GB.271/ MNE/1 |
Comisión de Empresas Multinacionales |
MNE |
PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Actividades de promoción, servicios consultivos técnicos,
estudios terminados e investigaciones en curso de la Oficina
I. Actividades de promoción y servicios
de asesoramiento técnico
1. Se llevaron a cabo actividades de promoción en los Estados Unidos, con discusiones celebradas en Washington, con los Departamentos de Trabajo, de Estado y de Comercio, el Banco Mundial, la Overseas Private Investment Corporation, la AFL-CIO, el Consejo de Estados Unidos para el Comercio Internacional, el International Labour Rights Fund, la Caux Round Table; en San Francisco, con Business for Social Responsibility; y en Nueva York, con el Interfaith Center on Corporate Responsibility, el Council on Economic Priorities, el National Labor Committee y el Consejo de Estados Unidos para el Comercio Internacional.
2. Las amplias y prolongadas discusiones celebradas en Washington pusieron de manifiesto que sería deseable organizar una serie de reuniones, de un día o día y medio de duración, en varios de los principales centros industriales de la parte continental de los Estados Unidos, con el fin de discutir acerca de la Declaración tripartita y de los códigos de conducta. Tanto los mandantes de la OIT como las ONG consultadas confirmaron que apoyarían esta iniciativa y que reforzarían su cooperación y asistencia. Este tipo de iniciativas parece ser el mejor camino para llegar hasta un gran número de empresas estadounidenses, y en especial hasta aquellas que desarrollan actividades exteriores en los países en desarrollo, algunas de las cuales han publicado sus propios códigos de conducta u otros documentos similares.
3. No obstante, debe tenerse presente que, en los Estados Unidos, las actividades relacionadas con las inversiones extranjeras directas y las empresas multinacionales, así como los problemas laborales y sociales resultantes tienen una importancia relativa si se comparan con la situación que prevalece en el resto del mundo. Así pues, en los Estados Unidos, cualquier promoción de la Declaración tripartita y tentativa de llegar hasta las empresas grandes y pequeñas van encaminadas, por una parte, a que las compañías, y en especial aquellas que desarrollan actividades en el extranjero o que son verdaderamente de ámbito mundial, sean conscientes de la existencia de un instrumento de aplicación universal, la Declaración tripartita, y por otra, a colaborar con éstas a fin de garantizar que dicho texto recibe el debido reconocimiento en las empresas subsidiarias, filiales y conjuntas ubicadas en el extranjero, y que se aplica efectivamente y se refleja de uno u otro modo en cualquier código de la sociedad, la compañía o la empresa.
4. La Declaración tripartita también se discutió ampliamente en Yakarta con el Ministerio de Mano de Obra, la APINDO (Asociación de Empleadores de Indonesia), la FSPSI (Federación Panindonesia de Sindicatos), la Junta de Inversiones y el Ministerio de Producción y Distribución, así como con otros organismos. Tras los intercambios de puntos de vista iniciales, se acordó posteriormente que se celebraría, tan pronto como fuera posible y antes de finales de 1997, una Mesa redonda tripartita indonesia sobre actividades relacionadas con las inversiones extranjeras directas de las empresas multinacionales y otras cuestiones laborales y sociales.
5. Durante la 268.ª reunión del Consejo de Administración (marzo de 1997) se informó a la Subcomisión(1) de los preparativos entonces en curso para la celebración de una Mesa redonda nacional tripartita sobre empresas multinacionales, inversiones extranjeras directas y cuestiones laborales y sociales en Filipinas. La Mesa redonda se dividió en dos fases: durante la primera se celebraron consultas tripartitas locales o regionales en Cebú y en Manila para determinar cuáles eran las preocupaciones de quienes se verían directamente afectados o se encontraban implicados en actividades relacionadas con las inversiones extranjeras directas y las empresas multinacionales, y discutir acerca de ellas, todo ello sobre la base de intercambios de proyectos de recomendaciones que contribuirían a resolver los problemas. Las conclusiones acordadas sirvieron para elaborar los proyectos de un Memorándum tripartito de entendimiento social para Filipinas. La Oficina facilitó asistencia financiera para la celebración de las reuniones y servicios de asesoramiento durante las consultas, incluida la presentación de un documento(2) que sirvió como base principal para las posteriores discusiones y el acuerdo marco.
