Nom: |
Decreto núm. 2166 de 1985 por el cual se crea el Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano y se dictan otras disposiciones. |
Pays: |
Colombie |
Sujet(s): |
Travailleurs dans les services publics, sociaux et personnels |
Type de loi: |
Règlement, Décret, Arrêté, Ordonnance |
Adopté le: |
1985-08-09 |
Entry into force: |
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Publié le: |
Diario Oficial, 1985-08-20, N. 37109, p. 4-5
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ISN: |
COL-1985-R-1836 |
Lien: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=1836&p_lang=fr |
Bibliographie: |
Diario Oficial, 1985-08-20, N. 37109, p. 4-5
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Résumé/Citation: |
El presente decreto crea el Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Sus arts. 7 a 17 definen sus funciones, dirección y administración. La afiliación al fondo es obligatoria para toda empresa artística. Todo contrato que se celebre con artistas nacionales o extranjeros causará un impuesto a favor del Fondo del 1 por ciento y 5 por ciento, respectivamente, del valor del contrato. Hasta cuando el Fondo certifique el pago del impuesto, no podrá iniciarse la ejecución del contrato. Además, todo disco, cassette y video-cassette deberá llevar una estampilla emitida y distribuida por el Fondo cuyos porcentajes varían entre el 5 y el 25 por ciento del precio del producto. El decreto prevé sanciones en caso de contravención (multas, suspensión de la tarjeta de artista profesional o de la inscripción en el registro de empresarios). El decreto ha sido dictado por el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la ley núm. 25 de 1985. |