GB.268/14 268.a reunión Ginebra, marzo de 1997 |
DECIMOCUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Informe del Director General
Indice
Sr. Manthri Peruman Sundaram
1. El Director General anuncia con profundo pesar el fallecimiento, acaecido el 13 de diciembre de 1996, del Sr. Manthri Peruman Sundaram, quien fuera miembro trabajador del Consejo de Administración.
2. Durante la mayor parte de su vida, el Sr. Sundaram trabajó al servicio del Congreso de Trabajadores de Ceylán (CWC). En 1957, tras diplomarse de la Escuela de Derecho y obtener su título de abogado, ingresó en la Secretaría Administrativa del CWC, organización en la que más tarde ocupó los puestos de Secretario Jurídico y, por largo tiempo, de Secretario General Adjunto. En el momento de su fallecimiento, estaba desempeñando el cargo de Secretario de Asuntos Internacionales del CWC y residía en Londres. El Sr. Sundaram representó al Congreso de Trabajadores de Ceylán en diversos foros regionales e internacionales, en los que adquirió renombre como ferviente defensor de los intereses del CWC y, en particular, de los derechos de los trabajadores de las plantaciones.
3. El Sr. Sundaram desempeñó también las funciones de Vicepresidente del Consejo Regional de Sindicatos de Asia Meridional y miembro del Comité Ejecutivo de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres.
4. El Sr. Sundaram hizo aportes significativos a la labor de la OIT. En 1993 y 1994 asistió a la Conferencia Internacional del Trabajo en calidad de delegado de los trabajadores de su país; de 1981 a 1990 fue elegido miembro trabajador suplente del Consejo de Administración, órgano en el que también actuó como miembro adjunto de 1990 a 1993 y desde 1996 hasta el momento de su muerte. Su profunda preocupación por el bienestar de los trabajadores de Sri Lanka y el mundo entero, así como su franco compromiso en favor de la justicia y de los derechos humanos le granjearon la amistad y el respeto de cuantos le conocieron, en particular en la región de Asia y el Pacífico.
5. El Consejo de Administración deseará sin duda pedir al Director General que transmita sus condolencias a la familia del Sr. Sundaram, al Congreso de Trabajadores de Ceylán y a la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres.
Sr. Félix Moukoko Kingue
6. El Director General anuncia con profundo pesar el fallecimiento, acaecido el 5 de enero de 1997, del Sr. Félix Moukoko Kingue, quien fuera miembro empleador del Consejo de Administración.
7. La figura del Sr. Moukoko Kingue está estrechamente asociada con el movimiento de unificación de los empleadores de Africa, que culminó en 1986 con la formación de la Confederación Panafricana de Empleadores (PEC). El Sr. Moukoko Kingue dedicó la mayor parte de su vida al servicio de los empleadores. En particular, fue cofundador y primer Secretario General de la Agrupación de Empresarios Cameruneses, Presidente de la Unión de Sindicatos Profesionales de Camerún, Vicepresidente de la Agrupación Interpatronal de Camerún, Tesorero del Colegio de Expertos Contables de Camerún, miembro del Consejo de Administración del Fondo Nacional de Seguridad Social y Vicepresidente de la Confederación Panafricana de Empleadores.
8. Su dedicación al fomento del diálogo como medio para resolver cuestiones litigiosas le convirtió en una fuerza unificadora entre las regiones oriental y occidental de Africa, así como entre los empleadores de los países de habla inglesa y de los países de habla francesa del continente. Fue en parte gracias a su habilidad diplomática que los Estados miembros de la Organización de la Unidad Africana (OUA) aceptaron otorgar a la Confederación Panafricana de Empleadores la calidad de observador en la Comisión del Trabajo de la OUA y transformar a esta Comisión en un órgano tripartito.
