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Title_of_text

Ley núm. 20194 que interpreta el inciso tercero del artículo 162 del Código del Trabajo, precisando su sentido y alcance.

Main Region

First Region

Chile
Old-age, invalidity and survivors benefit
2007-06-20
National
Law, Act

Second Region

Interpreta el citado artículo, que dispone que "el empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la comunicación al trabajador", en el sentido de que el pago al cual está iobligado el empleador moroso en el pago de las cotizaciones previsionales, comprende la totalidad del período de tiempo que media entre la fecha de despido y la fecha de la comunicación mediante la cual el empleador comunica al trabajador que ha pagado las cotizaciones morosas, sdin perjuicio del plazo de prescripción señalado en el inciso tercero del artículo 480 del Código, el que sólo se considerará para los efectos de la interposición de la respectiva demanda.
Incorpora asimismo un párrafo al inciso 7 del artículo 162.

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    2007-06-07
    Number
    núm. 38807
    Page range
    pág. 3