso, las siguientes:
a) colocar postulantes de empleo en puestos de trabajo vacantes notificados
a oficinas públicas del empleo o asesorar en materia de formación pro-
fesional y programas pertinentes;
b) encontrar trabajo para los postulantes mediante el pago de una comisión
por los trabajadores o empleadores interesados;
c) consultar a los presuntos empleadores o a los organismos pertinentes
acerca de las calificaciones y otras características de los trabajadores
que requieren;
d) conseguir trabajadores que reúnan las calificaciones y otros requisitos
previstos y cumplir todas las formalidades pertinentes de conformidad con
la reglamentación nacional o internacional aplicable y otras exigencias;
e) garantizar que los contratos de trabajo cumplan las normas legales
vigentes y firmar tales contratos cuando así se requiera;
f) desempeñar tareas afines;
g) supervisar a otros trabajadores.
Entre las ocupaciones comprendidas en este grupo primario figuran las siguientes:
- Agente, oficina de colocación
- Contratista, mano de obra
- Funcionario, servicio del empleo
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