Nom: | Acuerdo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social núm. 241, de 8 de julio de 2011, que establece el listado de actividades y trabajos peligrosos en los que no podrán ocuparse niños, niñas y adolescentes |
Pays: | El Salvador |
Sujet(s): | Travail dangereux des enfants |
Type de loi: | Autres textes (circulaire, directive, instruction, etc.) |
Adopté le: | 2011-07-08 |
Entry into force: | |
Publié le: | Diario Oficial, 2011-08-15, núm. 149, págs. 66-68 |
ISN: | SLV-2011-M-106534 |
Lien: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=106534&p_lang=fr |
Bibliographie: | Diario Oficial, 2011-08-15, núm. 149, págs. 66-68 Imprenta Nacional ![]() ![]() |
Résumé/Citation: | El acuerdo en cuestión establece el listado de actividades y trabajos peligrosos en los que no podrán ocuparse niños, niñas y adolescentes. Faculta a las autoridades competentes a autorizar el trabajo en aquellas actividades realizadas en los cultivos de caña de azúcar y café, que no contravengan lo estipulado en el Acuerdo, así como también en la pesca artesanal, a partir de los dieciséis (16) años de edad, siempre que queden plenamente garantizadas la educación, salud, la seguridad y la moralidad de los adolescentes y que éstos hayan recibido instrucción o formación ocupacional adecuada y específica en la rama de actividad correspondiente. Impone a las autoridades competentes el deber de identificar y sancionar a los responsables del incumplimiento de las disposiciones sobre la prohibición del trabajo infantil peligroso. |
Texte(s) de base: |