6. El Memorándum (del que se adjunta copia) se concluyó y adoptó durante la segunda y última etapa (la Mesa redonda nacional tripartita celebrada el 10 de julio de 1997) tras un seminario nacional tripartito de dos días de duración durante el que el Comité de Redacción elaboró el texto final del Memorándum. Este acontecimiento supuso una iniciativa sin precedentes por parte del Gobierno y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas de un Estado Miembro de la OIT, la cual iba destinada a poner en práctica los principios de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social. La Declaración tripartita proporcionó las bases para la firma del Memorándum dirigido a los interlocutores sociales nacionales, incluidas las empresas multinacionales presentes en Filipinas. El objeto del Memorándum es alentar a todos aquellos a quienes va dirigido a que adopten políticas y prácticas ajustadas a los principios recogidos en las normas fundamentales del trabajo de la OIT, los convenios ratificados, la legislación y la práctica laborales nacionales y la Declaración tripartita. En el marco del Memorándum se determinaron áreas de acción y medidas específicas que las partes convinieron en llevar a la práctica con miras a alcanzar los objetivos fijados. El Gobierno y los interlocutores sociales acordaron llevar a cabo el seguimiento de la aplicación del Memorándum a través de un Comité tripartito de control(3) .
7. Por invitación de la Organización Regional Asia-Pacífico de la CIOSL (ICFTU-APRO), la Oficina facilitó asesoramiento técnico y participó en un Coloquio regional sobre compañías multinacionales y en la Reunión asiática de expertos sindicales sobre códigos de prácticas para las empresas multinacionales, reuniones que tuvieron lugar en Singapur, del 22 al 26 de julio y del 11 al 13 de septiembre de 1997 respectivamente. Como parte de las conclusiones adoptadas durante la Reunión de expertos, figura la reflexión siguiente:
El Gobierno debería crear un foro o mecanismo destinado a difundir ampliamente la Declaración tripartita de
principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT y las Guidelines on Multinational
Enterprises (Directrices sobre empresas multinacionales) de la OCDE a fin de propiciar un diálogo permanente para
examinar su aplicación en la práctica y sugerir medidas apropiadas para lograr de todos los interesados una adhesión
sincera, tanto en la letra como en el espíritu, a sus principios y orientaciones.
Se debería elaborar un código de conducta adecuado (similar al desarrollado por los interlocutores tripartitos en
Filipinas en julio de 1997) y crear las condiciones necesarias para fomentar una amplia aceptación y estricta adhesión
al mismo.
8. Además, se celebraron provechosas discusiones con representantes de la ICFTU-APRO, como parte del esfuerzo permanente para determinar áreas de investigación sobre las repercusiones sociales y laborales de las empresas multinacionales en distintos países asiáticos, así como para colaborar en dichas investigaciones.
9. Como parte del proceso de mundialización, la inversión extranjera fluye hacia América Latina, y en especial hacia Argentina, Brasil, México, Venezuela y Colombia, que juntos representan cerca del 70 por ciento (1988-1994) de todas las inversiones de este tipo en la región. Brasil, con 10.000 millones de dólares de Estados Unidos, figura como el mayor receptor en 1996. La participación de Argentina fue de 4.300 millones de dólares, lo cual la sitúa en tercer lugar, detrás de México, con 7.500 millones de dólares.
10. El MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), con su mercado potencial de 200 millones de personas, ha sido un imán para las inversiones extranjeras directas. Ello ha llevado a las empresas multinacionales a crear o acrecentar redes de producción basadas en el MERCOSUR.
