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Pays: Costa Rica - Sujet: Contrats de travail
Costa Rica - Contrats de travail - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance
Directriz núm. 1-2003 que corrige el "aparte cuarto" de la Directriz núm. 6-2001 que garantiza al trabajador el reconocimiento de la continuidad de su contrato de trabajo y, consecuentemente, de su antigüedad laboral. Adoption: 2003-01-10 | CRI-2003-R-63615 Establece que cuando el trabajador haya laborado uno o más años antes de la reforma del artículo 29 del Código del Trabajo, se le reconocerá el "derecho adquirido" a razón de un mes por año laborado. El "periodo de transición" (tiempo laborado antes y después de la reforma) sólo se tomará en cuenta siempre que sumado sea igual o superior a seis meses.