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Pays: Bolivie (Etat plurinational de) - Sujet: Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants
Bolivie (Etat plurinational de) - Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants - Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance
Decreto Supremo núm. 4831, 30 de noviembre de 2022, que establece el Abono en Cuenta para el pago de los beneficios del Régimen No Contributivo del Sistema Integral de Pensiones - Adoption: 2022-11-30 | Date d'entrée en vigueur: 2022-11-30 | BOL-2022-R-114648 Decreto Supremo núm. 4831, 30 de noviembre de 2022, que establece el Abono en Cuenta como alternativa de pago de los beneficios del Régimen No Contributivo del Sistema Integral de Pensiones.
Bolivie (Etat plurinational de) - Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants - Loi
Ley núm. 1455, 31 de agosto de 2022, Ley para Proteger y Garantizar las Actividades Desarrolladas por las y los Trabajadores Gremiales por Cuenta Propia en el Marco de la Constitución Política del Estado - Adoption: 2022-08-31 | Date d'entrée en vigueur: 2022-08-31 | BOL-2022-L-114698 La ley en cuestión establece medidas en favor de las y los Trabajadores Gremiales por Cuenta Propia para promover y proteger sus derechos. Especifica los derechos y garantías de las y los Trabajadores Gremiales por Cuenta Propia, así como sus obligaciones. Encomienda al estado la promoción de políticas para que las y los Comerciantes Minoristas, Vivanderos y Artesanos puedan acceder al crédito, a programas de vivienda, a prestaciones de vejez y riesgos s (común, profesional y laboral) y a la atención sanitaria.
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Decreto Supremo núm. 2152, de 22 de octubre de 2014, que reglamenta el pago de aguinaldo a los beneficiarios de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad). - Adoption: 2014-10-22 | Date d'entrée en vigueur: 2014-10-23 | BOL-2014-R-99362 Reglamenta el pago de aguinaldo a los beneficiarios de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad), estableciendo su forma de financiamiento, beneficiarios, montos y fecha de inicio del pago.
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Ley núm. 573, de 11 de septiembre de 2014, que norma el acceso a los beneficios del Sistema Integral de Pensiones con reducción de edad para trabajos en condiciones insalubres. - Adoption: 2014-09-11 | Date d'entrée en vigueur: 2014-09-12 | BOL-2014-L-99366 Establece los requisitos para que otros sectores mineros no contemplados en la Ley núm. 3725, de 3 de agosto de 2007, soliciten se considere como trabajo análogo el realizado por su sector, y para que otros sectores distintos del sector minero sean declarados como trabajos insalubres, pudiendo así beneficiarse con la reducción de edad para acceder a la jubilación.
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Ley núm. 562, de 27 de agosto de 2014, que establece el pago de aguinaldo a los beneficiarios de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) - Adoption: 2014-08-27 | Date d'entrée en vigueur: 2014-09-05 | BOL-2014-L-100689 La citada ley otorga el pago de aguinaldo a los beneficiarios de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad). Asimismo, dispone que el Órgano Ejecutivo determinará, mediante Decreto Supremo, la forma de cancelación y periodicidad en el Pago de la Renta Universal de Vejez y del Aguinaldo.
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Decreto Supremo núm. 1888 que complementa y modifica el Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley núm. 065 de pensiones en materia de prestaciones de vejez, prestaciones solidarias de vejez, prestaciones por riesgos, pensiones por muerte derivadas de éstas y otros beneficios, aprobado por Decreto Supremo núm. 0822, de 16 de marzo de 2011. - Adoption: 2014-02-04 | BOL-2014-R-96115 Modifica el párrafo I e incorpora los párrafos IV y V en el artículo 13 del citado Reglamento.
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Ley núm. 430 de modificación de la Ley de pensiones. - Adoption: 2013-11-07 | BOL-2013-L-95734 Tiene por objeto modificar los Límites solidarios mínimos y máximos de la Escala de pensión solidaria de vejez, establecidos en los artículos 17 y 131 de la Ley núm. 065 de 10 de diciembre de 2010, Ley de pensiones.
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Ley núm. 378 de modificación de la Ley núm. 3791 de 2007, Ley de renta universal de vejez (renta dignidad). - Adoption: 2013-05-16 | BOL-2013-L-93512 Modifica el monto a pagar de la citada renta.
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Decreto Supremo núm. 1498 que reglamenta el pago de la Renta Solidaria para personas con discapacidad grave y muy grave. - Adoption: 2013-02-20 | BOL-2013-R-92688 Tiene por objeto reglamentar el pago de la Renta Solidaria para personas con discapacidad grave y muy grave a partir de la gestión 2013, así como definir el marco institucional y su financiamiento, conforme establece el párrafo I del artículo 28 dela Ley núm. 223, de 2 de marzo de 2012, Ley General para personas con discapacidad.