9. En su calidad de miembro titular, miembro adjunto y miembro suplente del Consejo de Administración entre 1972 y 1993, y de delegado a la Conferencia Internacional del Trabajo en 1994, 1995 y 1996, el Sr. Moukoko Kingue luchó valerosamente por la causa de la libre empresa y promovió los intereses de los empleadores africanos. Sus cualidades humanas, su agudo intelecto y sus elocuentes intervenciones en el Consejo de Administración le granjearon el respeto y la amistad de cuantos le conocieron. Su contribución a la unidad y el fortalecimiento de los empleadores africanos será recordada con gratitud.
10. El Consejo de Administración deseará sin duda pedir al Director General que transmita sus condolencias a la familia del Sr. Moukoko Kingue, a la Agrupación Interpatronal de Camerún y a la Confederación Panafricana de Empleadores.
Ratificación de convenios
11. Desde la 267.a reunión del Consejo de Administración, el Director General ha registrado las 82 ratificaciones siguientes de convenios internacionales del trabajo, lo que eleva a 6.415 el número total de ratificaciones registradas hasta el 23 de enero de 1997:
Austria
Ratificación registrada el 20 de diciembre de 1996:
Convenio sobre la protección de los créditos laborales en
caso de insolvencia del empleador, 1992 (núm. 173)
Bélgica
Ratificaciones registradas el 11 de octubre de 1996:
Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139)
Convenio sobre el asbesto, 1986 (núm. 162)
Bolivia
Ratificación registrada el 19 de diciembre de 1996:
Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas
inválidas), 1983 (núm. 159)
Brasil
Ratificación registrada el 23 de diciembre de 1996:
Convenio sobre los productos químicos, 1990 (núm. 170)
Estonia
Ratificación registrada el 11 de diciembre de 1996:
Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar, 1958 (núm.
108)
Ex República Yugoslava de Macedonia
Ratificaciones registradas el 17 de noviembre de 1991:
Convenio sobre el desempleo, 1919 (núm. 2)
Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm.
3)
Convenio sobre las indemnizaciones de desempleo (naufragio), 1920 (núm.
8)
Convenio sobre la colocación de la gente de mar, 1920 (núm.
9)
Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921 (núm.
11)
Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura),
1921 (núm. 12)
Convenio sobre la cerusa (pintura), 1921 (núm. 13)
Convenio sobre el descanso semanal (industria), 1921 (núm. 14)
Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajo marítimo),
1921 (núm. 16)
Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925
(núm. 17)
Convenio sobre las enfermedades profesionales, 1925 (núm. 18)
Convenio sobre la igualdad de trato (accidentes del trabajo), 1925 (núm.
19)
Convenio sobre el contrato de enrolamiento de la gente de mar, 1926 (núm.
22)
Convenio sobre la repatriación de la gente de mar, 1926 (núm.
23)
Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927 (núm. 24)
Convenio sobre el seguro de enfermedad (agricultura), 1927 (núm.
25)
Convenio sobre la indicación del peso en los fardos transportados
por barco, 1929 (núm. 27)
Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)
Convenio sobre la protección de los cargadores de muelle contra
los accidentes (revisado), 1932 (núm. 32)
Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 1935 (núm.
45)
Convenio sobre la conservación de los derechos de pensión
de los migrantes, 1935 (núm. 48)
Convenio sobre los certificados de capacidad de los oficiales, 1936 (núm.
53)
Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936 (núm.
56)
Convenio sobre el certificado de aptitud de los cocineros de buque, 1946
(núm. 69)
Convenio sobre el examen médico de la gente de mar, 1946 (núm.
73)
Convenio sobre el certificado de marinero preferente, 1946 (núm.
74)
Convenio sobre la revisión de los artículos finales, 1946
(núm. 80)
Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81)
Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho
de sindicación, 1948 (núm. 87)
Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88)
Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1948 (núm.
89)
Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno de los menores (industria),
1948 (núm. 90)
Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar (revisado), 1949
(núm. 91)
Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (revisado), 1949
(núm. 92)
Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (núm.
97)
Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación
colectiva, 1949 (núm. 98)
Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100)
Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm.
102)
Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm.
103)
Convenio sobre el descanso semanal (comercio y oficinas), 1957 (núm.
