Nom: | Ley núm. 1732, de pensiones. |
Pays: | Bolivie (Etat plurinational de) |
Sujet(s): | Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants |
Type de loi: | Loi |
Adopté le: | 1996-11-29 |
Entry into force: | |
Publié le: | Fotocopia, 23 págs. |
ISN: | BOL-1996-L-45764 |
Lien: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=45764&p_lang=fr |
Bibliographie: | Fotocopia, 23 págs. Compilación Concordada de las normas del seguro social obligatorio de largo plazo, 2002, Superintendencia de pensiones, valores y seguros, Bolivia, págs. 9-44 |
Résumé/Citation: | El seguro social obligatorio de largo plazo comprende las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte y riesgos profesionales en favor de sus afiliados. Los recursos de la capitalización serán destinados al pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y al pago de gastos funerarios. Ambos recursos conforman fondos de pensiones administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Se crea el Sistema de Regulación Financiera cuyo objetivo es regular y supervisar las entidades relacionadas con el seguro obligatorio y demás aserguradoras y reaseguradoras. Se crean también las superintendencias de valores y la de pensiones. Se regula la prestación de jubilación, de invalidez por riesgo común, por muerte, por riesgo profesional, por gastos funerarios y el pago del Bonosol. Se dispone sobre el financiamiento, afiliación y registro, AFP, entidades aseguradoras y entidades clasificadoras de riesgo profesional, las cuales deben ser objeto de reglamentación. En las disposiciones finales se tipifican conductas delictivas en relación a la seguridad social, las cuales serán sancionadas de acuerdo al Código Penal. |
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