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INT-1980-IA-45282
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Title_of_text
Acuerdo sobre higiene y seguridad del trabajo aplicable a los trabajadores de la entidad binacional Yacyretá.
Main Region
First Region
Country(ies)
Argentina; Paraguay
Subjects (Classification)
Other international agreements
Adopted on (Date of text)
1980-07-30
Scope of text
International
Type of legislation (Type of text)
International agreement
Second Region
Abstract/Citation
Es obligatorio el examen médico y de laboratorio de los trabajadores en ocasión de su admisión. Dichos exámenes deberán renovarse de 12 en 12 meses y de seis en seis en caso de actividades insalubres y cuando cese el contrato de trabajo. Se establece la obligatoriedad del uso de equipos de protección, se prohibe el trabajo de menores y de mujeres en condiciones insalubres y peligrosas. Los contratistas y sub-contratistas así como los locadores y sub-locadores de servicios deberán organizar y mantener servicios de higiene, seguridad y medicina del trabajo. Las autoridades competentes dictarán, con la participación de la entidad binacional, normas reglamentarias. Constituirá causa de sanción disciplinaria o despido del trabajador la infracción a cualquiera de las normas reglamentarias sobre higiene, seguridad y medicina del trabajo a que se refiere en este acuerdo. La fiscalización corresponde a la autoridad donde se ejecuta el trabajo aplicándose las penalidades previstas en la respectiva legislación.
Serial region
Serial title
Paraguay: Gaceta Oficial
Date
1996-09-16
Number
núm. 111
Page range
págs. 5-7