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Country: Sao Tome and Principe - Subject: Public Health Policy And Regulations
Sao Tome and Principe - Public Health Policy And Regulations - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto-Ley núm. 7/2020, de 7 de mayo, que define las Medidas Restrictivas en Materia de Prevención y Lucha contra el COVID-19 (Decreto -Lei n.º 7/2020, de 7 de Maio, que define as Medidas Restritivas no Âmbito da
Prevenção e Combate ao COVID-19
) Adoption: 2020-06-07 | Date of entry into force: 2020-05-07 | STP-2020-R-110317 El decreto en cuestión establece un marco jurídico excepcional y transitorio para hacer frente a los impactos sociales, económicos y financieros directos e indirectos resultantes de la pandemia de Covid-19 en Santo Tomé y Príncipe, que incluye el Plan Nacional de Contingencia Sanitaria. El decreto se estructura de la siguiente manera:
- PARTE I: Disposiciones generales
- PARTE II: De las medidas
- PARTE III: Disposiciones finales.
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Decreto Ley núm. 8/2020, de 7 de mayo, que crea el Fondo de Resiliencia (Decreto Ley núm. 8/2020, de 7 de mayo, que crea el Fondo de Resiliencia) Adoption: 2020-05-07 | Date of entry into force: 2020-05-08 | STP-2020-R-114729 El decreto citado crea un Fondo de resiliencia para financiar la implementación de medidas derivadas de las repercusiones sociales, económicas y financieras directas e indirectas del COIVD-19.
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Decreto-Ley núm. 05/2020, de 24 de abril de 2020, que define las medidas restrictivas en el ámbito de la prevención y la lucha contra el COVID-19 (Decreto-Lei n.º 05/2020, de 24 de Abril de 2020, que define as medidas restritivas no âmbito da prevenção e combate ao COVID-19) Adoption: 2020-04-24 | Date of entry into force: 2020-04-24 | STP-2020-R-110665 El decreto citado define las medidas restrictivas en el ámbito de la prevención y la lucha contra el COVID-19 para proteger a la comunidad y garantizar el pleno respeto de la integridad y la dignidad de las personas, las familias y la comunidad. Entre las medidas que impone cabe citar, entre otras, la prohibición de entrada de ciudadanos extranjeros al país, la cuarentena obligatoria para los ciudadanos nacionales o extranjeros residentes que regresen al país, la prohibición del desembarque de tripulantes y pasajeros en los puertos de Santo Tomé y de Príncipe, la suspensión de las clases en todas las escuelas del país, la prohibición de todas las concentraciones públicas de carácter cultural, recreativo, religioso, deportivo y lúdico, incluido el funcionamiento de las discotecas, “fondas” y fiestas populares y la suspensión de todas las visitas a las personas internadas en hospitales, centros de salud y geriátricos y a los reclusos en las penitenciarías. Asimismo, instaura el confinamiento domiciliario obligatorio de toda la población, entre las 19 y las 5 horas, con las excepciones que señala. Suspende el derecho de huelga. Dispone que los ciudadanos dispensados de concurrir a sus trabajos durante el período del Estado de Emergencia puedan estar sujetos al régimen de trabajo en el hogar, y corresponde al empleador, público o privado, definir dicha modalidad de trabajo.