Montrer le résumé/citation:
Trié par:
Pays: El Salvador - Sujet: Non-discrimination
El Salvador - Non-discrimination - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance
Decreto núm. 611 de reforma al Código de Trabajo. Adoption: 2005-02-16 | Date d'entrée en vigueur: 2005-03-26 | SLV-2005-R-71602 Modifica el ordinal 10 del artículo 29 y el artículo 79 y adiciona los ordinales 14 y 15 al artículo 30 del Código de Trabajo con la finalidad de proteger los derechos laborales de los portadores del VIH/SIDA, en particular en lo relativo a la discriminación, restricción o impedimiento en el acceso al empleo que puedan sufrir debido a su condición.
El Salvador - Non-discrimination - Loi
Ley de prevención y control de la infección provocada por el virus de inmunodeficiencia humana. - Adoption: 2001-10-24 | Date d'entrée en vigueur: 2001-12-02 | SLV-2001-L-66277 Tiene por objeto prevenir, controlar y regular la atención de la infección causada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana y establecer las obligaciones de las personas portadoras del virus y definir de manera general la Política Nacional de Atención Integral ante el VIH/SIDA.
El artículo 5-a) establece el derecho de toda persona viviendo con VIH/SIDA a acceder a un puesto de trabajo que no conlleve contactos de riesgos y a no ser despedido de su trabajo o desmejorado en su remuneración, prestaciones o condiciones laborales en razón de su enfermedad.
El Salvador - Non-discrimination - Loi
Decreto núm. 588 por el que se aprueba la Ley de Prevención y control de la infección provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana. Adoption: 2001-10-24 | Date d'entrée en vigueur: 2001-12-01 | SLV-2001-L-75766 Tiene por objeto prevenir, controlar y regular la atención de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana, y establecer las obligaciones de las personas portadoras del virus y definir de manera general la Política Nacional de Atención Integral ante el VIH/SIDA.
Además, garantiza los derechos individuales y sociales de las personas viviendo con VIH/SIDA.
En particular, el artículo 5 c) establece el derecho de toda persona con VIH/SIDA a acceder a un puesto de trabajo que no conlleve contactos de riesgo y a no ser despedido de su trabajo o desmejorado en su remuneración, prestaciones o condiciones laborales en razón de su enfermedad.