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Decreto ministerial núm. 1-F/91, por el que se establecen un conjunto de reglas que deberán observar las empresas industriales que transporten, almacenen, manipulen, traten y eliminen productos tóxicos o peligrosos.

Main Region

First Region

Cabo Verde
Protection against particular hazards
1991-01-25
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Las empresas que prevean la utilización de productos tóxicos o peligrosos deberán formular una declaración previa al Ministerio de Industria y Energía, el que remitará al declarante sus sugerencias en materia de prevención y seguridad. Si se producen accidentes como consecuencia de la no observancia de las medidas propuestas, el Ministerio podrá proceder a cerrar el establecimiento hasta la realización de la inspección prevista en el artículo 23 del Estatuto industrial.

Serial region

    Serial title
    Boletim Oficial
    Date
    1991-01-25
    Number
    núm. 3
    Page range
    págs. 5-13