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Decreto Supremo núm. 0822 por el que se dicta el Reglamento de desarrollo parcial a la Ley núm. 065, de pensiones en materia de prestaciones de vejez, prestaciones solidarias de vejez, prestaciones por riesgos, pensiones por muerte derivadas de éstas y otros beneficios. - Adoption: 2011-03-16 | BOL-2011-R-86221 Posee la siguiente estructura:
Título I: Disposicines Comunes
Título II: Compensación de Cotizaciones
Título III: Prestación de Vejez y Prestación Solidaria de Vejez
Título IV: Riesgo común, riesgo profesional y riesgo laboral
Título V: Pensiones por muerte
Título VI: Otros beneficios del SIP
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Ley núm. 3791 de 28 de noviembre de 2007 de renta universal de vejez (Renta Dignidad). - Adoption: 2007-11-28 | BOL-2007-L-94860 Establece la de renta universal de vejez (Renta Dignidad), dentro del régimen de Seguridad Social no contributivo. Define a la citada renta como una prestación vitalicia, de carácter no contributivo que el Estado otorga a: todos los bolivianos residentes en el país mayores de 60 (sesenta) años, que no perciban una renta del Sistema de Seguridad Social de Largo Plazo o una renumeración contemplada en el Presupuesto General de la Nación; los bolivianos que perciban una renta del Sistema de Seguridad Social de
Largo Plazo percibirán únicamente el 75 por ciento del monto de la Renta Universal de Vejez; los titulares y los derecho habientes a los Gastos Funerales.
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Ley núm. 3725 de 3 de agosto de 2007 por la que se eleva a rango de ley el Decreto Supremo núm. 17305, de 24 de marzo de 1980, concerniente a la reducción de edad a trabajadores mineros y metalurgistas, expuestos en sus labores a excesiva radiación de calor, polvo, gases nocivos y contaminants. - Adoption: 2007-08-03 | BOL-2007-L-77068
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Decreto Supremo núm. 29138, de 30 de mayo de 2007, que complementa y modifica la reglamentación concerniente a las prestaciones del seguro social obligatorio de largo plazo, así como la normativa del sistema de reparto y compensación de cotizaciones. - Adoption: 2007-05-30 | BOL-2007-R-76237 Está organizado de la siguiente manera:
Capítulo 1: Compensación de cotizaciones
Capítulo 2: Seguro Social obligatorio de largo plazo
Capítulo 3: Sistema de reparto
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Decreto Supremo núm. 28165 que complementa y modifica la reglamentación de la Ley núm. 1732 de 29 de noviembre de 1996, Ley de Pensiones. - Adoption: 2005-05-17 | BOL-2005-R-77075 Las modificacions y adiciones se refieren al Seguro Social Obligatorio de largo plazo.
Regula el trámite de prestación de jubilación, el seguro voluntario de renta temporal, las administradoras del Fondos de pensiones y las pensiones de jubilación, invalidez o muerte en el seguro social obligatorio de largo plazo.
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Decreto Supremo núm. 27090 que reglamenta la Ley núm. 2427 del Bonosol. - Adoption: 2003-06-18 | BOL-2003-R-77128 Reglamenta los artículo 5, 6 y 14 de la citada Ley en lo referente a gestión y suspensión de pago, gastos funerarios, administración de la base de datos de los beneficiarios y pago del bonosol y gastos funerarios.
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Ley núm. 2427 del Bonosol. - Adoption: 2002-11-22 | BOL-2002-L-77129 Establece que todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieren cumplido veintiún años al 31 de diciembre de 1995 tienen derecho, a partir de los sesenta y cinco años de edad y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio denominado Bono Solidario BONOSOL.
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Decreto Supremo núm. 24469 por el que se dicta el Reglamento de la ley de pensiones. Adoption: 1997-01-17 | BOL-1997-R-46723 El capítulo I establece las definiciones aplicables. El capítulo II regula las prestaciones y beneficios: prestaciones de jubilación, modalidades de pensión (seguro vitalicio o mensualidad vitalicia variable), pensión por muerte de un afiliado con pensión de jubilación, seguro de riesgo común, seguro de riesgo profesional, registro al seguro de riesgos profesionales, prestación por invalidez por riesgo profesional, prestación por muerte por riesgo profesional, requisitos para pensionarse por invalidez, calificación de la invalidez, rechazo de la invalidez y solicitud de revisión del dictamen. También contiene las formas de cálculo de la pensión base, del salario base y del salario cotizable y la determinación del valor de la anualidad del Bonosol, ajustes y modalidades. Los capítulos siguientes tratan del financiamiento, depósitos voluntarios de beneficios sociales, fondo de capitalización colectiva, y de la afilicación, de las administradoras de fondos de pensiones, de las entidades aseguradoras que prestan servicios al seguro social obligatorio, de las inversiones y de las sanciones y recursos.
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Ley núm. 1732, de pensiones. Adoption: 1996-11-29 | BOL-1996-L-45764 El seguro social obligatorio de largo plazo comprende las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte y riesgos profesionales en favor de sus afiliados. Los recursos de la capitalización serán destinados al pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y al pago de gastos funerarios. Ambos recursos conforman fondos de pensiones administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Se crea el Sistema de Regulación Financiera cuyo objetivo es regular y supervisar las entidades relacionadas con el seguro obligatorio y demás aserguradoras y reaseguradoras. Se crean también las superintendencias de valores y la de pensiones. Se regula la prestación de jubilación, de invalidez por riesgo común, por muerte, por riesgo profesional, por gastos funerarios y el pago del Bonosol. Se dispone sobre el financiamiento, afiliación y registro, AFP, entidades aseguradoras y entidades clasificadoras de riesgo profesional, las cuales deben ser objeto de reglamentación. En las disposiciones finales se tipifican conductas delictivas en relación a la seguridad social, las cuales serán sancionadas de acuerdo al Código Penal.
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Decreto Supremo núm. 24348 sobre licitación pública internacional para la selección de administradoras de fondos de pensiones de capitalización. Adoption: 1996-08-08 | BOL-1996-R-44752 Regula el procedimiento de la licitación pública internacional prevista en la ley de capitalización, con el objeto de seleccionar las empresas que inicialmente administren los fondos de pensiones de capitalización individual.