Decisión sobre la iniciativa relativa a las normas: Aplicación del plan de trabajo para fortalecer el sistema de control de las normas — Informe sobre los progresos alcanzados

Repertorio de decisiones | 5 de noviembre de 2018

El Consejo de Administración, sobre la base de las propuestas contenidas en los documentos GB.334/INS/5 y GB.332/INS/5 (Rev.) y las orientaciones adicionales proporcionadas durante la discusión y las consultas tripartitas:

1) aprueba las siguientes medidas relativas al funcionamiento del procedimiento para la discusión de las reclamaciones presentadas con arreglo al artículo 24 de la Constitución:

a) adopción de disposiciones destinadas a permitir un procedimiento de conciliación voluntaria opcional o la aplicación de otras medidas en el plano nacional, lo que conllevaría la suspensión temporal, por un período máximo de seis meses, del examen del fondo de la reclamación por el comité ad hoc. Dicha suspensión estaría sujeta al acuerdo de la parte querellante expresado en el formulario de la queja, y al acuerdo del gobierno. Tras un período de prueba de dos años, el Consejo de Administración reexaminaría estas disposiciones;

b) publicación de un documento de información sobre el estado de las reclamaciones pendientes durante las reuniones de marzo y de noviembre del Consejo de Administración;

c) es necesario que los miembros de los comités tripartitos ad hoc encargados de examinar las reclamaciones en virtud del artículo 24 reciban toda la información y los documentos pertinentes de la Oficina quince días antes de sus reuniones, y los miembros del Consejo de Administración deberían recibir el informe final de los comités tripartitos ad hoc tres días antes de que se les encomiende la adopción de sus conclusiones;

d) ratificación de los convenios en cuestión como condición para que los gobiernos puedan formar parte de los comités ad hoc, salvo que ningún miembro titular o adjunto gubernamental del Consejo de Administración haya ratificado los convenios en cuestión;

e) mantenimiento de las medidas existentes y exploración de otras medidas que podría acordar el Consejo de Administración para salvaguardar la integridad del procedimiento y para proteger a los miembros de los comités ad hoc de cualquier injerencia indebida, y

f) mayor integración de las medidas de seguimiento en las recomendaciones de los comités y publicación, para información del Consejo de Administración, de un documento actualizado periódicamente sobre el efecto dado a estas recomendaciones, así como prosecución del examen de posibles medidas de seguimiento de las recomendaciones adoptadas por el Consejo de Administración con respecto a las reclamaciones;

2) aprueba las medidas propuestas para agilizar la presentación de memorias sobre convenios ratificados, a saber:

a) la agrupación temática de convenios a efectos de la presentación de memorias según un ciclo de seis años para los convenios técnicos, en el entendimiento de que la Comisión de Expertos seguirá revisando, aclarando y, según corresponda, ampliando los criterios para romper dicho ciclo, y

b) un nuevo formulario de memoria para las memorias simplificadas (anexo II del documento GB.334/INS/5);

3) decide seguir estudiando medidas concretas y prácticas para mejorar la utilización de los párrafos 5, e), y 6, d), del artículo 19 de la Constitución, en particular con la finalidad de reforzar las funciones de los Estudios Generales y mejorar la calidad de la discusión y el seguimiento de los mismos;

4) encomienda al Comité de Libertad Sindical que examine las reclamaciones que se le remitan de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento para examinar las reclamaciones con arreglo al artículo 24, a fin de garantizar que el examen de esas reclamaciones se haga de conformidad con el procedimiento previsto en el Reglamento;

5) alienta a la Comisión de Expertos a proseguir el examen de cuestiones temáticamente relacionadas en comentarios consolidados, y la invita a formular propuestas sobre su posible contribución para optimizar la utilización de los párrafos 5, e), y 6, d), del artículo 19 de la Constitución, en particular, mediante el examen de medidas destinadas a mejorar la presentación de los Estudios Generales, a fin de adoptar un enfoque práctico y un formato sencillo que maximice su valor para los mandantes;

6) invita a la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia a que considere, a través de las consultas tripartitas informales sobre sus métodos de trabajo, medidas para mejorar el examen de los Estudios Generales, y

7) solicita a la Oficina que presente en su 335.ª reunión (marzo de 2019), previa consulta con los mandantes tripartitos:

a) propuestas concretas para preparar la discusión sobre las acciones 1.2 (diálogo periódico entre los órganos de control) y 2.3 (consideración de medidas adicionales para garantizar mayor seguridad jurídica), lo que incluye, aunque no exclusivamente, una propuesta para organizar un intercambio tripartito de opiniones en el segundo semestre de 2019 en relación con el artículo 37, 2), de la Constitución;

b) un informe sobre los progresos alcanzados en la elaboración de una guía sobre prácticas establecidas del sistema de control, teniendo presentes las orientaciones recibidas sobre la acción 2.1 (consideración de la codificación del procedimiento en virtud del artículo 26);

c) otras propuestas detalladas sobre la utilización de los párrafos 5, e), y 6, d), del artículo 19 de la Constitución, entre otras cosas propuestas sobre el Examen Anual en el marco del seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo;

d) un informe sobre los progresos alcanzados en la formulación de propuestas detalladas para el acceso electrónico de los mandantes al sistema de control (presentación de memorias en línea, sección 2.1 del documento GB.332/INS/5 (Rev.)), teniendo en cuenta las preocupaciones planteadas por los mandantes durante la discusión;

e) más información acerca del proyecto piloto para establecer criterios de referencia en relación con el Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187) (sección 2.2.2.2 del documento GB.332/INS/5 (Rev.)), y

f) un informe sobre los progresos alcanzados en la ejecución del plan de trabajo de la iniciativa relativa a las normas, revisado por el Consejo de Administración en marzo de 2017, con información sobre los progresos realizados en el examen y otras posibles mejoras de sus métodos de trabajo por los órganos de control para reforzar el tripartismo, la coherencia, la transparencia y la eficacia.

(Documento GB.334/INS/5, párrafo 21, en su versión enmendada por el Consejo de Administración.)