11. Se atribuye al proceso de privatización un importante papel en la atracción de inversiones extranjeras directas a esta región (se calcula que, hasta la fecha, se han vendido empresas estatales por un valor cercano a los 60.000 millones de dólares, y que otras muchas, que representan un valor total que supera esta suma, están siendo preparadas en la actualidad para su privatización).
12. El flujo de inversiones extranjeras directas a través de las empresas multinacionales ha tenido no obstante su precio. Debido a la reestructuración, las innovaciones técnicas o tecnológicas, etc., se informa que, tan sólo en la Argentina, han perdido sus empleos cerca de 120.000 trabajadores ferroviarios, al igual que ha ocurrido con 50.000 trabajadores del sector del petróleo, 22.000 del sector de correos y telecomunicaciones y una cifra similar en el sector de la electricidad y la energía. Esto parece ser sólo parte de un cuadro mucho mayor, que se está repitiendo en otros países del MERCOSUR.
13. En consecuencia, y en respuesta a la solicitud formulada por los representantes del movimiento sindical argentino, se celebraron discusiones en Buenos Aires con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, representantes de los empleadores (Grupo de los ochos) y representantes de los sindicatos. También se celebraron discusiones con miembros del Parlamento de Argentina que participan activamente en el grupo de parlamentarios del MERCOSUR.
14. Tras haber extraído enseñanzas de la máxima utilidad de los principios de la Declaración tripartita, que resultan de lo más oportuno, especialmente en el actual contexto nacional, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Argentina está procediendo a distribuir copias de la Declaración tripartita y notas explicativas sobre la misma a los jefes de la red de oficinas ministeriales de todo el país.
15. Los representantes de los trabajadores también se han propuesto lograr la más amplia distribución posible de la Declaración y de las notas explicatorias entre sus miembros.
16. También se celebraron discusiones con los interlocutores tripartitos nacionales en Montevideo, en las que participaron el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Cámara de Industrias del Uruguay, la Cámara Nacional de Comercio, la Cámara Mercantil de Productos del País, y el Plenario Intersindical de Trabajadores (PIT), así como la Convención Nacional de Trabajadores (CNT) y los funcionarios superiores de la Secretaría del MERCOSUR.
17. Los países del MERCOSUR están inmersos en el debate sobre una Carta Social, por lo que las discusiones que tuvieron lugar en Argentina y Uruguay resultaron especialmente oportunas y bienvenidas en este contexto. Los principios de la Declaración supondrían una aportación muy oportuna y de gran utilidad para la redacción de este texto. La Secretaría del MERCOSUR y el grupo de trabajo relativo a la Carta Social examinarán esta cuestión con gran interés y atención.
18. En las discusiones que tuvieron lugar en ambos países, la opinión general era la de que resultaría de la mayor utilidad la celebración de reuniones tripartitas sobre inversiones extranjeras directas y cuestiones laborales y sociales. No obstante, no se había formado aún una opinión acerca de si dichas reuniones deberían celebrarse en el plano nacional o subregional (MERCOSUR), si deberían tener lugar reuniones nacionales seguidas de una reunión en el plano del MERCOSUR, o si deberían organizarse tales reuniones para cada grupo de interlocutores sociales por separado (gobiernos, empleadores y trabajadores). Esta cuestión debería volverse a examinar tras las posibles misiones a Brasil y Paraguay, de modo que los participantes de cada país presenten una misma orientación respecto de la Declaración tripartita, cualquiera que sea la modalidad de reunión que se acuerde en última instancia.
19. A través de los contactos establecidos en Argentina durante las discusiones, la Declaración tripartita y los textos descriptivos se han distribuido a los 64 miembros del grupo de parlamentarios del MERCOSUR, en el que cada uno de los Estados miembros está representado por 16 miembros de su Parlamento.
