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Convenio sobre el trabajo marítimo

Órgano de la OIT adopta un nuevo salario mínimo para la gente de mar

El mecanismo que establece el salario mínimo mensual para los marineros preferentes es el mismo utilizado por la OIT para establecer el salario básico en cualquier industria.

Comunicado de prensa | 28 de febrero de 2014
GINEBRA - Una Subcomisión de la Comisión Paritaria Marítima de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó una Resolución que incrementa el salario básico mínimo mensual para los marineros preferentes de 585 dólares a 592 dólares a partir del 1 de enero 2015 y 614 dólares a partir del 2 de enero 2016.

El mecanismo que establece el salario mínimo mensual para los marineros preferentes es el mismo utilizado por la OIT para establecer el salario básico en cualquier industria.

Este mecanismo ha sido incluido en el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, que establece que la paga o salario básico correspondiente a un mes civil de servicio para un marinero preferente no debería ser inferior al importe que determine periódicamente la Comisión Paritaria Marítima u otro órgano autorizado por el Consejo de Administración. Una Resolución relativa al importe del salario básico para los marineros se presentará al Consejo de Administración de la OIT a finales de este año.

El Convenio, conocido como “la carta de derechos de la gente de mar”, entró en vigor el 20 de agosto 2013, y ha sido ratificado por 56 Estados miembros de la OIT, que representan más de 80 por ciento del arqueo bruto de la flota mundial.

La Comisión Paritaria Marítima es el único órgano bipartito permanente de la OIT. Creado en 1920, está compuesto por representantes de los armadores y de la gente de mar de todo el mundo.

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