Nom: |
Ley núm. 207, por la que se modifican los artículos 72 y 84 del Código de Trabajo. |
Pays: |
République dominicaine |
Sujet(s): |
Sécurité de l'emploi |
Type de loi: |
Loi |
Adopté le: |
1984-04-11 |
Entry into force: |
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Publié le: |
Gaceta Oficial, 1984-04-30, núm. 9636, págs. 959-961
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ISN: |
DOM-1984-L-28839 |
Lien: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=28839&p_lang=fr |
Bibliographie: |
Gaceta Oficial, 1984-04-30, núm. 9636, págs. 959-961
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Résumé/Citation: |
El empleador que ponga término al contrato de trabajo en ejercicio de su derecho de despido, abonará al trabajador un auxilio de cesantía proporcional al tiempo trabajado. Si el empleador no probare la justa causa invocada como fundamento del despido, el tribunal declarará el despido injustificado y condenará a aquél a pagar el preaviso y el auxilio de cesantía, si el contrato es por tiempo indefinido y si el contrato es por tiempo o por obra, el empleador deberá pagar los salarios pendientes hasta la finalización del contrato más el auxilio de cesantía que hubiera correspondido si el contrato se hubiera celebrado por tiempo indefinido. |
Texte(s) modifié(s): |
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