106)
Convenio sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación (revisado),
1958 (núm. 109)
Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958
(núm. 111)
Convenio sobre el examen médico de los pescadores, 1959 (núm.
113)
Convenio sobre el contrato de enrolamiento de los pescadores, 1959 (núm.
114)
Convenio sobre la revisión de los artículos finales, 1961
(núm. 116)
Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm.
119)
Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales, 1964 [Cuadro I modificado en 1980] (núm. 121)
Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122)
Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (pescadores), 1966
(núm. 126)
Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm.
129)
Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (núm.
131)
Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado), 1970 (núm. 132)
Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm.
135)
Convenio sobre el benceno, 1971 (núm. 136)
Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139)
Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974 (núm. 140)
Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142)
Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias),
1975 (núm. 143)
Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire,
ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148)
Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm.
155)
Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981
(núm. 156)
Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo,
1982 (núm. 158)
Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas
inválidas), 1983 (núm. 159)
Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985 (núm.
161)
Convenio sobre el asbesto, 1986 (núm. 162).
Después de haber sido admitida la Ex República Yugoslava de Macedonia en calidad de Miembro de la Organización Internacional del Trabajo el 28 de mayo de 1993, su Gobierno reconoció que seguía vinculado por las obligaciones derivadas de los susodichos Convenios cuyas disposiciones habían sido antes declaradas aplicables en su territorio; a petición del mismo Gobierno, su aceptación de estos Convenios se registró el 17 de noviembre de 1991.
Finlandia
Ratificación registrada el 23 de enero de 1997:
Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm.
167)
Guatemala
Ratificación registrada el 29 de octubre de 1996:
Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154)
Israel
Ratificación registrada el 6 de diciembre de 1996:
Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976 (núm.
147)
Jamaica
Ratificación registrada el 23 de octubre de 1996:
Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo),
1976 (núm. 144)
Mongolia
Ratificación registrada el 8 de octubre de 1996:
Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm.
135)
Mozambique
Ratificaciones registradas el 23 de diciembre de 1996:
Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho
de sindicación, 1948 (núm. 87)
Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación
colectiva, 1949 (núm. 98)
Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122)
Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo),
1976 (núm. 144)
Nepal
Ratificación registrada el 11 de noviembre de 1996:
Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación
colectiva, 1949(núm. 98)
Denuncia de Convenios
Brasil
12. El Director General ha registrado, el 20 de noviembre de 1996, la denuncia por Brasil del Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158).
13. El texto de la comunicación relativa a la denuncia por Brasil de este Convenio dice así:
(Traducción)
Cumpliendo instrucciones de mi Gobierno, y con referencia al artículo 17 del Convenio núm. 158, sobre la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador, tengo el honor de informarle que el Gobierno de Brasil ha decidido denunciar el mencionado Convenio.
Al recurrir a esta medida legal respecto de este instrumento específico, quisiera reiterarle la adhesión de Brasil a los principios y las normas de la Organización Internacional del Trabajo. Brasil es parte en un gran número de convenios de la OIT y sólo en raras ocasiones ha denunciado un convenio.
De conformidad con las disposiciones del Convenio núm. 144, el Gobierno de Brasil ha celebrado las consultas tripartitas pertinentes en relación con esta denuncia.
El Gobierno de Brasil atribuye una gran importancia a la protección del empleo contra el despido arbitrario o contra el despido sin causa justa. Esta cuestión figura en la Constitución Federal (artículo 7, I). Actualmente se están celebrando consultas tripartitas con miras a introducir un proyecto de ley que complemente esta disposición constitucional.
Circunstancias complejas de índole legal y económica, que no pudieron preverse en el momento de la ratificación, dificultaron la aplicación por el Gobierno de Brasil del Convenio núm. 158, dentro de su sistema jurídico. De hecho, por una parte, el Convenio podría ser invocado para justificar despidos excesivos e indiscriminados, basados en unas generales y vagas necesidades de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio previstas en su artículo 4, o por otra parte, dar lugar a una amplia prohibición de despidos que no sería compatible con el actual programa de reformas y de modernización en los terrenos económico y social. Se considera también que el Convenio supondría un paso atrás en el camino hacia una menor intervención del Estado y una extensión de la negociación colectiva.
