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Decreto núm. 33/90, por el que se regula el ejercicio del derecho de negociación colectiva.

Main Region

First Region

Mozambique
Freedom of association, collective bargaining and industrial relations
1990-12-24
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Adoptado en aplicación de la Constitución de 1990 (ISN= 21149), se compone de siete capítulos. Abarca todas las empresas que ocupan más de veinte trabajadores, pero se excluye de su ámbito de aplicación a los trabajadores del sector público. Las entidades empleadoras y los organismos sindicales pueden negociar libremente, dentro de los límites previstos por la legislación vigente (capítulo I: disposiciones generales). El capítulo II trata de la "legitimidad para celebrar acuerdos colectivos y su objeto". El capítulo II detalla el "proceso de las negociaciones" (propuestas, asesoría técnica de expertos, respuesta de las entidades empleadoras, negociaciones directas, principios de buena fe, contenido y forma de los acuerdos colectivos, divulgación, asistencia técnica del Ministerio de Trabajo). El capítulo IV trata de "los efectos de los acuerdos colectivos y de las decisiones arbitrales". El capítulo V se refiere a los "conflictos colectivos" (formas de solución de conflictos colectivos: mediación, arbitraje, colegio arbitral, laudo. Se establece el arbitraje obligatorio para los servicios esenciales, definidos en el artículo 27). El capítulo VI trata de "la extensión de los acuerdos colectivos de trabajo y de las decisiones arbitrales". El capítulo VII incluye disposiciones generales "finales y transitorias".

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Serial region

    Serial title
    Boletim da República
    Date
    1990-12-24
    Number
    No. 51
    Page range
    p. 1-5