GB.271/17/4 |
DECIMOSEPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Informe del Director General
Cuarto informe
complementario:
Participación de territorios no metropolitanos
como observadores en la 86.a reunión (1998)
de la Conferencia Internacional del
Trabajo
1. En su 124.a reunión (marzo de 1954), el Consejo de Administración decidió que, por recomendación de los Estados Miembros responsables, los territorios no metropolitanos podrían ser invitados a participar en las reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo por medio de delegaciones tripartitas de observadores.
2. El Gobierno del Reino Unido ha pedido al Director General que solicite al Consejo de Administración que Bermudas y las Islas Vírgenes británicas sean invitadas a enviar una delegación tripartita de observadores a la 86.a reunión de la Conferencia.
3. Por consiguiente, se pide al Consejo de Administración que autorice al Director General para invitar a Bermudas y las Islas Vírgenes británicas, por conducto del Gobierno del Reino Unido, a enviar una delegación tripartita de observadores a la 86.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo.
Ginebra, 5 de marzo de 1998.
Punto que requiere
decisión: párrafo 3.