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Title_of_text

Directriz núm. 1 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre trabajo infantil.

Main Region

First Region

Costa Rica
Elimination of child labour, protection of children and young persons; Labour inspection
2001-03-13
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Dispone que para la atención de la problemática del trabajo infantil en las comunidades deberá designarse un inspector de trabajo en cada una de las Oficinas Regionales de la Dirección Nacional e Inspección de Trabajo, para que junto con las Juntas de Niñez y Adolescencia, Comités tutelares de cada comunidad y organismos no gubernamentales, se trabaje en la eliminación del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente, dentro del marco de las políticas públicas que viene impulsando el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en esta materia. Establece, asimismo, entre otras cuestiones, que las acciones de la Inspección de Trabajo para la erradicación del trabajo infantil y la protección del trabajador adolescente deben ser planeadas en conjunto con la Oficina de Atención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del trabajo adolescente, que los inspectores designados para laborar en el campo de trabajo infantil deben coordinar permanentemente con la citada Oficina y que la misma es la responsable de capacitar a los inspectores de trabajo y brindar la supervisión y asesoría técnica que se requiera para la implementación de la presente directriz.
C138 - Minimum Age Convention, 1973

Serial region

    Serial title
    La Gaceta
    Date
    2001-03-23
    Number
    núm. 59
    Page range
    págs. 16-17