GB.270/STM/2/1 |
||
Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas y Cuestiones Afines |
STM |
SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Curso que ha de darse a las recomendaciones
de las reuniones sectoriales
a) Reunión tripartita sobre las repercusiones de las nuevas
tecnologías en el empleo y las condiciones de trabajo
en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo
(Ginebra, 12 al 16 de mayo de 1997)
1. La Reunión tripartita sobre las repercusiones de las nuevas tecnologías en el empleo y las condiciones de trabajo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo se celebró en Ginebra los días 12 al 16 de mayo de 1997 bajo la presidencia de la Sra. B. Dunkak (Gobierno, Estados Unidos).
2. La Reunión contó con un informe titulado Las nuevas tecnologías y las condiciones de trabajo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo, que había sido elaborado por la Organización Internacional del Trabajo(1) .
3. La Reunión adoptó por unanimidad las conclusiones y resoluciones siguientes:
a) conclusiones sobre las repercusiones de las nuevas tecnologías en el empleo y las condiciones de trabajo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo;
b) resolución sobre la creación de empresas y de empleo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo;
c) resolución sobre las actividades futuras de la OIT en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo;
d) resolución sobre la explotación sexual de los niños y el trabajo infantil;
e) resolución sobre el desarrollo del turismo duradero y sobre el empleo que éste genera, y
f) resolución sobre la libertad sindical en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo.
4. Estos textos, junto con el resumen de las labores de la Reunión, figuran en la Nota sobre las labores que se adjunta al presente documento. En las conclusiones y recomendaciones se exhorta a la OIT a que adopte las siguientes medidas.
5. En los párrafos 20 al 26 de las conclusiones, la Reunión señala el cometido que desea que la OIT desempeñe. Destaca que la OIT debería cerciorarse de que habilita recursos materiales y humanos proporcionales a la importancia del sector así como a las dificultades que debe vencer. En su función de actividades de seguimiento, las conclusiones destacan que entre las esferas en que la OIT presta asistencia, deberían ocupar un lugar prioritario los servicios de cooperación técnica y de asesoramiento sobre el desarrollo de los recursos humanos, la capacitación, incluida la formación en materia de gestión, y el aumento de la productividad. La Reunión también solicita a la Oficina que efectúe asimismo investigaciones sobre las relaciones de trabajo y el desarrollo técnico del sector, y luego difunda sus resultados. Además, la Oficina debería convertirse en el principal depositario de las estadísticas referentes a las condiciones de empleo y de trabajo imperantes en el sector, las cuales debería analizar y difundir; debería promover la imagen del sector, emprender estudios acerca de su potencial y publicar los consiguientes resultados. En vista de la rápida expansión del sector, que entre otras cosas entraña la multiplicación de las pequeñas y medianas empresas, y de la acelerada evolución de sus procedimientos técnicos y de sus correspondientes métodos de gestión, la Reunión pide a la Oficina que prosiga sus actividades de investigación sobre las consecuencias sociales de las nuevas tecnologías en el sector y difunda información acerca de las «prácticas más acertadas» adoptando nuevas tecnologías para elaborar métodos innovadores de formación. A pesar de la oposición inicial y continua de los empleadores al Convenio sobre las condiciones de trabajo (hoteles y restaurantes), 1991 (núm. 172), la Oficina debería examinar, si así se lo solicitare, las trabas que coarten nuevas ratificaciones y sugerir las medidas oportunas para soslayarlas, incluida la celebración de reuniones tripartitas a nivel nacional y regional.
6. En la resolución sobre la creación de empresas y de empleo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo, se invita al Consejo de Administración a que:
1) exhorte a los Estados Miembros a:
a) crear y/o restablecer un entorno económico y social que favorezca la creación de empresas y de empleo en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo (HRT), lo cual presupone, entre otras cosas, la adopción de políticas idóneas en materia fiscal, monetaria y de programación flexible de los horarios, que aseguren la estabilidad del entorno económico y, más en particular, la de las tasas de inflación, los tipos de interés y de cambio, la política fiscal, el empleo y el equilibrio social;
b) formular y aplicar las políticas necesarias en materia de enseñanza y de recursos humanos que permitan a sus ciudadanos utilizar la tecnología de forma eficaz y efectiva con miras a generar más puestos de trabajo, mejores y muy productivos;
c) adoptar medidas encaminadas a crear y/o consolidar una cultura que aliente la iniciativa individual y la creación de empresas, la productividad, la calidad y las buenas relaciones de trabajo conforme a lo definido en el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) y el Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm. 135) y con arreglo a unas prácticas sociales equitativas;
d) crear un entorno en que se reconozca la necesidad de ofrecer a las empresas unas políticas fiscales, una legislación y una reglamentación que sean equitativas y les permitan ser competitivas en los mercados locales, nacionales y mundiales, amén de brindar atractivas oportunidades de empleo;
e) perseguir en la sociedad el desarrollo de determinadas actitudes empresariales, con especial hincapié en las calificaciones profesionales y de gestión, y
f) solicitar al Director General que coopere con la Organización Mundial del Turismo, y, cuando proceda, con otras organizaciones internacionales en las siguientes esferas de actividad:
i) la formación de personal de gestión y de trabajadores en el sector HRT;
ii) la elaboración de estudios sobre la flexibilidad del empleo en las empresas y su repercusión en la creación de puestos de trabajo y en la calidad del empleo en el sector HRT;
iii) la realización de estudios, investigaciones y estadísticas sobre la creación de empresas y de empleo en el sector HRT, y
iv) la organización de seminarios nacionales y subregionales sobre la creación de empresas y las oportunidades de empleo en el sector HRT.
