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Convenio sobre el trabajo marítimo

Noruega ratifica el Convenio sobre el trabajo marítimo de la OIT

La Embajadora del Reino de Noruega, Angell-Hansen, depositó hoy el instrumento de ratificación del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en nombre de su gobierno. Noruega es el primer país europeo que ratifica el Convenio.

Comunicado de prensa | 10 de febrero de 2009

GINEBRA (Noticias de la OIT) – La Embajadora del Reino de Noruega, Angell-Hansen, depositó hoy el instrumento de ratificación del Convenio sobre el trabajo marítimo (CTM), 2006, con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en nombre de su gobierno.

El Secretario de Estado en el Ministerio del Comercio y la Industria, Rikke Lind, en un discurso sobre la política de transporte marítimo de Noruega pronunciado hoy en Haugesund, hizo énfasis en la importancia de fortalecer los derechos de la gente de mar a nivel mundial, para lo cual la ratificación del CTM, 2006, será un aporte esencial.

Noruega desempeñó un liderazgo durante los más de cinco años de preparación que llevaron a la adopción del Convenio en 2006. La entonces Vice Ministra del Comercio y la Industria, Karin Yrvin, fue oradora especial en la Conferencia Internacional del Trabajo en febrero 2006, cuando fue adoptado el Convenio.

Noruega también desempeñó un papel fundamental en el desarrollo de las directrices internacionales para las inspecciones del estado de abanderamiento y por parte de los estados rectores del puerto realizadas bajo el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, que fueron adoptadas en septiembre 2008 por una reunión tripartita de expertos.

“La ratificación de Noruega del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, es importante ya que es el primer país europeo en hacerlo. Esta ratificación dará una fuerte señal a otros países europeos para que continúen sus esfuerzos hacia la ratificación y la promoción del trabajo decente en la industria del transporte marítimo. El Convenio establece un nuevo punto de partida en la búsqueda de una globalización justa al hacer que las reglas del juego sean justas para todos”, dijo Juan Somavia, Director General de la OIT.

Los países miembros de la Unión Europea, así como otras importantes naciones marinas, han avanzado en esta dirección. Hasta la fecha, el Convenio ha sido ratificado por Liberia, la República de la Islas Marshall, las Bahamas y Panamá, importantes estados de abanderamiento que juntos representan 40 por ciento (tonelaje bruto) de la flota mundial.

La adopción del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (algunas veces llamado “súper Convenio”), significó el acuerdo de gobiernos, armadores y gente de mar sobre los requisitos internacionales exhaustivos de las condiciones de trabajo y vida de la gente de mar que además promueve igualdad de condiciones para un transporte marítimo de calidad en el sector. Con el objetivo de proteger a los 1,2 millones o más de gente de mar, aborda la realidad en evolución y las necesidades de una industria que maneja 90 por ciento del comercio mundial.

El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, establece una “carta de derechos” para la gente de mar y está destinado a ser el “cuarto pilar” del régimen regulatorio internacional del transporte marítimo al complementar los principales Convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI) sobre protección del medio ambiente y seguridad de los buques. Establece fuertes mecanismos de cumplimiento y aplicación basados en la inspección por parte del estado de abanderamiento y la certificación de las condiciones de trabajo y vida de la gente de mar. Esto es apoyado por las inspecciones de los buques por parte del estado rector del puerto para garantizar su cumplimiento entre una y otra inspección.

El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, contiene además disposiciones que le permiten actualizarse en relación a las necesidades de la industria y ayudar a garantizar su aplicación y control universal. Es un Convenio exhaustivo que reúne y actualiza 37 convenios existentes de la OIT y cubre las condiciones mínimas de trabajo para la gente de mar en un buque, condiciones de empleo, horas de trabajo y descanso, salarios, permisos, repatriación, alojamiento, instalaciones de esparcimiento, alimentación y servicio de fonda, seguridad en el trabajo y protección de la salud, atención médica, bienestar y protección social.

Para que el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 entré en vigor es necesaria la ratificación de al menos 30 países miembros de la OIT con al menos 33 por ciento del tonelaje bruto total de la flota mundial. Si bien una de estas condiciones ya se alcanzó con más de 40 por ciento del tonelaje bruto mundial bajo el Convenio, los progresos en muchos países indican que el cumplimiento del otro requisito (ratificación por parte de 30 países miembros de la OIT) puede preverse para 2011.