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3151 INSPECTORES DE EDIFICIOS Y DE PREVENCION E INVESTIGACION DE INCENDIOS
 


    Los inspectores de edificios y de prevención e investigación de incendios, en representación de las autoridades públicas o de empresas industriales o de otra índole, inspeccionan casas, fábricas, hoteles y otros edificios y estructuras en construcción, recién construidos o ya existentes para asegurar el cumplimiento de las reglamentaciones sobre construcción, nivelación, zonificación e incendios y de los planos, especificaciones y normas aprobados, o inspeccionan los sistemas de prevención de incendios o los lugares donde se han producido incendios para descubrir las causas del siniestro.

    Sus tareas incluyen las siguientes:

    a) asesorar a quienes construyen edificios y otras estructuras sobre la aplicación de las normas y reglamentos sobre construcción, nivelación y zonificación y en materia de calidad y seguridad de los edificios y otras estructuras;

    b) inspeccionar los edificios y estructuras durante las obras y después de la construcción para asegurarse de que se cumplen las disposiciones de las leyes y reglamentos sobre construcción, nivelación, zonificación y seguridad, y los planos, especificaciones y normas aprobados;

    c) inspeccionar los edificios y estructuras existentes para comprobar si hay deficiencias de mantenimiento, infracciones de las disposiciones sobre vivienda o condiciones peligrosas;

    d) inspeccionar fábricas, hoteles, cines y otros edificios, establecimientos y estructuras para descubrir riesgos de incendio y aconsejar sobre la manera de eliminarlos;

    e) asesorar sobre la instalación de detectores de incendios y de sistemas de aspersión automática y sobre la utilización de distintos materiales en la construcción de edificios y medios de transporte para atenuar el riesgo de incendios y la magnitud de los daños y del peligro que pueden ocasionar;

    f) inspeccionar los lugares donde ha ocurrido un incendio para descubrir las causas del siniestro;

    g) desempeñar tareas afines;

    h) supervisar a otros trabajadores.

    Entre las ocupaciones comprendidas en este grupo primario figuran las siguientes:

  • Inspector, incendios

  • Inspector, obras y edificios

  • Técnico, prevención de incendios


  • Entre las ocupaciones afines, clasificadas en otra parte, figura la siguiente:

  • Bombero - 5161
   
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 Ultima actulización: 29 de septiembre de 2004, por VA.