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Pays: Chili - Sujet: Accords internationaux de sécurité sociale
Chili - Accords internationaux de sécurité sociale - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance
Decreto núm. 40, de 23 de marzo de 2015, por el que se promulga el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - Adoption: 2015-03-23 | Date d'entrée en vigueur: 2015-06-18 | CHL-2015-R-100453 El citado decreto promulga el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, suscrito en Santiago, Chile, el 13 de marzo de 2012.
Dicho Convenio se estructura de la siguiente manera:
- Parte I: Disposiciones generales
- Parte II: Disposiciones que determinan la legislación aplicable respecto de obligaciones relativas a cotizaciones
- Parte III: Disposiciones varias
- Parte IV: Disposiciones transitorias y finales
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Protocole d'accord entre le Gouvernement de la République algérienne démocratique et populaire et le Gouvernement de la République du Chili relatif au remboursement des cotisations de retraite des travailleurs salariés ayant exercé en Algérie et au Chili durant la période de 1973 à
1990, fait à Alger le 1er décembre 2010. - Adoption: 2010-12-01 | INT-2010-IA-87717
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Decreto núm. 154 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y la República del Ecuador y el acuerdo que lo corrige, firmado en Santiago de Chile el 23 de enero de 2006. Adoption: 2008-05-27 | INT-2008-IA-79036 Está organizado de la siguiente forma:
Título I: Disposiciones Generales
Título II: Disposiciones sobre la legislación aplicable
Título III: Disposiciones relativas a prestaciones
Título IV: Disposiciones diversas y finales
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Ley núm. 1139 de 2007, por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República de Chile", suscrito en Santiago, a los 9 días del mes de diciembre de 2003. - Adoption: 2007-06-25 | INT-2007-IA-76236 Está organizado de la siguiente forma:
Título I: Disposiciones Generales
Título II: Disposiciones sobre la Legislación aplicable
Título III: Pensiones de Invalidez, vejez y sobrevivencia
Título IV: Disposiciones diversas, transitorias y finales.
El acuerdo entra en vigor el primer día del tercer mes siguiente de aquel en que ambos Estados se hayan notificado por escrito el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales necesarios para su entrada en vigencia.
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Decreto núm. 82 por el que se promulga el Convenio de Seguridad Social entre Chile y el Gobierno de Australia, firmado el 25 de marzo de 2003. Adoption: 2004-04-08 | INT-2004-R-67826 Está estructurado en torno a los siguientes tópicos: Título I: Disposiciones generales. Título II: Disposiciones relativas a la legislación aplicable. Título III: Disposiciones relativas a beneficios. Título IV: Beneficios australianos. Título V: Beneficios chilenos. Título VI: Disposiciones transitorias y finales.
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Decreto núm. 285 que promulga el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Gobierno de la República Checa, suscrito el 7 de diciembre de 2000. Adoption: 2003-11-04 | INT-2003-IA-66798 Contempla los siguientes aspectos: Parte I: Disposiciones Generales. Parte II: Legislación Aplicable. Parte III: Disposiciones relativas a prestaciones (Beneficios de Salud, Pensiones de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia). Parte IV: Disposiciones Diversas. Parte V: Disposiciones Transitorias y Finales.
Establece la igualdad de trato para las personas que residan o permanezcan en el territorio de una u otra Parte Contratante.
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Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 23 de agosto de 2002. Adoption: 2002-08-23 | INT-2003-IA-65712 El citado convenio tiene por objeto regular las relaciones de Chile y Perú en el área de la Seguridad Social. Sus disposiciones se refieren a, entre otros aspectos, definiciones, legislación aplicable, prestaciones, asistencia recíproca, y solución de controversias. Aprobado en Perú por Resolución Legislativa núm. 28067 de 5/9/03 (Publicada en El Peruano, 6/09/03, núm. 8476, pág. 250902).
