Decisión sobre el decimoquinto punto del orden del día: Informe de la Mesa del Consejo de Administración Reunión de expertos sobre el trabajo forzoso y la trata de personas para la explotación laboral (Ginebra, 11 a 15 de febrero de 2013)

Repertorio de decisiones | 19 de noviembre de 2012

Decisión sobre el decimoquinto punto del orden del día: Informe de la Mesa del Consejo de Administración

Por recomendación de su Mesa, El Consejo de Administración aprobó que asistieran a la reunión ocho expertos designados previa consulta con los gobiernos, ocho expertos designados previa consulta con el Grupo de los Empleadores, y ocho expertos designados previa consulta con el Grupo de los Trabajadores.

A efectos de la presentación de las candidaturas gubernamentales, el Consejo de Administración tomó nota de que el Director General tenía la intención de ponerse en contacto con los Gobiernos de ocho países, previa consulta con los Coordinadores Regionales. Se establecería también una lista de reserva que comprendería a los Gobiernos de otros ocho países.

(Documento GB.316/INS/15/4, párrafo 7.)

Por recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración aprobó que el orden del día de la reunión fuera formular recomendaciones al Consejo de Administración con el fin de determinar si es necesario emprender una acción normativa para complementar el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) y el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105). Los temas que habrían de tratarse eran los contenidos en el marco de acción, a saber: i) la prevención del trabajo forzoso; ii) la protección de las víctimas, incluida la compensación, y iii) la trata de personas para la explotación laboral.

(Documento GB.316/INS/15/4, párrafo 9.)

Por recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración autorizó al Director General a invitar a las siguientes organizaciones intergubernamentales a que se hicieran representar en la reunión en calidad de observadoras:

■ Consejo de Europa

■ Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

■ Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), y

■ Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD).

(Documento GB.316/INS/15/4, párrafo 11.)

Por recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración autorizó al Director General a invitar a las siguientes organizaciones no gubernamentales a que se hicieran representar en la reunión en calidad de observadoras:

■ Anti-Slavery Internacional (ASI), y

■ Alianza Global contra la Trata de Mujeres (GAATW).

(Documento GB.316/INS/15/4, párrafo 13.)