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Decreto-Ley General de Sociedades Cooperativas Núm 6 del 22 de julio de 1991.

Main Region

First Region

Equatorial Guinea
Cooperatives
1991-07-22
National
Law, Act

Second Region

Define las cooperativas y enuncia los principios esenciales y requisitos generales a que deben conformarse. Enumera los privilegios de las cooperativas como por ejemplo exenciones tributarias, el derecho de contratar preferentemente con el Estado, o la prioridad de condiciones para la adquisición o arrendamiento de tierras propiedad del Estado. Da una clasificación de las diferentes cooperativas: pueden ser de producción, de consumo, de servicios múltiples o mixtas, de ahorro y crédito, de comercialización y de transporte. Reglamenta la constitución e inscripción de cooperativas, sus estatutos sociales. Prevé que la Dirrección, Administración y Vigilancia de las cooperativas estará a cargo de la Asamblea General de Socios, del Consejo de Administración, del Comité de Vigilancia, del Comité de Educación y Bienestar Social. Trata de los derechos y obligaciones de los socios de las cooperativas. Enumera las diferentes formas de recursos cooperativos. Distribuye los saldos y excedentes. Reglamenta la fusión, disolución, liquidación de cooperativas. El presente decreto deroga a todas disposiciones contrarias de igual o inferior rango.

Serial region

    Serial title
    Fotocopia
    Date
    1991-07-22
    Page range
    34p.