7. La resolución sobre las actividades futuras de la OIT en el sector de la hotelería, la restauración y el turismo invita al Consejo de Administración a que:
1) vuelva a conceder al sector HRT la importancia que antes se le reconocía en la Organización y que consigne fondos en el Programa y Presupuesto de la Organización Internacional del Trabajo para dedicarle recursos materiales suficientes, así como un complemento de cinco profesionales experimentados;
2) incluya en el orden del día de la próxima reunión tripartita proyectada un punto titulado: «Determinar las necesidades de todo tipo de formación en el sector HRT resultantes de la mundialización»;
3) solicite al Director General que:
a) dé publicidad, por conducto de los Estados Miembros y de las organizaciones de trabajadores y de empleadores interesadas, a las conclusiones y a las resoluciones adoptadas por la presente Reunión y por las reuniones tripartitas precedentes;
b) pida a los gobiernos de los Estados Miembros que, cuando envíen información con miras a futuras reuniones tripartitas y examinen el curso dado a las conclusiones y a las resoluciones de la presente Reunión, consulten a las organizaciones de trabajadores y de empleadores interesadas;
c) aliente la participación de las mujeres en las actividades y en las reuniones organizadas por la Organización Internacional del Trabajo;
d) siga cooperando con las organizaciones intergubernamentales y con las organizaciones de empleadores y de trabajadores para abordar los problemas relativos al sector HRT, y
e) realice un estudio sobre el sector no estructurado en el que se incluya una definición y se examinen las repercusiones de dicho sector en la industria HRT.
8. La resolución sobre la explotación sexual de los niños y el trabajo infantil invita al Consejo de Administración a que:
1) solicite al Director General que prosiga y mejore la cooperación entre la OIT y todas las demás organizaciones internacionales, en especial el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que actúan para prevenir y combatir la prostitución y el trabajo infantiles;
2) haga un llamamiento a los Estados Miembros para que:
a) presten particular atención a esta cuestión y permitan a las organizaciones de trabajadores y de empleadores participar en los debates y en las actividades dirigidas a erradicar la prostitución infantil;
b) ayuden a la industria a poner fin a aquellos negocios que participen en la explotación sexual de niños;
c) apoyen a la OIT en su empeño por combatir la explotación sexual de los niños y apelen a los países donantes para que dediquen más recursos a este fin, en especial en el marco del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), y
d) estén representados en la Conferencia Internacional del Trabajo de 1998, cuyo orden del día tendrá por tema principal un nuevo convenio sobre el trabajo infantil.
9. La resolución sobre el desarrollo del turismo duradero y sobre el empleo que éste genera invita al Consejo de Administración a que:
1) anime a los Estados Miembros y, de ser preciso, a las organizaciones de empleadores y de trabajadores a:
a) promover unas políticas de desarrollo del sector HRT que sean compatibles con la protección del medio ambiente cultural y natural;
b) respaldar las iniciativas de desarrollo del turismo centradas en la naturaleza (como son el turismo ecológico o el ecoturismo);
c) alentar a las empresas del sector a establecer prácticas respecto a la protección del medio ambiente y a la utilización de los recursos naturales, y
d) organizar actividades de sensibilización y educación para los empleadores y los trabajadores preocupados por la protección del medio ambiente en el sector HRT;
2) solicite al Director General que:
a) continúe dedicando actividades de la OIT a cuestiones referentes al medio ambiente, coordinándolas y, cuando proceda, realizándolas con otros grupos y velando por que sean acordes con las exigencias de un desarrollo duradero;
b) emprenda investigaciones sobre las relaciones existentes entre el medio ambiente, el empleo y la formación en el sector HRT, y estimule los intercambios de información pertinente entre los mandantes de la OIT, y
c) facilite a los países en desarrollo asesoramiento sobre normas generales, servicios consultivos y asistencia técnica en el ámbito del medio ambiente de trabajo, del desarrollo duradero y de la formación en materia de medio ambiente.
10. La Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas y Cuestiones Afines tal vez estime oportuno recomendar que el Consejo de Administración autorice al Director General a que remita la Nota sobre las labores en la que se incluyen los textos mencionados en el párrafo 3:
a) a los gobiernos, encargándoles que transmitan estos textos a las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas;
b) a las organizaciones internacionales de empleadores y de trabajadores interesadas, y
c) a las organizaciones internacionales interesadas.
11. La Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas y Cuestiones Afines tal vez estime oportuno recomendar que el Consejo de Administración pida al Director General que, cuando redacte las propuestas para el próximo programa de trabajo de la Oficina, tenga presente los deseos expresados por la Reunión en los párrafos 20 al 26 de las conclusiones y en los párrafos pertinentes de las resoluciones.
Ginebra, 14 de octubre de 1997.
Puntos que requieren decisión:
párrafo 10;
párrafo 11.
1. Documento TMHCT/1997.