20. Como parte del programa de trabajo ordinario, las actividades de promoción desarrolladas incluyeron: la participación en una Mesa redonda sobre la mundialización, las zonas francas industriales y el crecimiento industrial en los países en desarrollo, organizada por el Instituto Internacional de Estudios Laborales, que reunió a participantes de la OIT, de los círculos sindicales y de las instituciones académicas; se celebraron reuniones informativas y discusiones con delegados a la reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de 1997, visitantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, funcionarios de la OIT destinados tanto en la sede como en las oficinas exteriores, investigadores universitarios, etc. Como en años anteriores, se dispuso en el Palacio de las Naciones y mientras tenía lugar la 85.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo una caseta en la que se exponía una amplia documentación, y en particular documentos de trabajo, estudios, etc., publicados en el marco del Programa de Empresas Multinacionales. Como resultado de ello y de las discusiones subsiguientes con diversas delegaciones y visitantes, se formularon varias solicitudes para la celebración de mesas redondas y seminarios y para la concesión de becas.
21. Se encuentran en fase avanzada las discusiones y disposiciones para la celebración de una Mesa redonda tripartita sobre las cuestiones laborales y sociales surgidas a raíz de las actividades de las empresas multinacionales en Viet Nam.
22. Puede accederse ahora a las versiones inglesa, francesa y española de la Declaración tripartita en el sitio Internet de la OIT, en las páginas ILOLEX de la sección relativa a las normas internacionales del trabajo y los derechos humanos(4) .
II. Estudios concluidos e investigaciones en curso
en áreas abarcadas por la Declaración tripartita
23. Desde que se reuniera la Subcomisión en marzo de 1997 se han publicado dos documentos de trabajo; uno de ellos es un estudio monográfico sobre la situación de las trabajadoras y las condiciones de trabajo en el comercio al por menor del Canadá(5) ; el otro se ocupa del empleo y de las condiciones de trabajo en empresas de servicios de mensajería seleccionadas. El objeto principal de este último son las actividades de Federal Express y de UPS en los Estados Unidos(6) .
24. En respuesta a las soluciones adoptadas en diversas reuniones sectoriales de la OIT a lo largo de los años, se están elaborando documentos de trabajo sobre temas que abarcan distintos aspectos de las políticas sociales y las prácticas laborales de las empresas en los siguientes sectores e industrias: comercio al por menor; telecomunicaciones; servicio de proceso de datos prestados desde el extranjero; industria del automóvil; plantaciones; industrias textiles, del vestido y del calzado, y servicios de la propiedad (que reúnen los servicios contratados de limpieza y de seguridad privados). Estos documentos se centran en los acontecimientos ocurridos en economías tanto industrializadas, como en desarrollo y en transición de distintas partes del mundo (la Unión Europea (UE), Argentina, Barbados, Hungría, Jamaica, Kenya y Túnez).
25. En el caso de los estudios por país, se espera publicar documentos en los idiomas oficiales de los países interesados. Las observaciones formuladas por ciertos gobiernos y organizaciones de empleadores y de trabajadores en sus respuestas a la sexta encuesta sobre el curso dado a la Declaración tripartita también indicaron ciertas posibles áreas de investigación. Por este motivo, y a fin de examinar las repercusiones de la empresas multinacionales en distintos contextos sociales y económicos, se iniciaron en noviembre de 1997 investigaciones sobre dos cuestiones: el empleo y la formación en las empresas multinacionales de Namibia y Zimbabwe; y la evaluación de las repercusiones de los consejos de empresa europeos en las prácticas de consulta de las empresas multinacionales (párrafo 56 de la Declaración tripartita) así como de las iniciativas de las empresas multinacionales y de las organizaciones de trabajadores a este respecto. La Oficina tiene intención de publicar estos documentos de trabajo durante el año 1998.
Ginebra, 26 de febrero de 1998.
Anexo
Memorándum tripartito de entendimiento social de Filipinas
Mesa redonda tripartita filipina sobre el trabajo y los problemas
sociales dimanantes de las actividades de las empresas multinacionales
y de las inversiones extranjeras directas
Preámbulo
En un mundo cada vez más interdependiente y competitivo que la mundialización ha gradualmente acercado, las inversiones
internas y extranjeras se han convertido en factores cada vez más importantes para el desarrollo.
