GB.268/PFA/1/1 268.a reunión Ginebra, marzo de 1997 |
Comisión de Programa, Presupuesto y Administración | PFA |
PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Programa y Presupuesto para 1996-1997
Estado de las cuentas al 31 de diciembre de 1996
Indice
Resultados financieros para 1996
Fondo de Operaciones y Cuenta de Ajuste de los Ingresos
Situación en relación con el párrafo 4 del artículo 13 de la Constitución
Cuadros [Los cuadros no se adjuntan]
Cuadro 1. Ingresos y gastos del presupuesto ordinario para 1996
Cuadro 2. Situación de gastos del presupuesto ordinario para 1996
Cuadro 3. Partidas de gastos adicionales de 1996-1997 aprobadas por el Consejo de Administración
Cuadro 4. Contribuciones de los Estados Miembros y cantidades debidas por determinados Estados por anteriores períodos de pertenencia a la OIT - Resumen
Cuadro 5. Contribuciones de los Estados Miembros y cantidades debidas por determinados Estados respecto a períodos anteriores de pertenencia a la OIT -- Detalle
Cuadro 6. Fondo de Operaciones y Cuenta de Ajuste de los Ingresos
1. En su 82.a reunión (junio de 1995), la Conferencia Internacional del Trabajo aprobó el presupuesto de gastos para el ejercicio económico 1996-1997 por un importe de 579.500.000 dólares y el presupuesto de ingresos para ese ejercicio por el mismo importe, el cual, al tipo de cambio presupuestario para dicho ejercicio de 1,16 franco suizo por cada dólar de los Estados Unidos, dio como resultado unas contribuciones prorrateadas de 672.220.000 francos suizos.
2. Las contribuciones recibidas con destino al año actual y a los bienios anteriores se contabilizan como ingresos presupuestarios en dólares de los Estados Unidos al tipo de cambio presupuestario de la OIT para 1996-1997, y los gastos en francos suizos se consignan en dólares al mismo tipo de cambio. Por consiguiente, las cifras de ingresos y gastos presupuestarios en dólares que figuran en el presente documento son las que resultan de convertir los ingresos y gastos presupuestarios cifrados en francos suizos a dólares de los Estados Unidos, al tipo de cambio previsto en el presupuesto de la OIT para 1996-1997 de 1,16 franco suizo por dólar.
3. Los ingresos y gastos del presupuesto ordinario para 1996 se resumen en el cuadro 1. Los ingresos presupuestarios para 1996 totalizaron 348.320.342 dólares, de los cuales 218.794.361 dólares correspondían a las contribuciones prorrateadas para 1996 y 129.525.981 dólares provenían del pago de contribuciones atrasadas con cargo a ejercicios económicos anteriores. De conformidad con la resolución adoptada en la 82.a reunión (1995) de la Conferencia Internacional del Trabajo(1), se asignaron 44.224.897 dólares del último importe indicado al reembolso de los préstamos internos y las sumas retiradas del Fondo de Operaciones que se utilizaron para saldar el déficit de tesorería que había arrojado el ejercicio financiero 1994-1995. Se dispuso de unos ingresos presupuestarios netos de 304.095.445 dólares para financiar los gastos en 1996.
4. Los gastos correspondientes a 1996 totalizaron 227.937.614 dólares. En el cuadro 2 figuran informaciones más detalladas sobre estos gastos desglosados por programa principal. En 1996, el Consejo de Administración aprobó una partida de gastos adicional de un importe de 28.900 dólares, respecto a la cual puede obtenerse más información en el cuadro 3.
5. En los cuadros 4 y 5 se presenta en detalle la situación de las contribuciones de los Estados Miembros al 31 de diciembre de 1996.
6. En el cuadro 6 figura un examen analítico del movimiento del Fondo de Operaciones y de la Cuenta de Ajuste de los Ingresos, así como el detalle de los ingresos varios que se incluyan en esta última.
Situación en relación con el párrafo 4 del artículo 13 de la Constitución
7. En el cuadro 5 se indica que, al 31 de diciembre de 1996, las contribuciones atrasadas de Angola, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Bosnia y Herzegovina, Camboya, Cabo Verde, República Centroafricana, Chad, Comoras, Congo, Djibouti, República Dominicana, Georgia, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Haití, Iraq, Islas Salomón, Kazakstán, Kirguistán, Letonia, Liberia, Madagascar, Moldova, Paraguay, Polonia, Santo Tomé y Príncipe, Sierra Leona, Somalia, Tayikistán, Togo, Turkmenistán, Uzbekistán y Yugoslavia eran iguales o superiores al total de las contribuciones debidas por estos Estados para los dos últimos años completos (1994-1995). Por consiguiente, todos estos Estados Miembros han perdido el derecho de voto, con arreglo a las disposiciones del párrafo 4 del artículo 13 de la Constitución de la Organización, a reserva de los acuerdos especiales que se describen más adelante.
8. Se autorizó a votar a Camboya, Paraguay, Polonia, Sierra Leona y Togo, de conformidad con lo dispuesto en el citado párrafo 4 del artículo 13 de la Constitución de la Organización, en virtud de los acuerdos financieros aprobados por la Conferencia Internacional del Trabajo en sus 82.a (1995), 78.a (1991), 75.a (1988) y 83.a (1996) reuniones, respectivamente.
Ginebra, 4 de marzo de 1997.
1. Por la que se establece que, a título experimental y únicamente para los ejercicios financieros de 1994-1995, 1996-1997 y 1998-1999, las sumas retiradas del Fondo de Operaciones para financiar, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del párrafo 1 del artículo 19 del Reglamento Financiero, los gastos presupuestarios que se realicen en espera de las contribuciones y que no puedan reembolsarse con cargo a las contribuciones en el transcurso del mismo ejercicio financiero, se reembolsarán con cargo a los importes acreditados en ejercicios financieros sucesivos en concepto de contribuciones atrasadas.