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Title_of_text

Decreto núm. 2709 de 1994 por el cual se reglamenta el artículo 7 de la ley núm. 71 de 1988.

Main Region

First Region

Colombia
Old-age, invalidity and survivors benefit
1994-12-13
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Regula la pensión de jubilación por aportes. Tendrán derecho a la misma los varones de 60 años o mujeres de 55 cuando hubieren cotizado al menos durante 20 años de forma contínua o discontínua. Es incompatible con las pensiones de jubilación, invalidez, vejez o muerte y accidente de trabajo y enfermedad profesional salvo las excepciones previstas por la ley. Trata del tiempo no computable, del salario base para la liquidación, del monto de la pensión, de la entidad de previsión pagadora, de las cuotas partes, etc.

Amended Text region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1994-12-15
    Number
    núm. 41635
    Page range
    pág. 11