Capítulo 3 - ¿Quién debería fijar los salarios mínimos?

3.4 Expertos independientes y oficinas de estadística

Los expertos independientes

El Convenio núm. 131 también dispone que, cuando sea apropiado en función de la naturaleza de los mecanismos para la fijación de salarios mínimos, han de participar directamente en sus procesos personas de reconocida competencia que estén habilitadas para representar los intereses generales del país y que hayan sido nombradas previa celebración de consultas exhaustivas con las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores interesadas, cuando tales organizaciones existan y cuando tales consultas estén en conformidad con la legislación o la práctica nacionales.

Las oficinas de estadística

Además de los interlocutores sociales, también desempeñan un papel esencial los expertos independientes con conocimientos técnicos y las oficinas nacionales de estadística. Dado que la fijación de salarios mínimos debería basarse en datos fácticos y que su aplicación debería ser objeto de un estrecho seguimiento, los interlocutores sociales y los responsables políticos deberían recibir oportunamente los datos y análisis pertinentes de parte de la oficina nacional de estadística de su país.

Deberían dedicarse recursos suficientes a la recolección de estadísticas u otros datos pertinentes. La Recomendación núm. 135 considera que "en la medida en que lo permitan las circunstancias nacionales, se deberían destinar suficientes recursos para la compilación de los datos estadísticos y de otra naturaleza que sean necesarios para el estudio analítico de los factores económicos pertinentes”, en especial los que están relacionados con los criterios que se deberían tener en cuenta para determinar el nivel de los salarios mínimos.

El objetivo de los indicadores estadísticos no es, por supuesto, sustituir el diálogo social o la negociación, sino más bien facilitar un diálogo social bien fundamentado.