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Agreement on social security between the United Sates of America and the Republic of Chile, together with an administrative agreement. Done in Santiago of Chile. Adoption: 2000-02-16 | Date d'entrée en vigueur: 2001-12-01 | INT-2000-IA-59745
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Convenio sobre seguridad social entre la República Portuguesa y la República de Chile (Decreto núm. 34/99 por el que se aprueba). Adoption: 1999-09-01 | INT-1999-IA-53955 Establece el campo de aplicación material y personal, así como el principio de igualdad de trato. Contempla disposiciones relativas a la legislación aplicable, a las prestaciones (enfermedad y maternidad, vejez, invalidez, sobrevivencia) y cuestiones diversas, entre otras, actualización de las prestaciones, solicitudes, declaraciones, recursos, asistencia mutua, autoridades competentes y resolución de diferencias. Texto en portugués y español.
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Convention de sécurité sociale du 25 juin 1999 entre la République française et la République du Chili. Fait à Santiago. - Adoption: 1999-06-25 | Date d'entrée en vigueur: 2001-09-01 | INT-1999-IA-67410 Pour la France, le décret No. 2001-759 porte publication de l'accord.
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Acuerdo administrativo relativo a la aplicación del Convenio sobre seguridad social entre la República Portuguesa y la República de Chile, firmado en Lisboa el 25 de Marzo de 1999. (Decreto nún. 57/99 por el que se aprueba) Adoption: 1999-03-25 | INT-1999-IA-55173 Determina los organismos de enlace y las instituciones competentes. Establece disposiciones relativas a la legislación aplicable y sobre las prestaciones. Texto en portugués y español.
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Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federativa de Brasil (Decreto núm. 239 por el que se promulga). Adoption: 1999-02-19 | INT-1999-IA-52814 Determina las prestaciones en cada país previstas por el Convenio, así como las entidades gestoras y los organismos de enlace. También aborda la asistencia médica por enfermedad y maternidad, y las prestaciones pecuniarias.
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Arrangement administratif relatif aux modalités d'application de la convention entre le Grand-Duché de Luxembourg et la République du Chili. Signé à Santiago. - Adoption: 1998-12-04 | INT-1998-IA-52986
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Decreto núm. 1041, del 19 de abril de 1998, por el que se promulga el acuerdo administrativo entre Canada y Chile para la aplicación del Convenio sobre seguridad social. Adoption: 1998-04-19 | INT-1998-R-50829 El acuerdo se inscribe en el marco creado por el Convenio sobre seguridad social firmado en Ottawa el 18 de Noviembre de 1996. Consta de cuatro partes: 1) Disposiciones Generales, que aborda las definiciones, los organismos de enlace en ambos países, así como las instituciones competentes en cada uno de los ámbitos cubiertos por el Convenio; 2) Disposiciones respecto a las legislaciones aplicables: emisión de certificados, plazo de notificación, organismo al que se ha de dirigir la notificación; 3) Disposiciones Relativas a las Prestaciones: tramitaciones de solicitud, exámenes médicos, prestaciones de salud para pensionados, e intercambio de estadísticas; y 4) Disposiciones varias: formularios y procedimientos detallados, y entrada en vigor.
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Convenio de seguridad social entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo el día 1° de agosto de 1999 (Ley núm. 17144 por la que se aprueba el). Adoption: 1997-08-01 | INT-1997-IA-54562 Establece el principio de igualdad de trato, los ámbitos de aplicación material y personal y, la conservación de los derechos adquiridos y de pago de las prestaciones. Determina que las personas a quienes sea aplicable el Convenio estarán sujetas exclusivamente a la legislación de la Parte Contratante en cuyo territorio ejerzan la actividad laboral. Aborda las disposiciones relativas a las prestaciones cubiertas por el Convenio.
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Agreement on social security between Austria and Chile. Done at Vienna. Adoption: 1997-06-19 | INT-1997-IA-52443
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Administrative agreement concerning the application of the social security agreement signed on 19 June 1997 between Austria and Chile. Done at Vienna. Adoption: 1997-06-19 | INT-1997-IA-52444
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Convention entre le Grand-Duché de Luxembourg et la République du Chili sur la sécurité sociale, signée à Luxembourg, le 3 juin 1997. - Adoption: 1997-06-03 | INT-1997-IA-52702 Contient notamment des dispositions relatives à l'égalité de traitement et à l'exportation des prestations. Prévoit les prestations de soins de santé, les prestations de vieillesse, d'invalidité et de survie, les attributions des autorités compétentes, l'entraide administrative et le règlement des différends.
