La OIT es una agencia especializada de lasNaciones Unidas
ILO-es-strap

GB.270/5
270.a reunión
Ginebra, noviembre de 1997


QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA

Informe de la Reunión tripartita de expertos
sobre las actividades futuras de la OIT
en el campo de las migraciones

(Ginebra, 21-25 de abril de 1997)

1. La Reunión tripartita de expertos sobre las actividades futuras de la OIT en el campo de las migraciones tuvo lugar en Ginebra, del 21 al 25 de abril de 1997, y fue presidida por la Sra. Embajadora Lilia R. Bautista (Gobierno, Filipinas).

2. El orden del día de la Reunión, aprobado por el Consejo de Administración en su 267.ª reunión (noviembre de 1996)(1) , fue el siguiente:

1) Directivas relativas a la protección de los trabajadores contratados en el marco de regímenes de empleo temporero.

2) Directivas relativas a la protección de los trabajadores de un país contratados por agencias privadas de contratación para trabajar en otro país.

3) Encuestas sobre tipos o prácticas de explotación de los trabajadores migrantes que no son consideradas por procedimientos basados en los convenios.

3. Un resumen de los debates de la Reunión y las directivas o propuestas de acción para la OIT adoptadas en la misma figuran en el informe correspondiente, que se incluye en anexo(2) .

4. El Consejo de Administración tal vez estime conveniente autorizar al Director General a que distribuya las Directivas sobre las medidas especiales de protección de los trabajadores migrantes que llevan a cabo actividades temporales y las Directivas sobre medidas especiales de protección de los trabajadores migrantes contratados por agentes privados:

a) a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores;

b) a las organizaciones internacionales de empleadores y de trabajadores interesadas, y

c) a otros destinatarios, según sea pertinente.

5. Asimismo, el Consejo de Administración tal vez estime conveniente pedir al Director General que cuando prepare las propuestas para el Programa y Presupuesto tenga en consideración las sugerencias formuladas por la Reunión, que figuran en el anexo III de su informe.

6. El Consejo de Administración tal vez estime conveniente tomar nota de que las opiniones expresadas por la Reunión y que figuran en el apartado b) del párrafo 2.1 del anexo III a su informe, relativas a la conveniencia de llevar a cabo una discusión general durante la Conferencia Internacional del Trabajo sobre el empleo de los trabajadores migrantes que incluya las cuestiones referentes a los derechos laborales fundamentales, figuran en el documento sometido al Consejo de Administración en la presente Reunión, referente a las propuestas para el orden del día de la 88.a reunión (2000) de la Conferencia(3) .

Ginebra, 18 de septiembre de 1997.

Puntos que requieren decisión:


1.  Documento GB.267/17, párrafos 3-11.

2.  Documento MEIM/1997/D.4.

3.  Documento GB.270/2.


Puesto al día por VC. Aprobada por NdW. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.