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90.reunión, 3 - 20 de junio de 2002

Informes de la Comisión del Reglamento

Informe

Presentación, discusión y adopción
 

Original francés: El PRESIDENTE — La Conferencia tiene ante sí el informe de la Comisión del Reglamento, que figura en Actas Provisionales núm. 20. Me complace ceder la palabra al Sr. Víctor Rodríguez Cedeño, delegado gubernamental de Venezuela, Presidente y Ponente de la Comisión del Reglamento, para que nos presente el informe de la Comisión del Reglamento.

Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (delegado gubernamental, Venezuela; Presidente y Ponente de la Comisión del Reglamento) — Es un honor para mí presentar a la consideración de la Conferencia el informe de la Comisión del Reglamento que se reuniera el pasado 3 de junio y que está contenido en Actas Provisionales núm. 20 que tienen ante ustedes.

La Comisión del Reglamento, como ustedes recordarán, examinó tres cuestiones: Enmiendas al Reglamento de la Conferencia; Revisión del Reglamento para las Reuniones Regionales y Modificación del artículo 10 del Reglamento del Consejo de Administración.

En relación con el primer punto, la Comisión en base a la recomendación que había hecho el Consejo de Administración, recomienda a la Conferencia aprobar varias enmiendas al Reglamento de la Conferencia que confirman las reformas introducidas en 1996, que han sido aplicadas, como se sabe, desde entonces durante seis reuniones de la Conferencia, mediante las derogaciones que todos los años se aprueban en virtud del artículo 76.

Las propuestas se refieren al tiempo límite para el uso de la palabra, que traduce una revisión del artículo 14 en los términos en que se reflejan en el informe de la Comisión.

La revisión del párrafo 2 del artículo 4, relativo a la Comisión de Proposiciones; el artículo 9, Modificaciones en la composición de las comisiones; el párrafo 9 del artículo 56, relativo a la Composición de las comisiones y derecho a participar en sus labores; la supresión del artículo 75, relativo al procedimiento del Grupo Gubernamental para el nombramiento de miembros de comisiones y finalmente la revisión del artículo 52, relativo al procedimiento de votación.

En cuanto al segundo tema, la Comisión recomienda a la Conferencia que se confirme el Reglamento de las reuniones regionales, adoptado por el Consejo en marzo de este año, que incluye, como se puede observar también, una nota introductoria.

Finalmente, la Comisión del Reglamento recomienda a la Conferencia que tome nota de la enmienda adoptada por el Consejo de Administración a su Reglamento y reproducida en el artículo 34 del Reglamento de la Conferencia para facilitar las referencias a lo mismo.

Señor Presidente, éste ha sido el resultado de nuestras labores, quisiera agradecer a los distinguidos miembros de la Comisión su participación en la reunión y muy particularmente a los vicepresidentes, Sres. Bernard Boisson, del Grupo de los Empleadores, y Khurshid Ahmed del Grupo de los Trabajadores, por su valiosa contribución; y de manera muy particular quisiera reiterar nuestro mayor reconocimiento al Sr. Parrot, delegado trabajador de Canadá, por su aporte constante y muy positivo a los delicados trabajos que sobre este tema se llevaron a cabo en el Consejo durante los últimos años.

Original francés: El PRESIDENTE — Se abre la discusión. Al no haber solicitudes para hacer uso de la palabra sobre el informe de la Comisión del Reglamento, entonces propongo pasar a la adopción del informe de la Comisión del Reglamento, que consta de cuatro partes y de un anexo en el que figuran las propuestas de Reglamento para las reuniones regionales.

Pasamos a la adopción de la parte I del informe, titulado «Enmiendas propuestas al Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo» (párrafos 4 a 18). En esta primera parte del informe, se invita a la Conferencia a que adopte las enmiendas al Reglamento que figuran en los párrafos 9, 16 y 18. De no haber objeciones, consideraré que la Conferencia adopta estas enmiendas.

(Se adoptan las enmiendas propuestas.)

Pasamos ahora a la parte II, «Confirmación del Reglamento para las reuniones regionales» (párrafos 19 a 21). Si no hay objeciones, consideraré que la Conferencia confirma el Reglamento para las reuniones regionales que figura en anexo al informe. Queda adoptado, de conformidad con las recomendaciones de la Comisión del Reglamento.

(Así queda decidido.)

Pasamos ahora a la parte III, «Correcciones al Reglamento de la Conferencia» (párrafos 22 a 25). Si no hay objeciones, consideraré que la Conferencia se da por enterada de la enmienda adoptada por el Consejo de Administración y toma nota de que, en la próxima edición del Reglamento de la Conferencia, se reflejarán las modificaciones que figuran en el párrafo 25.

(Se toma nota de la enmienda adoptada por el Consejo de Administración.)

Hemos tomado debida nota de que el Reglamento de la Conferencia será enmendado en consecuencia. Partiré pues del principio de que el informe de la Comisión del Reglamento se adopta en su conjunto.

(Se adoptan el informe — párrafos 1 a 3, y partes I, II, III y IV — y el anexo.)

 

Puesto al día por HK el 19 de junio de 2002.