Decisión sobre el retiro del reconocimiento de la competencia del Tribunal Administrativo de la OIT por el Centro Técnico de Cooperación Agrícola y Rural
a) toma nota de la intención del Centro Técnico de Cooperación Agrícola y Rural (CTA) de dejar de reconocer la competencia del Tribunal Administrativo;
b) confirma que el CTA dejará de estar sujeto a la competencia del Tribunal con efecto a partir de la fecha de la presente decisión, salvo en lo referente a una causa que se halla pendiente de examen ante el Tribunal, y
c) pide al Director General que se mantenga en contacto con el CTA para velar por la liquidación de los gastos que éste adeude.