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Title_of_text

Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 27; y se adiciona una fracción XXIX-G al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [SL 1960 - Méx. 1 (extractos)].

Main Region

First Region

Mexico
Constitutional law; Economic and social policy
1987-07-29
Constitution

Second Region

El artículo 27 reformado dispone que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.

Amended Text region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1987-08-10
    Number
    tomo CDVII, No. 6
    Page range
    p. 10