Name: | Real-Decreto núm. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica núm. 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica núm. 2/2009. |
Country: | Spain |
Subject(s): | Migrant workers |
Type of legislation: | Regulation, Decree, Ordinance |
Adopted on: | 2011-04-20 |
Entry into force: | |
Published on: | Boletín Oficial del Estado (Separata), 2011-04-30, núm. 103, págs. 43821-44006 |
ISN: | ESP-2011-R-86623 |
Link: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=86623&p_lang=en |
Bibliography: | Boletín Oficial del Estado (Separata), 2011-04-30, núm. 103, págs. 43821-44006 Ministerio de la Presidencia ![]() ![]() |
Abstract/Citation: | Tiene la siguiente estructura: Título I: Régimen de entrada y salida de territorio español. Título II: Tránsito aeroportuario Título III: La estancia en España Título IV: Residencia temporal Título V: Residencia temporal por circunstancias excepcionales Título VI: Residencia de larga duración Título VII: Extinción de las autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo Título VIII: Gestión colectiva de contrataciones en origen Título IX: Procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o cuyo objeto sea la realización de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural. Título X: Trabajadores transfronterizos Título XI: Menores extranjeros Título XII: Modificación de las situaciones de los extranjeros en España Título XIII: Documentación de los extranjeros Título XIV: Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador Título XV: Oficinas de Extranjería y Centros de migraciones. Disposiciones adicionales En particular, en el título VII, al hacerse referencia a las extinciones de las autorizaciones de residencia y trabajo, se incorpora la posible extinción de las nuevas figuras incorporadas al Reglamento (investigación, profesionales altamente cualificados, víctimas de trata y residencia de larga duración). Asimismo, el título VIII da acogida a la regulación de la gestión colectiva de contrataciones en origen, que sustituye a la tradicional denominación del contingente, previendo una continua relevancia de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración. Además, el título IX introduce por primera vez las autorizaciones de residencia y trabajo en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos o desarrollo o docentes, que requieran alta cualificación, o de actividades artísticas de especial interés cultural, y que está vinculada a la denominada Unidad de Grandes Empresas, dando cabida a pequeñas y medianas empresas en razón de sectores estratégicos de la economía. Por último, el título X mejora la actual redacción de los trabajadores transfronterizos, detallando los requisitos que deberán cumplirse para la obtención de la pertinente autorización. La disposición adicional única establece que las previsiones establecidas en el artículo 140 del Reglamento aprobado por este Real Decreto serán igualmente de aplicación a las víctimas potenciales de trata de seres humanos nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o incluidas en el ámbito subjetivo de aplicación del régimen comunitario de extranjería. |
Basic text(s): | |
Amending text(s): |