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Législation nationale sur le droit du travail, la sécurité sociale et les droits de la personne

Bolivie (Etat plurinational de) > Travailleurs migrants

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Pays: Bolivie (Etat plurinational de) - Sujet: Travailleurs migrants

  1. Bolivie (Etat plurinational de) - Travailleurs migrants - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance

    Decreto Supremo núm. 1923 que reglamenta la Ley núm. 370 de migración. - Gaceta Oficial

    Adoption: 2014-03-12 | BOL-2014-R-96117

    Tiene la siguiente estructura:
    Título I: Objeto y marco institucional
    Título II: Pasaportes y visas
    Título III: Permanencia
    Título IV: Naturalización
    Título V: Trabajadores migrantes extranjeros
    Título VI: Bolivianas y bolivianos en el exterior
    Título VII: Control migratorio y salida obligatoria
    Título VIII: Obligaciones de los operadores de servicios de transporte de pasajeros, agencias de viaje y turismo, hoteles, hostales, residenciales y alojamientos e instituciones de educación superior de formación profesional
    Título IX: Infracciones administrativas y sanciones
    Disposiciones transitorias
    Disposiciones abrogatorias y derogatorias
    Disposiciones finales

  2. Bolivie (Etat plurinational de) - Travailleurs migrants - Loi

    Ley núm. 370 de 8 de mayo de 2013 de Migración. - Gaceta Oficial

    Adoption: 2013-05-08 | BOL-2013-L-93513

    Tiene por objeto regular el ingreso, tránsito, permanencia y salida de personas en el territorio del Estado y establecer espacios institucionales de coordinación que garanticen los derechos de las personas migrantes bolivianas y extranjeras.
    Tiene la siguiente estructura:
    Título I: Disposiciones Generales
    Título II: Marco institucional
    Título III: Derechos, deberes y garantías de las personas migrantes extranjeras
    Título IV: Documentos de viaje, visas, clasificación de visas, admisión e inadmisión.
    Título V: Permanencias y categorías
    Título VI: Salida obligatoria y prohibición de reingreso
    Título VII: Naturalización de personas migrantes extranjeras
    Título VIII: Responsabilidad de los operadores de servicio de transporte de pasajeros, agencias de viajes y turismo, hoteles, hostales, residenciales, alojamientos y entidades educativas.
    Título IX: Protección laboral para trabajadores migrantes extranjeros
    Título X: bolivianas y bolivianos en el exterior
    Título XI: Migración por cambio climático
    Título XII: Infracciones administrativas y sanciones
    Disposiciones Transitorias

  3. Bolivie (Etat plurinational de) - Travailleurs migrants - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance

    Decreto Supremo núm. 1440 que aprueba el Reglamento de la Ley núm. 251, de 20 de junio de 2012, de protección a personas refugiadas. - Gaceta Oficial

    Adoption: 2012-12-19 | BOL-2012-R-92198

    Se aplica obligatoriamente a toda persona extranjera que se halle en condición de refugiada o que solicite tal condición en el territorio boliviano.
    Título I: Disposiciones Generales
    Título II: Procedimiento de las cláusulas de cesación, cancelación y revocatoria
    Título III: Órgano competente
    Título IV: Procedimiento para obtener la condición de refugiado
    Título V: Documentación
    Título VI: Soluciones Duraderas
    Disposiciones Adicionales
    Disposiciones Transitorias
    Disposiciones Finales

  4. Bolivie (Etat plurinational de) - Travailleurs migrants - Loi

    Ley núm. 251 de 20 de junio de 2012 de protección a personas refugiadas. - Gaceta Oficial

    Adoption: 2012-06-20 | BOL-2012-L-90975

    Tiene por objeto establecer el régimen de protección a personas refugiadas y solicitantes de dicha condición, de conformidad a la Constitución Política, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, y otros instrumentos internacionales sobre derechos humanos, ratificados por Bolivia.

  5. Bolivie (Etat plurinational de) - Travailleurs migrants - Accord international

    Decisión núm. 545 Instrumento Andino de Migración Laboral. - Decisión

    Adoption: 2003-06-25 | INT-2003-IA-69608

    Tiene por objeto el establecimiento de normas que permitan de manera progresiva y gradual la libre circulación y permanencia de los nacionales andinos en la Subregión con fines laborales bajo relación de dependencia.
    Prevé disposiciones comunes a todos los trabajadores migrantes, la creación de Oficinas de Migración Laboral y un programa de liberalización. Asimismo, incluye una cláusula de salvaguardia para el caso de perturbación que afecte gravemente la situación del empleo en determinada zona geográfica o determinado sector o rama de actividad económica, capaz de provocar un perjuicio efectivo o un riesgo excepcional en el nivel de vida de la población.


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