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Ley núm. 31029, de 13 de julio de 2020, que faculta a las cooperativas la realización de sesiones no presenciales de asamblea general, consejos y comités

Main Region

First Region

Peru
Cooperatives
2020-07-13
National
Law, Act

Second Region

La Ley citada faculta a la asamblea general, consejos y comités de las organizaciones cooperativas a poder realizar sesiones no presenciales, o virtuales, a través del uso de medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones que permitan la participación, la comunicación, el ejercicio del voto y garanticen la autenticidad de los acuerdos que se adopten, con el fin de garantizar su dirección, administración y control. Asimismo, autoriza excepcionalmente a las organizaciones cooperativas, hasta el 30 de mayo de 2021, a convocar y celebrar sesiones de asamblea general, consejos y comités de manera no presencial o virtual, mediante el uso de medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones, aun cuando los respectivos estatutos de dichas organizaciones cooperativas solo reconozcan la posibilidad de convocar y celebrar sesiones presenciales. Establece que, en todos los casos, los acuerdos que se adopten el marco de las sesiones no presenciales tendrán plena validez, eficacia y los mismos efectos que los acuerdos adoptados en sesiones de carácter presencial.

Entry dates region

    Date of entry into force
    2020-07-15
    --

Basic Text region

Electronic region

Serial region

    Serial title
    El Peruano
    Date
    2020-07-14
    Number
    núm. 15533
    Page range
    págs. 3-4