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Decreto núm. 10047 por el cual se reglamenta la inscripción en el registro patronal habilitado por la autoridad administrativa del trabajo y se establecen sanciones por su incumplimiento.

Main Region

First Region

Paraguay
Labour inspection
1995-08-08
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Todos los empleadores están obligados a inscribirse en el registro en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. El incumplimiento se sancionará con multas que van de diez a 30 salarios mínimos. Los empleadores están obligados a llevar los siguientes libros: a) Registro de empleados y obreros, b) Registro de sueldos y salarios, c)Registro de vacaciones anuales y d) Registro de menores.

Basic Text region

Serial region

    Serial title
    Gaceta Oficial
    Date
    1995-08-09
    Number
    núm. 90
    Page range
    pág. 9