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Ley núm. 1381 de 2010 por la cual se desarrollan los artículos 70, 80, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 40, 50 y 28 de la Ley núm. 21 de 1991 que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.

Main Region

First Region

Colombia
Indigenous and tribal peoples
2010-01-25
National
Law, Act

Second Region

Tiene como objeto garantizar el reconocimiento, la protección y el desarrollo de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como la promoción del uso y desarrollo de sus lenguas nativas. Define a las lenguas nativas como aquellas actualmente en uso habladas por los grupos étnicos del país, tales como las de origen indoamericano, habladas por los pueblos indígenas, las lenguas criollas habladas por comunidades afrodescendientes y la lengua Romaní hablada por las comunidades del pueblo rom o gitano y la lengua hablada por la comunidad raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
C169 - Indigenous and Tribal Peoples Convention, 1989

Basic Text region

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial (Separata)
    Date
    2010-01-25
    Number
    núm. 47603
    Page range
    6 págs.