GB.275/9 |
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NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Composición y orden del día de órganos
permanentes
y de reuniones
Indice
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones
Reunión
de expertos sobre los trabajadores en situaciones que necesitan
protección
Comisión de Expertos en Aplicación
de Convenios y Recomendaciones
Renovación de los nombramientos
1. La Mesa del Consejo de Administración recomienda al Consejo de Administración que renueve los nombramientos de los siguientes miembros de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, por un período de tres años:
Reunión tripartita sobre la seguridad y la salud
en las industrias pesqueras
(Ginebra, 13-17 de diciembre de 1999)
Invitación a una organización internacional no gubernamental
2. El Consejo de Administración tal vez estime oportuno autorizar al Director General a invitar al Foro Mundial de Pescadores y Trabajadores de la Pesca a la mencionada reunión.
Reunión de expertos sobre los trabajadores
en situaciones que necesitan protección
3. El Programa y Presupuesto para 2000-2001 (volumen 2, párrafo 80.12) incluye una asignación para la mencionada reunión de expertos. La asignación prevé una reunión de cuatro días civiles de duración, con 36 participantes. La reunión se celebraría en mayo del 2000.
Orden del día
4. El Director General propone el siguiente orden del día para la reunión:
1. Examinar las cuestiones siguientes, surgidas a raíz de las labores de la Comisión del Trabajo en Subcontratación durante la reunión de junio de 1998 de la Conferencia Internacional del Trabajo:
a) cuáles son los trabajadores, en las situaciones que la Comisión ha comenzado a identificar, que necesitan protección;
b) los medios adecuados para la protección de dichos trabajadores y la posibilidad de tratar separadamente las distintas situaciones;
c) cómo se podrían definir tales trabajadores, teniendo en cuenta los diferentes sistemas legales existentes y las diferencias idiomáticas.
2. Prestar asesoramiento a la OIT en relación con su acción futura para proteger a tales trabajadores, comprendida la posible adopción de un convenio complementado por una recomendación si la Conferencia Internacional del Trabajo, de acuerdo con los procedimientos reglamentarios, considera necesaria tal adopción.
3. Prestar asesoramiento a la OIT sobre otras medidas que sea conveniente adoptar con miras a completar el trabajo iniciado por la Comisión del Trabajo en Subcontratación de la Conferencia.
5. La Mesa del Consejo de Administración recomienda que el Consejo de Administración apruebe el orden del día mencionado.
Composición
6. El Director General propone que asistan a la reunión 12 expertos, nombrados después de consultar a los gobiernos, otros 12 después de consultar al Grupo de los Empleadores y otros 12 después de consultar al Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración.
7. La Mesa del Consejo de Administración recomienda que el Consejo de Administración apruebe la mencionada fórmula de composición.
8. Para obtener los nombramientos gubernamentales, habida cuenta de la experiencia disponible y de la necesidad de distribución geográfica, el Director General se propone consultar a los Gobiernos de Alemania, Argentina, Camerún, Canadá, Chile, Filipinas, Francia, India, Japón, Países Bajos, Sudáfrica y Suecia. En caso de que alguno de esos gobiernos no pudiese nombrar un participante, el Director General se dirigiría a los Gobiernos de la República de Corea, España, Estados Unidos, Hungría, México, Nigeria, Pakistán, Senegal o Venezuela.
Ginebra, 16 de junio de 1999.
Puntos que requieren decisión:
párrafo 1;
párrafo 2;
párrafo 5;
párrafo 7.