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Decreto núm. 1298 de 1994 por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Main Region

First Region

Colombia
Medical care and sickness benefit
1994-06-22
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

El sistema general de seguridad social en salud se basa en los principios de universalidad, equidad, obligatoriedad, protección integral, libre escogencia, autonomía de las instituciones, descentralización administrativa, subsidiariedad, complementariedad, participación social, participación ciudadana, concertación, calidad e integración funcional. Existirán dos tipos de afiliados: los afiliados mediante el régimen contributivo son las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago, y 2)los afiliados mediante el régimen subsidiado son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización. Los que no puedan cubrir ni siquiera parcialmente las cotizaciones serán participantes vinculados. El plan obligatorio de salud tendrá cobertura familiar y, por consiguiente, comprenderá el (o la) cónyuge o el compañero o la compañera permanente del afiliado cuya unión sea superior a dos años, los hijos menores de 18 años o mayores e incapacitados así como los menores de 25 años estudiantes. Las entidades promotoras de salud que se creen tendrán desde el comienzo de su operación cobertura familiar para sus afiliados.

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Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1994-06-22
    Number
    núm. 41402
    Page range
    págs. 1-40