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Acuerdo por el que se incorporarán al seguro facultativo del régimen del seguro social, todas las personas que cursen estudios de nivel medio superior y superior en planteles públicos oficiales del sistema educativo nacional y que cuenten con la misma o similar protección por parte de cualesquiera otra institución de seguridad social.

Main Region

First Region

Mexico
Maternity protection; Medical care and sickness benefit
1987-06-09
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

El seguro facultativo que se implanta sólo otorga al estudiante asegurado derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad. El asegurado tendrá derecho a las prestaciones a que se refiere el art. 99 de la ley del seguro social (SL 1973 - Méx. 1), consistentes en asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. El Gobierno federal cubrirá en forma íntegra el monto de las cuotas para sufragar los gastos originados por este seguro.

Serial region

    Serial title
    Diário Oficial
    Date
    1987-06-10
    Number
    tomo CDV, núm. 8
    Page range
    p. 2-3