Tal incertidumbre respecto del campo de aplicación de las disposiciones del Convenio generaría en el contexto del sistema jurídico brasileño, basado en el derecho positivo, inseguridad y pleitos, sin ventajas prácticas para la mejora y la modernización de las relaciones de trabajo.
Es importante subrayar que el Gobierno de Brasil es sensible a los asuntos tratados en el Convenio y tiene la intención de seguir aplicando y mejorando la legislación nacional relativa a la protección del empleo.
Perú
14. El Director General registró, el 13 de enero de 1997, la denuncia por Perú del Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1934 (núm. 41).
15. El texto de la comunicación relativa a la denuncia por Perú de este Convenio dice así:
El Gobierno del Perú, de conformidad con las normas constitucionales vigentes y teniendo en consideración lo estipulado en el artículo 12 del Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1934 (núm. 41), denuncia el citado instrumento internacional, a cuya plena membrecía accedió al depositar con fecha 10 de octubre de 1945 el correspondiente instrumento de ratificación. La denuncia fue aprobada por Resolución Legislativa No. 26726, de 14 de diciembre de 1996, promulgada el 27 de diciembre del mismo año.
En consecuencia, comunico a usted, señor Director General que, en su calidad de representante del órgano central de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), que sirve como depositario de dichos convenios, tenga a bien proceder a la comunicación de la presente denuncia formal del Perú a los demás Estados Partes del citado Convenio.
Ratificaciones autorizadas (artículo 19 de la Constitución)
16. Los países que se indican a continuación han autorizado la ratificación de los siguientes convenios internacionales del trabajo:
Bolivia
Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159)
Costa Rica
Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160)
Croacia
Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105)
17. El artículo 4.2, apartado d), del Estatuto del Personal dispone que:
Las vacantes en la categoría de directores y administradores principales son provistas por el Director General mediante traslado sin cambio de grado, ascenso o nombramiento. Salvo en el caso de vacantes en los proyectos de cooperación técnica, esos ascensos o nombramientos se pondrán en conocimiento del Consejo de Administración con una breve exposición de las calificaciones de las personas así ascendidas o nombradas.
18. A este tenor, se informa al Consejo de Administración de los siguientes ascensos y nombramientos:
Sr. W. Sengenberger (Alemania)
Nombrado Director del Departamento de Empleo y Formación (EMPFORM) con efecto a partir del 1.o de enero de 1997 y ascendido a D.2. El ascenso a D.1 fue comunicado al Consejo de Administración en junio de 1996.
19. La lista que se presenta a continuación corresponde a publicaciones de la sede y no comprende los títulos publicados por las oficinas exteriores o por editoriales privadas o estatales. Cada año se señala la publicación de aproximadamente 500 títulos en todo el mundo.
Conferencia Internacional del Trabajo
20. Se han publicado en español, inglés y francés los siguientes informes para la 85.a reunión (1997) de la Conferencia Internacional del Trabajo:
Informe III(1A): Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (disponible también en alemán, árabe y ruso).
Informe III(1B): Estudio general de las memorias relativas al Convenio (núm. 150) y a la Recomendación (núm. 158) sobre la administración del trabajo, 1978.
21. Se han publicado en español, inglés, francés, alemán, árabe, chino y ruso los siguientes informes para la 87.a reunión (1997) de la Conferencia Internacional del Trabajo:
Informe IV(1): Revisión del Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado) 1949 (núm. 96).
Informe IV(2): Revisión del Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado) 1949 (núm. 96).
Informe V(1): Condiciones generales para fomentar la creación de empleos en la pequeña y mediana empresa.
Informe V(2): Condiciones generales para fomentar la creación de empleos en la pequeña y mediana empresa.
Informe VI(1): Trabajo en régimen de subcontratación.
Informe VI(2): Trabajo en régimen de subcontratación.
