Skip to Main Content
 
 

Title_of_text

Acuerdo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social núm. 241, de 8 de julio de 2011, que establece el listado de actividades y trabajos peligrosos en los que no podrán ocuparse niños, niñas y adolescentes

Main Region

First Region

El Salvador
Hazardous child labour
2011-07-08
National
Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)

Second Region

El acuerdo en cuestión establece el listado de actividades y trabajos peligrosos en los que no podrán ocuparse niños, niñas y adolescentes. Faculta a las autoridades competentes a autorizar el trabajo en aquellas actividades realizadas en los cultivos de caña de azúcar y café, que no contravengan lo estipulado en el Acuerdo, así como también en la pesca artesanal, a partir de los dieciséis (16) años de edad, siempre que queden plenamente garantizadas la educación, salud, la seguridad y la moralidad de los adolescentes y que éstos hayan recibido instrucción o formación ocupacional adecuada y específica en la rama de actividad correspondiente. Impone a las autoridades competentes el deber de identificar y sancionar a los responsables del incumplimiento de las disposiciones sobre la prohibición del trabajo infantil peligroso.
C138 - Minimum Age Convention, 1973; C182 - Worst Forms of Child Labour Convention, 1999

Entry dates region

    Date of entry into force
    2011-08-23
    --

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    2011-08-15
    Number
    núm. 149
    Page range
    págs. 66-68