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Lavarse las manos en el trabajo: La clave para mantenerse a salvo
Las normas internacionales del trabajo de la OIT proporcionan una guía crucial para mantenerse a salvo cuando empieza el regreso al lugar de trabajo en algunas partes del mundo.
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Carlos Carrion Crespo, Especialista de la OIT en el sector público |
En breve estaré regresando a mi despacho, así que empecé a reflexionar sobre las instalaciones del edificio.
Luego me pregunté: ¿y qué pasa con los casi 1.600 millones de personas que viven en lugares sin agua salubre tanto en el hogar como en el trabajo, o con los 4.200 millones de personas que no disponen de un saneamiento seguro? ¿Cómo previenen el contagio? ¿Tendrán agua de calidad suficiente al regresar a un lugar de trabajo que ha estado deshabitado durante meses?
Parece ser que no soy el único que se hace estas preguntas. Cabe decir que en varias normas y herramientas de la OIT, entre otras, nueve Convenios, muchas Recomendaciones y 19 Repertorios de Buenas Prácticas, se detalla el requisito de contar con instalaciones para el lavado de manos en los lugares de trabajo y en la vivienda de los trabajadores. Estos instrumentos abarcan un abanico de actividades de la economía, desde la agricultura y el trabajo de oficina, hasta la minería, las actividades marítimas y el transporte por carretera. Es un logro nada desdeñable si se tiene en cuenta que cada término y cada detalle ha sido negociado entre gobiernos, trabajadores y empleadores de los 187 Estados Miembros de la OIT.

- El Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964 (núm. 120) prevé que los locales y el equipo utilizados por los trabajadores deberán ser mantenidos en buen estado de conservación y de limpieza; que se pondrá a disposición de los trabajadores, en cantidad suficiente, agua potable o cualquier otra bebida sana; y que deberá haber instalaciones para lavarse e instalaciones sanitarias apropiadas y en número suficiente.
- En la Recomendación sobre la vivienda de los trabajadores, 1961 (núm. 115) se aconseja que, cuando sea el empleador quien proporciona la vivienda, prevea instalaciones sanitarias y para el lavado adecuadas.
- El Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) prevé que, el empleador proporcione la debida formación e información sobre salud y seguridad en el trabajo, y, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, permita a los trabajadores o sus representantes examinar todos los aspectos de la seguridad y la salud relacionados con su trabajo.
- La Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017 (núm. 205) está pensada para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores que intervienen en las respuestas a las crisis.
- El Programa de Inversiones Intensivas en Empleo de la OIT lanzó en Sudáfrica una iniciativa relacionada con la COVID, en el marco de la cual se contrató a 20.000 jóvenes para ayudar con la distribución de desinfectantes y jabón, difundir medidas de prevención e higiene, desinfectar zonas de alto riesgo y realizar campañas de limpieza.
- El programa Better Work de la OIT en Nicaragua ha ayudado al sector de la indumentaria en el país a formular una respuesta de emergencia ante la COVID-19. Entre las medidas de prevención figuran el lavado de manos frecuente y orientaciones para los empleadores.
Los lugares de trabajo tienen mucho que aportar a la prevención de las infecciones por el virus de la COVID-19. Hasta tanto se disponga de una vacuna o un medicamento curativo, el único remedio es la solidaridad. Ahora que en los países salen des confinamiento, los gobiernos, los trabajadores y los empleadores deben unir fuerzas para sofocar la pandemia con prácticas e instalaciones laborales seguras. Un importante factor para luchar contra esta y otras pandemias en el futuro es que todos los trabajadores dispongan en el trabajo de instalaciones para lavarse las manos de modo seguro y adecuado.