Programa de Actividades Sectoriales
22. Se ha publicado en español, inglés y francés la Nota sobre las labores de la Reunión paritaria sobre las repercusiones del ajuste estructural en el personal de la educación, 1996.
23. Se ha publicado en español, inglés y francés la Nota sobre las labores de la Reunión tripartita sobre los problemas de carácter social y laboral producidos por los ajustes estructurales en la industria portuaria, 1996.
Publicaciones periódicas
24. Se han publicado o están a punto de publicarse los siguientes números en las lenguas que se indican:
Boletín de Estadísticas del Trabajo: tercer suplemento, cuarto suplemento y números trimestrales de 1996 (trilingüe).
International Labour Documentation: núms. 10 y 11/12, 1996; núms. 1 y 2, 1997 (en inglés).
Revista Internacional del Trabajo: vol. 115, 1996/5 (en español); vol. 135, 1996/3 y 1996/5 (en inglés y francés); vol. 135, 1996/6 (en inglés y francés); vol. 135, 1996/1 y 1996/2 (en español); vol. 136, 1997/1 (en francés).
Educación obrera: núm. 103, 1996/2: Proteger a los menos protegidos: Los derechos de los trabajadores migrantes y el papel de los sindicatos (en español, inglés y francés).
Boletín Oficial: vol. LXXVII, serie A, Indice alfabético general de 1994; vol. LXXIX, 1996, serie A, núm. 1; vol. LXXIX, 1996, serie B, núms. 1 y 2 (en español, inglés y francés).
Fuentes y métodos: Estadísticas del trabajo, vol. 5. Población total y económicamente activa, empleo y desempleo (censos de población) (trilingüe).
Estadísticas sobre salarios y horas de trabajo por ocupación y precios de artículos alimenticios. Resultados de la Encuesta de octubre, 1994 y 1995. Suplemento especial al Boletín de Estadísticas del Trabajo, 1996 (trilingüe).
Anuario de Estadísticas del Trabajo, 1996 (trilingüe).
Publicaciones no periódicas
25. Se han publicado o están a punto de publicarse los siguientes títulos en las lenguas indicadas:
We can make it. Stories of disabled women in developing countries (en inglés) (febrero de 1997).
Sending workers abroad. A manual on policies and procedures of special interest to middle- and low-income countries (en inglés) (febrero de 1997).
Localizing global production. Know-how transfer in international manufacturing (en inglés) (febrero de 1997).
Employment policies and programmes in Central and Eastern Europe (en inglés) (febrero de 1997).
Environmental business management. An introduction. Second (revised) edition (en inglés) (marzo de 1997).
Lessons from privatization (en inglés) (marzo de 1997).
International migration statistics. Guidelines for improving data collection systems (en inglés) (mayo de 1997).
Affirmative action in the employment of ethnic minorities and persons with disabilities, publicado bajo la dirección de J. Aeberhard-Hodges y Carl Raskin (en inglés) (mayo de 1997).