En Filipinas, los inversionistas que se comprometen a colaborar de manera responsable y fiable en el desarrollo y el
sostenimiento de los recursos humanos y naturales del país, y que proporcionan oportunidades de empleo, introducen la
tecnología adecuada a las necesidades actuales así como a las necesidades futuras y mejoran las infraestructuras para
aumentar el desarrollo económico industrial y social dentro del marco de las políticas nacionales establecidas, son bien
acogidos.
Una relación duradera y fructífera entre Filipinas y los inversionistas, que incluya a las empresas multinacionales y a los
inversionistas extranjeros directos, debería basarse en beneficios mutuos, responsabilidades compartidas, compromisos a
largo plazo, confianza y equidad.
Guiados por la Declaración tripartita de principios de la OIT relativa a las empresas multinacionales y a la política social, el
Gobierno, los empleadores y los trabajadores de Filipinas, a través de sus representantes, adoptan los principios rectores y
los planes de acción siguientes; asimismo instan a todos los inversionistas actuales y potenciales a que respeten, como
mínimo, las disposiciones que figuran a continuación:
Principios rectores
Principios generales
Los colaboradores tripartitos filipinos:
Empleo
Los colaboradores tripartitos filipinos convienen en:
Capacitación
Los colaboradores tripartitos filipinos convienen en que:
Condiciones de trabajo y condiciones de vida
Los colaboradores tripartitos filipinos acuerdan que:
Relaciones laborales
Los colaboradores tripartitos convienen en que:
Hoy 10 de julio de 1997, en Pasay City, Filipinas, ponemos nuestras firmas en este documento como expresión del compromiso de este Entendimiento Social, aun cuando extendemos el llamamiento a todos los interesados para que voluntariamente apoyen y reflejen el espíritu de este acuerdo:
(Firmado)
Juan C. Tan |
Miguel B. Varela |
Democrito T. Mendoza |
Lilia de Lima |
M.A. Veronica F. Magsino |
Leonardo A. Quisumbing
Secretario
Departamento del Trabajo y del Empleo
Testigos:
Richard Szal |
Abebe Abate |
1. Documento GB.268/MNE/1/3, párrafo 10.
2. A.T. Romero, The ILO's Tripartite Declaration of Principles concerning Multinational Enterprises and Social Policy: An introductory essay, documento para información presentado en las consultas tripartitas de área de Cebú (30 de junio - 1.º de julio de 1997) y de Manila (3-4 de julio de 1997).
3. Memorándum tripartito de entendimiento social de Filipinas, adoptado el 10 de julio de 1997, 4 páginas (mimeografiado).
4. http://ilolex.ilo.ch:1567/public/spanish/50normes/infleg/ilospa/multis.htm
5. I.U. Zeytinolu y M. Crook: Women workers and working conditions in retailing: A comparative study of the situation in a foreign-controlled retail enterprise and a nationally-owned retailer in Canada, Programa de Empresas Multinacionales, documento de trabajo núm. 79 (Ginebra, OIT, 1997), 88 páginas más 10 páginas de anexo.
6. S.C. Wisniewski: Multinational enterprises in the courier service industry: Aspects of employment and working conditions in selected enterprises, Programa de Empresas Multinacionales, documento de trabajo núm. 81 (Ginebra, OIT, 1997), 58 páginas.
7. De los siete convenios esenciales de la OIT, Filipinas ha ratificado los Convenios núms. 87, 98, 100, 105 y 111. Está todavía pendiente la ratificación de los Convenios núms. 29 y 138.
8. Basada en el Convenio núm. 122 de la OIT, la expresión «libremente escogido» se refiere a la libertad en cuanto al trabajo forzoso, la esclavitud y el macroprincipio general, y no a un lugar de trabajo específico o a la infracción de prerrogativas administrativas.