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Convenio de seguridad social entre la Republica de Chile y el Reino de Noruega. Dado en Oslo. Promulgado por decreto núm. 702 de 6 de mayo 1998. Adoption: 1997-04-03 | INT-1997-IA-50481 Se aplicará: En CHILE a la legislación sobre: a) el Nuevo Sistema de Pensiones de Vejez, invalidez y Sobrevivencia basado en la capitalización individual; b) los regímenes de Pensiones de Vejez, Invalidez y sobrevivencia administrados por el Instituto de Normalización Previsional; y c) a los regímenes de prestaciones de salud (prestaciones no pecuniarias). En NORUEGA a las disposiciones sobre: a)Ley del Seguro Nacional núm. 12/1966 en lo referente a prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia, y para las prestaciones de salud no pecuniarias; b) suplementos especiales a los beneficios concedidos en virtud de la Ley de Seguro Nacional (Ley Suplementaria Especial núm. 61/1969). Este Convenio se celebra por tiempo indefinido. Podrá ser denunciado mediante notificación escrita, a más tardar seis meses antes del término del año calendario en curso, produciéndose, en todo caso, la expiración del Convenio al concluir dicho año.
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Acuerdo Administrativo con el Reino de Noruega para la implementación del Convenio sobre Seguridad Social, promulgado por decreto núm. 702 del 6 de mayo de 1998. Adoption: 1997-04-03 | INT-1997-IA-50494 Implementa el Convenio de Seguridad Social suscrito el 3 de abril de 1997. Entre otras, incluye referencias a: definiciones; organismos de enlace, trabajadores desplazados; beneficios de salud para pensionados; solicitudes de pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia; examenes médicos; e instituciones competentes.
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Convenio de Seguridad Social con España, promulgado por decreto núm. 262 de fecha 23 de febrero de 1998. Adoption: 1997-01-28 | INT-1997-IA-49507 Se aplicará: A) En España: a la legislación relativa a las prestaciones del sistema español de la Seguridad Social en lo que se refiere a: a) Asistencia Sanitaria en los casos de maternidad, enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo; b) Prestaciones económicas por incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral y por maternidad; c) Prestaciones de invalidez, vejez, muerte y supervivencia; d) Prestaciones de protección familiar; e) Prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional; f) Prestaciones por desempleo. B) En Chile: a la legislación de seguridad social que se refiere a: a) Asistencia sanitaria en caso de maternidad, enfermedad común y accidente no laboral comprendidas en el sistema público de salud; b) Prestaciones económicas por incapacidad laboral transitoria derivada de maternidad, enfermedad común o accidente no laboral comprendidas en el sistema público de salud; c) Asistencia sanitaria y prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional; d) Prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivencia establecidos en el Nuevo Sistema de Pensiones, basado en la capitalización individual y en los regímenes administrados por el Instituto de Normalización Previsional; e) Prestaciones familiares; f) Prestaciones por desempleo. El presente Convenio se establece por tiempo indefinido.Deberá ser denunciado con una antelación mínima de tres meses a la terminación del año en curso para tener efecto a la expiración de dicho año.
