Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada

Las Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006) que contiene esta obra constituyen un importante recurso para la implementación de las responsabilidades del Estado del puerto con arreglo al MLC, 2006. Las pautas, adoptadas inicialmente en 2008, fueron actualizadas por la OIT en 2020, junto con las Pautas para las inspecciones por el Estado del pabellón con arreglo al Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada, a fin de reflejar las enmiendas de 2014, 2016 y 2018 al Código del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006.

Directrices | 15 de abril de 2022
Las presentes pautas proporcionan asesoramiento práctico a los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto (PSCO) que verifican el cumplimiento por los buques extranjeros de los requisitos previstos en el MLC, 2006. El capítulo 1 contiene una visión general de las características especiales del MLC, 2006, y de sus conceptos clave. El capítulo 2 hace referencia al perfil profesional exigido a los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto con arreglo al MLC, 2006. El capítulo 3 abarca el examen exigido de los documentos en el caso de los buques que cuentan con una certificación con arreglo al MLC, 2006. Se explica cuándo puede llevarse a cabo una inspección más detallada. En el capítulo 4 se proporciona el instrumento principal de inspección, y se indican los requisitos básicos que han de cumplirse, las fuentes de información para verificar el cumplimiento y ejemplos de deficiencias en 16 ámbitos relativos a las condiciones de trabajo y de vida a bordo del buque. En el capítulo 5 se proporciona orientación sobre las medidas que deben adoptarse cuando se observen deficiencias y cuando tenga que inmovilizarse un buque en puerto. El capítulo 6 hace referencia a la tramitación de las quejas presentadas en tierra por la gente de mar.