Octavo informe complementario: Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por Portugal del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Asociación Sindical de Profesionales de la Policía de Seguridad Pública (ASPP/PSP)

Repertorio de decisiones | 31 de octubre de 2013

Decisión sobre el decimocuarto punto del orden del día: Informe del Director General

Octavo informe complementario: Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por Portugal del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Asociación Sindical de Profesionales de la Policía de Seguridad Pública (ASPP/PSP)

El Consejo de Administración:

a) aprobó el presente informe;

b) invitó al Gobierno a que adoptara, en consulta con los interlocutores sociales, las medidas que fueran necesarias para garantizar la aplicación efectiva del Convenio núm. 155 a la PSP, en la legislación y en la práctica. Esto debería incluir las medidas destinadas a asegurar un examen de la situación en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo de la PSP, teniendo en cuenta sus especificidades, de conformidad con el artículo 7 del Convenio núm. 155, con miras a identificar los problemas principales, elaborar medios eficaces de resolverlos, y evaluar los resultados;

c) encomendó a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones el seguimiento de las medidas adoptadas para dar efecto a las conclusiones que figuran en el presente informe con respecto a la aplicación del Convenio núm. 155, y

d) publicó el presente informe, y dio por concluido el procedimiento iniciado por la reclamación presentada por la organización querellante en la que alega el incumplimiento por Portugal del Convenio núm. 155.

(Documento GB.319/INS/14/8, párrafo 90.)