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Acuerdo administrativo para la aplicación del convenio de seguridad social entre la Republica de Chile y el Reino de España. Dado en Madrid. Adoption: 1997-01-28 | INT-1997-IA-50933
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Convenio sobre Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, promulgado por decreto núm. 311 de fecha 4 de marzo de 1998. Adoption: 1996-11-18 | INT-1996-IA-49508 Este Convenio será aplicable a la siguiente legislación: a) Con respecto a Canadá: i) La Ley de Seguro de Vejez (Old Age Security Act) y los reglamentos adoptados en virtud de la misma, y ii) El Plan de Pensiones de Canadá (Canadá Pension Plan) y los reglamentos adoptados en virtud del mismo; b) Con respecto a la República de Chile, a la legislación sobre: i) El Nuevo Sistema de Pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia basado en la capitalización individual, ii) Los regímenes de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia administrados por el Instituto de Normalización Previsional, y iii) Los regímenes de prestaciones de salud, solo para efectos de lo dispuesto en el artículo XVII el cual estipula que las personas que perciban una pensión de acuerdo con la legislación canadiense y residan en Chile tendrán derecho a incorporarse al régimen de prestaciones de salud chileno bajo las mismas condiciones que los pensionados de éste último país. Este Convenio se celebra por tiempo indefinido. Deberá ser denunciado con 12 meses de anticipación al cese de su vigencia.
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Administrative agreement for the application of the agreement on social secureity between Sweden and Chile. Signed in Santiago. Adoption: 1996-10-03 | Date d'entrée en vigueur: 1996-12-01 | INT-1996-IA-57023
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Convention sur la sécurité sociale entre le Royaume de Belgique et la République du Chili, et Arrangement administratif relatif aux modalités d'application, signés à Bruxelles, le 9 septembre 1996. Adoption: 1996-09-09 | INT-1996-IA-54613 Contient en particulier des dispositions relatives aux prestations, notamment aux pensions de vieillesse et de survivants et à l'assurance-invalidité, et aux modalités de paiement desdites prestations.
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Convenio sobre Seguridad Social con la Confederación Suiza, promulgado por Decreto núm. 241 de fecha 23 de enero de 1998. - Adoption: 1996-06-20 | Date d'entrée en vigueur: 1998-03-01 | INT-1996-IA-49509 Se aplicará en Chile a las disposiciones legales sobre: a) el Nuevo Sistema de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, basado en la capitalización individual; b) los sistemas de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia administrados por el Instituto de Normalización Previsional; c) los regímenes de prestaciones de salud, para los efectos de lo dispuesto en el art. 11 (prestaciones de salud para pensionados y pensionadas). En Suiza: a la Ley Federal sobre Seguro de Vejez y Sobrevivencia; b) a la Ley Federal sobre seguro de invalidez; c) en relación al art. 11 (pensionados) a la Ley Federal sobre seguro de enfermedad.
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Social security agreement of 10 January 1996 between the Netherlands and Chile. Done in Santiago. Adoption: 1996-01-10 | INT-1996-IA-44825
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Admnistrative agreement for the application of the agreement of 10 January 1996 between Netherlands and Chile on social security. Done in Santiago. Adoption: 1996-01-10 | Date d'entrée en vigueur: 1997-03-01 | INT-1996-IA-45998
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Acta de Santiago, por la que se establecen las bases para la conformación de la Asociación Internacional de Organismos Supervisores de Fondos de Pensiones. Adoption: 1995-12-12 | INT-1995-IA-42685 Se reconoce la interacción de los distintos sistemas de fondos de pensiones basados en la capitalización individual. La Asociación propiciará el intercambio de información con relación a legislación, jurisprudencia administrativa y judicial, dictámenes, sistemas operativos, métodos de control, régimen sancionador, capacitación, etc.
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Agreement on social security between Chile and Sweden. Signed in Stockholm. Adoption: 1995-03-13 | Date d'entrée en vigueur: 1996-01-01 | INT-1995-IA-57022
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Convenio sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de Dinamarca. Dado en Copenhague. Adoption: 1995-03-08 | INT-1995-IA-42764 Se aplicará en relación con Dinamarca a la legislación sobre pensiones sociales y pensiones suplementarias del mercado laboral, en relación con Chile a la legislación sobre pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia administrados por el Instituto de normalización previsional y a los basados en la capitalización individual. Una prestación a la cual se haya adquirido derecho en una de las Partes no estará sujeta a modificación por la otra Parte. El capítulo II regula las prestaciones en virtud de la legislación chilena y el III las prestaciones en virtud de la legislación danesa.
