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Real Decreto núm. 418/2014, de 6 de junio, por el que se modifica el procedimiento de tramitación de las reclamaciones al Estado por salaries de tramitación en juicios por despido.

Main Region

First Region

Spain
Employment security, termination of employment
2014-06-06
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Dispone que se aplica en el supuesto en que la sentencia del órgano jurisdiccional competente que por primera vez declare la improcedencia del despido se dicte transcurridos más de noventa días hábiles desde que se tuvo por presentada la demanda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo núm. 1/1995, de 24 de marzo y con lo establecido en los artículos 116 a 119 de la Ley núm. 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Una vez firme la sentencia, y siempre que se opte por la readmisión del trabajador, se podrán reclamar al Estado los salarios de tramitación pagados al trabajador ¿o no pagados en caso de insolvencia provisional del empresario¿ y las cuotas a la seguridad social correspondientes a los salarios de tramitación que excedan de dicho plazo.

Entry dates region

    Date of entry into force
    2014-06-06
    --

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Boletín Oficial (Separata)
    Date
    2014-06-18
    Number
    núm. 147
    Page range
    págs. 46052-46057