Acuerdos con casas editoras y distribuidoras,
tengan o no fines lucrativos
26. A continuación figura una lista de los acuerdos firmados desde la 267.a reunión del Consejo de Administración:
Statistics for emerging labour markets in transition countries: A technical guide on sources, methods, classifications and policies (en inglés) | Macmillan Press Ltd., Reino Unido | |
Paying the price: The wage crisis in Central and Eastern Europe (en inglés) | " | |
Promoting gender equality at work. Turning vision into reality for the twenty-first century (en inglés) | Zed Books, Reino Unido | |
Creating a favourable climate and conditions for cooperative development in Central and Eastern Europe (en alemán) | Universität Potsdam, Alemania | |
International standard classification of occupations, ISCO-88 (edición conjunta en ruso) | Finstatinform Ltd., Federación de Rusia | |
Safety, health and welfare on construction sites. A training manual (reimpresión) | Oxford and IBH Publishing Co., India | |
Shelter provision and employment generation (reimpresión) | " | |
Site management. Handbook (reimpresión) | " | |
Site management. Workbook (reimpresión) | " | |
Start your business. Manual. A step-by-step guide to starting a business (adaptación) | Swedish Cooperative Centre (SCC), Zimbabwe | |
Employing foreign workers. A manual for policies and procedures of special interest to middle- and low-income countries (en checo) | Research Institute of Labour and Social Affairs, República Checa | |
Employing foreign workers. A manual for policies and procedures of special interest to middle- and low-income countries (en hebreo) | Protection of Workers' Rights, Israel | |
Productivity and quality management. A modular programme (en bahasa de Indonesia) | Indonesian Human Resources Foundation, Indonesia | |
First things first in child labour. Eliminating work detrimental to children (en vietnamita) | Institute for Industrial Information and Economy, Viet Nam | |
In the twilight zone: Child workers in the hotel, tourism and catering industry (en vietnamita) | " | |
El trabajo infantil. Lo intolerable en el punto de mira. Conferencia Internacional del Trabajo, 86.a reunión, 1998 (en italiano) | Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Italia | |
Techniques actuarielles de la sécurité sociale. Régime des pensions d'invalidité, de vieillesse et de survivants (en farsi) | Social Security Organization, República Islámica del Irán | |
Introduction to social security. Third edition (en ruso) | Social Insurance Fund for Mining and Metallurgical Industry, Federación de Rusia | |
Ergonomic checkpoints. Practical and easy-to-implement solutions for improving safety, health and working conditions (en polaco) | The Nofer Institute of Occupational Medicine, Polonia | |
MATCOM (adaptaciones en I-kiribati) | Ministerio de Trabajo, Empleo y Cooperativas, Kiribati | |
-- Weighing and prepacking | " | |
-- Basic economics of a consumer cooperative | " | |
-- Basic rules for the display of goods | " | |
-- Basic training methodology. Material for training cooperative trainers | " | |
-- Buildings and equipment for small shops | " | |
-- Cash control using a cash register | " | |
-- Cash control without a cash register | " | |
-- Cash and stock management | " | |
-- The display of goods in self-service shops | " | |
-- Easy lettering for signs and posters | " | |
-- Food spoilage and preservation | " | |
-- Grass-roots cooperative action. A guide for training of cooperative field workers | " | |
-- Handling of cash | " | |
-- Leakage | " | |
-- Ordering of goods | " | |
-- Planning and controlling the business | " | |
-- Price-marking | " | |
-- Pricing | " | |
-- Receipt of goods | " | |
-- Retail management: Material for management training in consumer cooperatives. A trainer's manual | " | |
-- Salesmanship | " | |
-- Shop hygiene | " | |
-- Shoplifting | " | |
-- Stock control records | " | |
-- Stock range | " | |
-- Work organization and staff management | " | |
Combining work and elder care. A challenge for now and the future (microfichas) | Congressional Information Service Inc., Estados Unidos | |
Wage workers in agriculture: Conditions of employment and work. Report for discussion at the Tripartite Meeting on Improving the Conditions of Employment and Work of Agricultural Wage Workers in the Context of Economic Restructuring (microfichas) | " | |
Management of alcohol- and drug- related issues in the workplace. An ILO code of practice (microfichas y CD-ROM) | Technical Indexes Ltd. (TI), Reino Unido | |
Recording and notification of occupational accidents and diseases. An ILO code of practice (microfichas y CD-ROM) | " | |
LABPROJ (Population active projections et evaluations, 1950-2010) (base de datos en disquetes) | Institut de Gorée, Senegal | |
LABPROJ (Economically active population estimates and projections, 1950-2010) (base de datos en disquetes) | Europäisches Zentrum für Wirtschaftsforschung und Strategieberatung, Suiza | |
" | Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Estados Unidos | |
LABORSTA (base de datos del Anuario de Estadísticas del Trabajo) (acuerdo de venta electrónica) | Resource Centre for Access to Data on Europe, Reino Unido |
Ginebra, 19 de marzo de 1997.
Puntos que requieren decisión:
párrafo 5;
párrafo 10.