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Administrative agreement for the application of the agreement on pensions of 5 March 1993. Signed at Santiago. Adoption: 1994-06-21 | Date d'entrée en vigueur: 1996-04-24 | INT-1994-IA-51158
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Acuerdo de seguridad social entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y el Gobierno de la República de Chile, de fecha 16 de octubre de 1993. Adoption: 1993-10-16 | Date d'entrée en vigueur: 1996-03-01 | INT-1996-IA-44115 Se aplicará en Brasil a la legislación general de seguridad social en lo que se refiere a: asistencia médica, farmaceútica y odontológica, incapacidad de trabajo temporaria, invalidez, vejez, muerte, nacimiento, accidente de trabajo y enfermedades profesionales, asignaciones familiares. En Chile se aplicará al nuevo sistema de pensiones por vejez, invalidez y muerte basado en la capitalización individual y al régimen de pensiones por invalidez, vejez y muerte; al régimen general de prestaciones de salud incluídas las prestaciones por incapacidad laboral y maternidad y el seguro social sobre riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Entrará en vigor el mes siguiente a la última notificación sobre el cumplimiento de las formalidades legales en cada una de las Partes y tendrá una duración de diez años.
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Convention on pensions (with final protocol). Done at Bonn. Adoption: 1993-03-05 | INT-1993-IA-34043 In relation to Germany, this Convention provides for old age benefit and additional insurance for miners and steel workers, and applies to legal provisions under the special agricultural regime. In relation to Chile, it concerns the new Chilean old age, invalidity and survivors' scheme and the same branches administered by the "Instituto de Normalización Previsional".
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Acuerdo administrativo para la aplicación del convenio hispano-Chileno de seguridad social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de España. Dado en Madrid. Adoption: 1982-05-25 | Date d'entrée en vigueur: 1982-05-25 | INT-1982-IA-21856
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Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social de 26 de enero de 1978. Dado en Santiago. Adoption: 1982-04-14 | ORG-1982-IA-35366 Este acuerdo consta de los siguientes capítulos: Capítulo II: Prestaciones de asistencia médica; Capítulo III: Prestaciones por accidentes del trabajo y enfermedas profesionales; El acuerdo se aplicará respecto de los derechos de asistencia médica y prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivientes previstos en los Regímenes Generales y Especiales de Seguridad Social, de Previsión Social o de Seguros Sociales, vigentes en las Partes Contractentes a la fecha de su entrada en vigor.
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Intercambio de notas constituyentes de un acuerdo de seguridad social. Dado en Brasilia. Adoption: 1980-11-10 | INT-1980-IA-26613
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Convenio hispano-Chileno de seguridad social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de España. Dado en Madrid. Adoption: 1977-03-09 | Date d'entrée en vigueur: 1980-07-01 | INT-1977-IA-21855
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Convenio sobre seguridad social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay. Dado en la Ciudad de Asunción. Adoption: 1976-12-16 | Date d'entrée en vigueur: 1978-02-01 | INT-1976-IA-21857
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Declaración de Quito [hecha en Quito (Ecuador) por los Ministros de Trabajo de las repúblicas indicadas, en su primera reunión (30 marzo - 2 abril 1973)]. Adoption: 1973-03-30 | INT-1973-IA-16194
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Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio de seguridad social Argentino-Chileno. Hecho en Buenos-Aires. Adoption: 1972-11-21 | Date d'entrée en vigueur: 1972-06-01 | INT-1972-IA-20993 Designa las entidades gestoras, determina las prestaciones que los interesados pudieran obtener en virtud de la legislación nacional correspondiente. Califica y determina los grados de invalidez y precisa las tareas de la comisión de expertos.
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Convenio de seguridad social entre la República Argentina y la República de Chile. Hecho en Antofagasta. Adoption: 1971-10-17 | Date d'entrée en vigueur: 1972-06-01 | INT-1971-IA-20994 Otorga igualdad de trato para los trabajadores chilenos en Argentina en lo relativo a las prestaciones médicas por maternidad, enfermedad, al régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte.